EL GOBIERNO REGLAMENTÓ EL VALOR DE LAS BOLETAS ELECTORALES PARA LAS INTERNAS
De acuerdo a la norma en cuestión, las boletas de un cuerpo de 12 por 19 centímetros poseen un valor de $0,038 por cinco mil unidades, mientras que por 500 mil unidades desciende a $0,021. En tanto, las boletas de dos cuerpos, cuya medida es de 12 por 9,5 centímetros cada cuerpo, tienen un valor de impresión $0,040. Según se lee en el decreto reglamentario del Ejecutivo, “los montos detallados incluyen el impuesto al valor agregado”.
“El Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto, a través de sus dependencias y sujetándose al procedimiento cuyos detalles y pormenores éste determine, procederá al reconocimiento, a favor de las listas participantes en las elecciones primarias, abiertas, obligatorias y simultáneas, del monto que resulte como valor unitario según el número de categorías electorales en las que se haya oficializado lista y por una vez el padrón electoral conforme al ámbito de actuación territorial”, dice el decreto.
SIN RECLAMOS
Además, establece que “el monto así determinado será el único reconocimiento a efectuarse con motivo de la impresión de las boletas, no admitiéndose ningún reclamo por mayores costos que se hubieren abonado por ese concepto” de los partidos políticos que las impriman. Y explica que “el pago se efectuará contra la firma de un recibo por el apoderado (de cada fuerza política), en el cual se dejará constancia de la obligación que asume éste de rendir cuentas, mediante la presentación de documentación que respete las regulaciones tributarias que acrediten el pago de la impresión de las boletas electorales”.
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