EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS SE PODRÁ PAGAR EN CINCO CUOTAS
La AFIP decidió prorrogar para el primer cuatrimestre del 2005 la aplicación de las retenciones del Impuesto a las Ganancias dispuestas para diciembre sobre rentas del trabajo personal en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones.
De este modo, los trabajadores en relación de dependencia pagarán finalmente entre enero y mayo la cuota del impuesto a las ganancias correspondiente al presente mes
A través de la Resolución General 1.797, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), dispuso que esas retenciones “se efectivizarán, informarán e ingresarán los pagos que se realicen durante enero, febrero, marzo y abril de 2005”.
Así en los primeros cinco meses de 2005 las empresas deberán aplicar las retenciones para compensar el hecho de que este mes, por decisión del Gobierno, no se haya descontado de los salarios el monto de ese tributo.
Además, “el remanente no retenido integrará el monto que resulte de la liquidación anual que debe practicarse”.
La medida también tiene efecto para las jubilaciones y pensiones que están sujetas al pago de Ganancias.
También, el organismo previó que las personas físicas “que a su vez perciban ganancias sujetas al régimen de retención deberán presentar la declaración jurada determinada del impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2004, hasta el 10 de junio de 2005
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