EL MÁXIMO TRIBUNAL BONAERENSE AUTORIZÓ A ABORTAR A LA JOVEN VIOLADA
En un fallo de 300 páginas, la Suprema Corte bonaerense dio anoche el aval para que se le practique un aborto a la adolescente de 19 años que tiene una discapacidad mental y fue violada. Por 6 votos contra 3, el máximo tribunal consideró que el caso encuadra en los términos del artículo 86 inciso 2 del Código Penal y revocó el fallo de la Cámara Primera de Apelaciones en lo Civil de La Plata que había impedido a la joven interrumpir el embarazo. Además, ratificó la constitucionalidad de esa normativa y dejó asentado que cuando se trata de un embarazo producto de un abuso sexual a una mujer mentalmente incapaz no es necesario pedir autorización judicial.
Votaron a favor de que se le practique el aborto a la joven los ministros Daniel Soria, Hilda Kogan, Francisco Roncoroni, Luis Genoud, Juan Carlos Hitters y Horacio Piombo. En contra lo hicieron Eduardo Pettigiani, Federico Domínguez y Juan Carlos Mahíquez. El fallo tiene 300 páginas.
La mayoría tuvo en cuenta el dictamen de la procuradora general María del Carmen Falbo: entendió que los intereses tutelados por las normas constitucionales y los pactos internacionales suscriptos por la Argentina permiten concluir que el artículo 86, inciso 2º del Código Penal, exime de pena al aborto practicado a una menor demente abusada sexualmente.
A su vez, el máximo tribunal dispuso poner en conocimiento del Poder Ejecutivo de la provincia la situación de la joven L.M.R. y su madre, “exhortándolo a que provea las medidas asistenciales y sanitarias que estime adecuadas para asegurar su salud, tratamiento y la satisfacción de sus necesidades sociales básicas”. La adolescente, una hermana suya y su madre viven en un barrio humilde de una localidad del sur del Gran Buenos Aires. La joven acusó a un tío suyo de la violación en la que quedó embarazada.
En síntesis, la Suprema Corte:
– ratificó la constitucionalidad del artículo 86 inciso 2 del Código Penal que establece que no será punible el aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer, si el embarazo proviene “de una violación o de un atentado al pudor a una mujer idiota o demente”.
– declaró que no se requiere autorización judicial para realizar la interrupción de un embarazo cuando se cumplen con esos supuestos.
El fallo se conoció después de las 22.30. Según pudo saber Página/12, desde las 15 estaban los votos redactados de ocho de los miembros, menos el de Pettigiani. Fuentes judiciales confiaron a este diario que Pettigiani hizo todo lo posible por demorar la convocatoria al acuerdo para que se expidiera el tribunal. A Pettigiani se lo señala como un “ultramontano”, vocero de los sectores más conservadores vinculados a la Iglesia Católica. Llegó a pedir ayer que a la joven L.M.R. se le practicara una ecografía para determinar el avance de la gestación, entre otras medidas que fueron rechazadas por los demás magistrados del máximo tribunal. En junio de 2005, Pettigiani votó en contra de autorizar un aborto terapéutico a una mujer con una grave cardiopatía y cuya vida corría riesgo de continuar con la gestación. En aquella oportunidad también la Corte bonaerense falló en votó dividido a favor de avalar el aborto.
La minoría –formada por Pettigiani, Domínguez y Mahíquez– propuso confirmar el fallo de la Cámara de Apelación, al interpretar que el artículo 86 inciso 2 del se encuentra tácitamente derogado por las normas de la Constitución Nacional y de los Pactos Internacionales incorporados a la Carta Magna luego de la reforma de 1994, por lo que en el caso en discusión corresponde preservar la vida de la persona por nacer.
El caso de L.M.R. llegó al máximo tribunal de la provincia de Buenos Aires después de que la jueza de Menores Nº 5 de La Plata, Inés Siro, y la Sala II de la Cámara Primera de Apelaciones en lo Civil le impidieran a la joven abortar. La operación de interrupción del embarazo estaba prevista para ser realizada a comienzos de julio en el Servicio de Ginecología del Hospital San Martín de La Plata, tal como reveló Página/12. La titular del servicio, la médica Blanca Campostrini, se lo iba a realizar. Pero el procedimiento fue suspendido luego de que la fiscal Leila Aguilar, que investigaba la violación de la menor, diera intervención a la jueza Siro por considerar que se estaba por cometer un delito con la realización del aborto. Según determinó la procuradora María del Carmen Falbo, Aguilar se extralimitó en sus facultades porque no puede actuar para prevenir la comisión de un delito y en este caso en particular ni siquiera se estaba por cometer, debido a que se trataba de un aborto “no punible”.
Siro obstaculizó la concreción del aborto. En su fallo del 11 de julio negó la autorización, aunque la mamá de L.M.R. nunca la había solicitado, alegando que debía protegerse la vida del “no nacido”. Su sentencia fue ratificada el 24 de julio por la Sala II de la Cámara Primera de Apelaciones en lo Civil de La Plata. El cuerpo, formado por los jueces Juan Carlos Rezzónico y Ana María Bourimborde volvió a negar una autorización que nunca se había pedido a la justicia. Las apelaciones, en primera y segunda instancia, de la defensora de Incapaces, Laura Ozafrain, hicieron que el caso llegara a la Suprema Corte de la provincia.
El alto tribunal provincial habilitó la feria judicial para analizar el expediente y resolver la cuestión de fondo. Y se expidió a los cuatro días de recibir la causa. Varios de los magistrados trabajaron en el caso incluso durante el domingo.
“HAY CONTRADICCIONES EN ZONAS GRISES DEL CÓDIGO PENAL Y DE LA LEGISLACIÓN”
En ese sentido, quien se refirió al caso fue el ex Ministro de Salud de la Provincia de Santa Fe y actual Diputado Nacional por el Frente para la Victoria, Juan Héctor Silvestre Begnis al asegurar que “todos estamos contra el aborto, entonces lo que hay que hacer es evitar los embarazos no deseados”.
A su vez, el legislador nacional destacó que existen contradicciones de la Justicia frente a “algunas zonas grises” del Código Penal y de la legislación e insistió en que “hay que tener un debate sobre el tema, tenemos que resolver si vamos a despenalizar el aborto en algunas condiciones, o como plantean algunos extremistas, vamos a despenalizar total y absolutamente el aborto, como sucede en otros países”.
Sin embargo, Silvestre Begnis prefirió abordar la problemática desde la prevención e indicó que “todos estamos en contra del aborto y para eso hay que evitar los embarazos no deseados, los embarazos como en estaos casos que son por violaciones. Para nosotros la violación es un delito, es un sometimiento para la mujer sea discapacitada mental o no”.
Más adelante, y dando un claro ejemplo de las contradicciones judiciales a las que se refería anteriormente, Silvestre Begnis señaló la injusticia que se produce al permitirle abortar a una joven discapacitada mental y no a la totalidad de las mujeres embarazadas producto de una violación.
“Es un derecho injusto hacerlo a favor de una discapacitada mental y no de la totalidad de las mueres violadas, ahí es donde queremos avanzar”, sostuvo.
El ex Ministro de Salud de la provincia, manifestó que en la Cámara de Diputados de la Nación se insistirá en el pedido de despenalización del aborto en dos casos particulares: en la totalidad de los casos de violaciones y los casos de chicos microcefálicos y/o acefálicos, que están condenados a morir dentro del útero de la mamá o a las pocas horas de nacer, y nos parece cruel someter a los padres a eso”.
Más duros fueron los conceptos del Director del Hospital J.B. Iturraspe de la ciudad de Santa Fe quien negó rotundamente la posibilidad de permitir el aborto, aún en las condiciones que ostentaba L.M.R.
El Dr. Andres Ellena indicó que está “en contra del aborto”, y además recordó que “hay que pensar en que ya pasaron cinco meses desde que fue gestado en el caso de esta mujer”. En ese sentido, explicó que “es lo mismo que esperar a que nazca un niño y matarlo, e indefectiblemente de lo que yo piense, es un asesinato”.
“A mi me parece una barbaridad pero bueno, es mi opinión”, dijo. Además, expresó que “hay que encarar las cosas de todo el punto, no solo desde la discapacidad”, punto fundamental por el cual, además de la violación, se polemizó sobre el caso.
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