EL MINISTERIO DE TRABAJO DE LA NACIÓN INTIMÓ A AMSAFE A ACATAR LA CONCILIACIÓN
El Ministerio de Trabajo de la Nación intimó a la Asociación del Magisterio de Santa Fe (AMSAFE) a que acate la Conciliación Obligatoria dictada por la Secretaría de Estado de Trabajo en instancias del conflicto que enfrenta a docentes y el Gobierno.
Según se indicó, el documento arribó esta mañana a la sede del gremio y la cúpula del mismo ya fue notificada al respecto y, por estas horas, define las acciones a seguir.
Además, se indica que la resolución convoca a una audiencia para el próximo lunes a las 10 de la mañana en la Secretaría de Estado de Trabajo de Santa Fe a la que no pueden dejar de asistir representantes de la entidad que nuclea a los educadores.
Esta intimación echaría por tierra la resolución tomada por la asamblea de AMSAFE que establecía el comienzo de una nueva medida de fuerza para el día martes por el término de 72 horas.
Sin embargo, el Secretario General del gremio, José María Tessa, confirmó la llegada del documento oficial y aseveró que AMSAFE “tiene una posición tomada y la estamos estudiando con los abogados”.
Además, el dirigente explicó que “hay una disposición de una asamblea que votó por no acatar la Conciliación Obligatoria. De cualquier modo nos vamos a presenta el día lunes (según la intimación de la Nación) para discutir y llevar nuestra posición”.
En el mismo sentido, Tessa explicó que “para modificar la decisión de la asamblea”, es decir, para que cese la medida de fuerza planteada para el martes por 72 horas, “habría que tener otra (asamblea) que no esta prevista pero se puede llamar en cualquier momento”
El gremialista fue tajante al aseverar que “hoy por hoy, sin asamblea, no ha posibilidad de acatar nada”. De esta forma, la Asociación del Magisterio de santa Fe ratificó el paro para martes, miércoles y jueves de la semana próxima, a menos que “existan novedades serias” luego del encuentro del día lunes en la Secretaría de Estado de Trabajo.
Ante la posibilidad de que Amsafe decida un nuevo paro por 72 horas, el Secretario de Trabajo, Alberto Gianneschi, dijo que de esta forma el gremio docente “no aceptará la conciliación”.
Durante conferencia de prensa, el funcionario dijo que tras la intimación del Ministerio de Trabajo de la Nación, la cartera laboral provincial convocó a las partes para el lunes, el día 9 de la conciliación dictada el pasado 14 de septiembre.
“Los 15 días comenzaron a regir el 14 de septiembre. No se suspende o vuelve a regir a partir del día que aceptan o no la conciliación. Hay que aprovechar al máximo los días que restan”, agregó Gianneschi.
Recordó que el “objetivo de la conciliación es el diálogo, por eso fijamos la audiencia para le lunes, citando las partes a comenzar el diálogo en virtud que va a ser el noveno día de la conciliación”.
LA RESOLUCIÓN
La Resolución N° 332 se recuerda que la Secretaría de Trabajo de la provincia acudió al Ministerio de Trabajó de la Nación “ante el no-acatamiento por parte de la Asociación del Magisterio de Santa Fe (AMSAFE) de la conciliación obligatoria dictada en atención a lo previsto por el artículo 2, inciso b) de la Ley Provincial N° 10.468”.
Agrega que la mencionada ley “se condice con lo establecido por el artículo 20 de la Constitución de la Provincia de Santa Fe que establece que la provincia promueve la solución de conflictos colectivos por la vía de la conciliación obligatoria”.
Asimismo destaca que la provincia “adhirió al Pacto Federal del Trabajo – Ley N° 25.212 – mediante la ley provincial N° 11752 y celebró el Convenio de Descentralización de la Negociación Colectiva registrado con el N° 26”.
Seguidamente la resolución sostiene que “la Autoridad Laboral provincial resulta competente para entender e intervenir en el conflicto colectivo en cuestión”.
Paralelamente se refiere al “artículo 58 de la Ley N° 23.551 de Asociaciones Profesionales que establece que el Ministerio de Trabajo de la Nación es la autoridad de aplicación de dicha ley y está facultada para requerir a las asociaciones sindicales que dejen sin efecto las medidas que importen incumplimiento a disposiciones dictadas por la autoridad competente en el ejercicio de las facultades legales”.
En consecuencia afirma que “el no-acatamiento por parte de la AMSAFE de la conciliación obligatoria dispuesta por la autoridad laboral provincial encuadra específicamente en el supuesto previsto en el artículo 56, inciso 2, punto b) de la ley N° 23.551”.
Por ello, finaliza, corresponde “al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social proceder a ejercer las competencias exclusivas y excluyentes que le atribuye el citado artículo de la mencionada ley
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