EL MINISTRO DE JUSTICIA SOSTUVO QUE LA EDAD DE IMPUTABILIDAD NO DEBE BAJAR DE LOS 16 AÑOS
El ministro de Justicia de la Nación, Alberto Iribarne consideró hoy que “la edad de imputabilidad no debería bajar de los 16 años”, con lo cual negó que el Gobierno esté impulsando un proyecto que contempla la disminución de la edad penal para casos de delitos graves. El ministro hizo estas declaraciones tras participar del Foro Regional sobre Seguridad Internacional y Crimen Organizado, auspiciado por la Embajada de Estados Unidos y que se realizó esta mañana en el edificio de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires. Asimismo, Iribarne señaló que “en el Congreso hay en consideración varios proyectos que hablan de un ‘régimen de responsabilidad juvenil penal’, y el dato de la imputabilidad es menor”.
Tal como informó el diario Clarín, desde hace dos años que en el Congreso se discute sobre la edad de imputabilidad. Iniciativas de bajarla a los 14 años comparten cartel con proyectos para definir un régimen legal exclusivo para menores. En la primera posición se encolumnan quienes sostienen que así se achican los índices del delito. Del otro lado, los que denuncian faltas de garantías para los menores. En medio de esto, está la propuesta de que en el Código Penal se suba de 16 a 18 años la edad para que un joven pueda ser imputable con penas como las que recibe un adulto: esto agregó más polémica todavía.
Esta modificación es uno de los temas sobresalientes del anteproyecto de reforma del Código presentado por una comisión convocada por la Secretaría de Política Criminal del Ministerio de Justicia. El cambio busca unificar criterios con tratados y convenciones internacionales, que señalan los 18 como la edad de imputabilidad plena. Si la propuesta del nuevo Código prospera, también impulsarán que la legislación vigente – ley 22.278 y 22.803 – sea modificada: para ejemplificar a lo que apuntan remiten a un proyecto ya presentado en el Congreso que cambia la forma en que se trata a los menores en conflicto con la ley.
Hoy los menores de 16 no son punibles. Pero el juez tiene la potestad de disponer su internación. De esta manera, el chico no tiene posibilidad de defensa sobre la acusación que se le hizo y puede quedar internado por tiempo indefinido. Entre los 16 y los 18, si el delito cometido tiene una pena mayor a dos años, el menor primero recibe un tratamiento en un instituto de Menores. Si la terapia no resulta satisfactoria, el juez puede absolverlo o juzgarlo. En caso de condenarlo, la pena se hace efectiva en institutos y, cuando cumple los 18, pasa a cumplirla en cárceles comunes: en esos casos pueden recibir penas iguales a las de los adultos.
Este contenido no está abierto a comentarios

