EL SENADO PIDE TRATAR LA LEY SOBRE VIVIENDA ÚNICA
La totalidad de los bloques del Senado santafesino mostró su predisposición a tratar y renovar una norma de protección frente a los remates -por deudas de créditos hipotecarios- a los poseedores de una sola vivienda.
Se trata de la ley 12.334, que vence el 8 de abril próximo, e impide el remate de aquellas propiedades únicas cuyas deudas hipotecarias contraídas no excedan los 60.000 pesos.
En la última sesión, los senadores aprobaron un proyecto de comunicación que solicita al Ejecutivo la remisión de un mensaje, a fin de habilitar su tratamiento en extraordinarias.
La ley establece que, para evitar la acción, el inmueble objeto de la subasta debe ser vivienda única, familiar y de ocupación permanente del deudor y su familia.
El importe original de la deuda no puede exceder los 60 mil pesos. La prueba de carácter de vivienda única estará a cargo del deudor que lo invoque, el que, además, deberá presentar ante el juzgado interviniente un plan de pago de la deuda que motiva la ejecución suspendida.
Fueron exceptuados de la norma los créditos de naturaleza alimentaria, los laborales y los derivados de la comisión de delitos o cuasidelitos.
Más de 16 mil casos
La Asociación Santafesina de Deudores Hipotecarios, Prendarios y Afines advirtió públicamente sobre la situación que enfrentará el sector si se vence la ley 21.334.
También la entidad remitió a las Cámaras un proyecto de ley que mejoraría la situación jurídica de los deudores.
Los fundamentos del texto afirman que los santafesinos deben luchar para que “no se remate más ninguna vivienda única, familiar y de ocupación permanente”.
De acuerdo con dicha asociación, 16.460 familias afrontan el drama de perder sus casas por deudas hipotecarias menores a los 60 mil pesos.
En Diputados
En la primera sesión de marzo, la Cámara de Diputados requirió a la Corte Suprema de Justicia conocer la cantidad de casos judiciales en los cuales está comprometida la ejecución de vivienda única, distinguiendo entre deudores hipotecarios y no hipotecarios.
También solicitó a la cabeza del Poder Judicial información sobre la cantidad de deudores que han presentado ante los juzgados, dentro del plan de pago de la deuda que motiva la ejecución suspendida, un plan de pago y cuántos casos fueron solucionados.
En aquella reunión, los miembros de la Cámara baja manifestaron la necesidad de informarse sobre los efectos que tuvieron dos leyes provinciales que suspendieron la ejecución de viviendas únicas y cuyo vencimiento está previsto para el próximo 8 de abril.
El propósito de la solicitud de los diputados es estudiar si corresponde dar una nueva prórroga como solicitan los deudores o ensayar otro camino, esperando una definición de fondo por parte del Congreso Nacional.
Mas información
La Asociación de Deudores Hipotecarios, Prendarios y Afines puede ser contactada en San Martín 2819, piso 2, oficina 3, o bien llamando a los teléfonos 4558511 ó 4609847.
El texto de la ley 21.334 puede consultarse en www.santafelegal.com.ar o en www.santafe.gov.ar/gobierno/tecnica/ley12334.htm.
También en ediciones de El Litoral (www.litoral.com.ar ó www.ellitoral.com) del 10 y 17 de septiembre de 2004, del 5 y 10 de octubre, y del 16 de noviembre del año pasado.
¿Por qué debe haber mensaje del Ejecutivo?
Los senadores pidieron al Ejecutivo que habilite el tratamiento de la renovación de la vigencia de la ley 12.334 porque en el período de sesiones extraordinarias no pueden hacerlo por decisión propia.
Aun con acuerdo de todos los miembros de la Cámara Alta, el tema debe ingresar como un mensaje del Ejecutivo para que pueda tener tratamiento en dicho período.
En extraordinarias, los senadores pueden presentar proyectos de ley, pero éstos se tratan más adelante en el período ordinario. Sí pueden expedirse sobre otros despachos de menor jerarquía: comunicaciones, declaraciones, pedidos de informes y notas.
Es el Ejecutivo el que convoca a la Legislatura a sesiones extraordinarias y define el temario.
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