EL SENADO PODRÍA APROBAR HOY LA SUSPENSIÓN DE BOGGIANO
El juez de la Corte Suprema de Justicia Antonio Boggiano ingresó esta tarde al Senado y se encuentra en el recinto a la espera del inicio de la sesión en la cual realizará su descargo en el marco del juicio político que se sigue en su contra.
Tras escuchar el alegato, los legisladores deberán votar si suspenden al magistrado hasta que termine el proceso.
No obstante, desde el bloque del PJ afirmaron que aún no tienen el número para suspender al juez, mientras que desde la bancada de la UCR debatían esta tarde que resolución tomar, según informaron fuentes legislativas.
Hoy, pero la presidenta de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Cristina Fernández de Kirchner dijo a la prensa que “hay que esperar” a la sesión para ver qué pasa.
La primera dama evitó hacer precisiones sobre el juicio y pidió al periodismo ser “menos ansioso” al seguir el tema.
Fuentes oficialistas ya habían adelantado que nadie haría una “demostración de fe a favor de Boggiano” y parece que se agotaron las cartas para evitar las destitución del juez, después de una serie de dilaciones en el trámite del jucio en comparación con el del ex ministro de la Corte Eduardo Moliné O’Connor.
En tanto, la abogada del juez, María Angélica Gelli, había advertido que una posible suspensión “podría afectar a las instituciones”.
Boggiano podrá ampliar su defensa “in vocce” en el recinto del Senado; mientras los senadores podrían “suspender preventivamente al acusado en el ejercicio de sus funciones, suspendiendo asimismo el pago de sus retribuciones”, según reza el artículo 4 del Reglamento del Senado para el caso del juicio político.
El ministro supremo está acusado por presunto “mal desempeño de sus funciones” a partir de una serie de actuaciones en el máximo tribunal, en las causas Meller, Macri (las mismas por las que fue destituido Moliné O`Connor) y Draganotti de Román.
Y está imputado de “haber legitimado judicialmente un proceso administrativo fraudulento” y “negar la vía judicial de revisión de una resolución del Tribunal Arbitral de Obras Públicas que puede perjudicar al Estado Nacional en cifras dinerarias millonarias”.
También, se lo responsabiliza de “haber abdicado de manera arbitraria a sus responsabilidades de efectuar el control de constitucionalidad en los términos del artículo 14 de la ley 48” y de “haber tenido una conducta gravemente autocontradictoria al modificar su voto en el caso ‘Meller’ el 4 de noviembre de 2002, un día antes de la sentencia”, cuando “poco antes, el 13 de septiembre” había firmado lo contrario.
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