El TOF dictó su segunda condena por trata laboral en Entre Ríos
El TOF condenó a un ciudadano de origen chino.El Tribunal Oral Federal de Paraná condenó a un ciudadano de nacionalidad china por trata laboral. El TOF de Paraná, integrado por Roberto López Arango, Noemí Berros y Lilia Carnero, condenó a Wu Qiang en el marco de un juicio abreviado ya que la explotación no llegó a consumarse, debido a que un operativo de Gendarmería Nacional interceptó a las futuras víctimas de explotación en la Ruta Nacional 14 en el 2011. El condenado manejaba un supermercado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). Es la segunda condena por trata laboral en la provincia. El Tribunal Oral Federal de Paraná dictó la segunda condena por trata laboral en la provincia. Un ciudadano chino fue hallado culpable y, aunque la explotación no llegó a consumarse, recibió una pena de tres años de prisión condicional. Las víctimas también eran de nacionalidad china, según un artículo publicado en El Diario.
De los alrededor de 100.000 ciudadanos chinos que viven en la Argentina, el 80 por ciento provienen de la provincia de Fujián, una región históricamente muy pobre y con gran densidad de población, ubicada frente a la isla de Taiwán.
Viven allí una mayoría de niños y viejos; el resto de los nativos en Fujián viven en el exterior. Tradicionalmente las familias emigran hacia algún país del mundo que les facilite la documentación. Durante mucho tiempo fueron acogidos en los Estados Unidos y en los últimos 25 años la Argentina apareció como una opción, ya que podían obtener en pocos meses un documento que les permitía obtener el visado para viajar por cualquier país. Capital Federal y la provincia de Buenos Aires constituyen el destino argentino más frecuente de esa inmigración.
Hasta allí viajaban los cuatro jóvenes aquel 26 de febrero de 2011, en una camioneta Ford Eco Sport que conducía Wu Qiang, a través de la Ruta Nacional 14, cuando fueron interceptados por un control de Gendarmería Nacional en el puesto caminero de Colonia Elía, a pocos kilómetros de Concepción del Uruguay.
El periplo se había iniciado algunas semanas antes, en aquella provincia del sureste chino. Ingresaron al país desde la República Oriental del Uruguay, a través del paso internacional Concordia-Salto, pero ninguno de ellos tenía documentos, lo que hace presumir que la entrada fue irregular; y el destino que les esperaba era un trabajo en el supermercado de Wu Qiang. En realidad, solo uno de ellos admitió que venía a trabajar; los otros se presentaron como turistas.
Wu Qiang, entonces de 38 años –en su país diría uno más–, llevaba un tiempo administrando un supermercado en la Capital Federal y tenía un documento de identidad argentino. Entre sus ropas tenía también un documento a nombre de Zhen Ping Guo, que resultó ser falso.
La percepción de los gendarmes era que el destino que les esperaba a los cuatro ciudadanos chinos que lo acompañaban aquel día era la explotación laboral, y por eso Wu Qiang quedó detenido.
El Tribunal Oral Federal de Paraná, integrado por Roberto López Arango, Noemí Berros y Lilia Carnero, dictó este lunes la segunda condena por el delito de trata de personas con fines de explotación laboral, aunque solo por una de las víctimas
Wu Qiang, nacido en la República Popular China aunque nacionalizado argentino, fue encontrado culpable de la recepción y traslado de un compatriota con fines de explotación laboral, mediante el abuso de una situación de vulnerabilidad. La explotación no llegó a consumarse –tampoco se le atribuyó como agravante que la víctima no pueda valerse por sí misma– y por eso el supermercadista acordó en un juicio abreviado una pena de tres años de prisión condicional.
El tribunal señaló que Wu Qiang –hoy dedicado a la importación y venta de juguetes al por mayor– ejerció, respecto del hombre que admitió que trabajaría en el supermercado, “un abuso de su situación de vulnerabilidad, evidenciado por su carencia de recursos económicos, desconocimiento del idioma y de la ubicación en la que se encontraba y la necesidad de conseguir un trabajo” y que se valió de ello “con la finalidad de explotarlo laboralmente”.
El caso es también un botón de muestra de una situación ya denunciada por la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex) en su informe sobre trata laboral del año 2014, en el que señala que el 70 por ciento de las víctimas de explotación laboral en la Argentina son de nacionalidad extranjera y destaca que el hecho de trasladar a alguien con el fin de darle un empleo, el desarraigo que le representa, la contratación informal y para trabajos periódicos, son circunstancias que acrecientan su vulnerabilidad que son aprovechadas para imponer condiciones de trabajo abusivas que constituyen formas modernas de esclavitud y reducción a servidumbre.
Fuente: Análisis Digital
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