EL TRIBUNAL DE LA HAYA ORDENA A ESTADOS UNIDOS REVISAR LA PENA DE MUERTE PARA 51 MEXICANOS
La Corte Internacional de Justicia de La Haya, máximo órgano judicial de la ONU, falló hoy en contra de Estados Unidos y ordenó la revisión de la pena de muerte dictada a 51 mexicanos en ese país, confirmó Arthur Witteveen, primer secretario del Tribunal.
El Tribunal emitió su fallo ante una demanda presentada por México, al alegar que 52 homicidas convictos se vieron privados de su derecho de recibir asesoría legal de su gobierno.
Uno de los mexicanos detenidos no pidió este derecho a asistencia consular, por lo que aunque México pidió la revisión de la pena de 52 de sus ciudadanos, este número se reduce a 51, explicó el presidente del Tribunal, el chino Shi Jiu Yong, durante la lectura de la sentencia.
La Corte considera en su fallo que EE.UU. violó el artículo 36 de la Convención de Viena de 1963 al no ofrecer a esas personas la posibilidad de acogerse a su derecho a asistencia diplomática “sin retraso” tras su detención.
Shi Jiu Yong rechazó la mayor parte de las alegaciones estadounidenses y solicitó la revisión “efectiva” de los procesos penales contra los detenidos mexicanos. La Corte determinó que EE.UU. “tiene la obligación de permitir una revisión” tanto de las sentencias a muerte como de los cargos contra los ciudadanos mexicanos condenados a la pena capital ya que en la mayoría de los casos, los procesos de clemencia no serían suficientes, según se dijo en la lectura del fallo.
La Corte también indicó que Washington debe garantizar el respeto de asistencia consular en casos futuros, aunque reconoció “los esfuerzos considerables” efectuados por las autoridades estadounidenses en este sentido.
Esta es la segunda vez que la Corte Internacional de Justicia se pronuncia sobre un contencioso de la misma naturaleza, después de un caso de 2001 entre Alemania y EE.UU., por la condena a pena de muerte de los hermanos Karl y Walter LaGrand y por la ejecución de uno de ellos antes de que este asunto se presentara al Tribunal.
En esa ocasión, el Tribunal también falló en contra de Estados Unidos, al confirmar que violó el artículo 36 de la Convención de Viena sobre relaciones consulares, aprobada en 1963, cuando las autoridades competentes del condado de Arizona no comunicaron a los hermanos su derecho a contar con apoyo consular cuando fueron detenidos.
Este contenido no está abierto a comentarios

