ENTRE RÍOS: FALLO JUDICIAL DISPONE QUE NO HAYA ELECCIONES EN LAS JUNTAS DE GOBIERNO
El Juzgado Laboral número 3 de Paraná, a cargo de Graciela Miranda, avaló la presentación del Nuevo Espacio y el ARI quienes habían solicitado la no realización de las elecciones en las Juntas de Gobierno ya que entienden que los próximos comicios deben regirse por el Código Electoral Nacional que establece un tiempo de 90 días para la convocatoria oficial a elecciones en toda la provincia lo cual en este caso no se habría cumplido.
Con el patrocinio de los abogados Bargagna y Doce, representando al Nuevo Espacio y al ARI respectivamente, se presentó un amparo para que no se realicen elecciones en las Juntas de Gobierno con el argumento principal de que las elecciones del próximo 23 deben regirse por el Código Electoral Nacional, que establece un tiempo de 90 días para la convocatoria oficial a elecciones en toda la provincia y que a entender de los demandantes no se cumple en los centros de población rural.
Por su parte, la Fiscalía de Estado contestó que la Justicia ordinaria no tenía competencia en dirimir esta cuestión interpretando que es una atribución del tribunal electoral provincial, pese a que en primera instancia el justicialismo también se presento en estos tribunales para realizar el mismo planteo pero con argumentaciones distintas.
Según Informe Digital, la juez Graciela Miranda, quien se encuentra reemplazando transitoriamente a la juez titular Cristina Basaldua, a cargo del juzgado en lo laboral número 3 de Paraná, falló a favor del amparo que presentaron los integrantes del Nuevo Espacio, y por lo tanto teniendo en cuenta el exiguo tiempo que resta hasta el momento de sufragar, y el carácter devolutivo de la sentencia hace factible que la decisión sea definitiva, por lo menos para estas elecciones.
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