ESPECIALISTAS DEBATEN LA VÍA PARA ANULAR LOS INDULTOS DE 1991
El ex ministro radical Ricardo Gil Lavedra afirmó que “la nulidad debe ser declarada por los Tribunales, porque se trata de delitos de lesa humanidad perpetrados por el Estado”. Agregó que un pronunciamiento de la Cámara de Diputados en el mismo sentido será “un mero gesto de actuación política que carece de todo efecto jurídico”.
Gil Lavedra, quien fue camarista y conjuez de la Corte, afirmó que ni el Ejecutivo, por un decreto, ni el Congreso, con una ley, “tienen competencia para anular un acto de otro poder”.
Recordó que la Corte expresó que las leyes de obediencia debida y punto final debían anularse porque “iban en contra del derecho internacional”, y señaló que la ley tratada por el Parlamento “valía como una señal política, pero no le otorgó alcance jurídico”.
En cambio, el constitucionalista Eduardo Barcesat afirmó que la iniciativa debe partir del gobierno nacional, porque “el poder que tiene capacidad para crear una norma, tiene capacidad para anularla”. Luego indicó que una ley del Congreso “es válida y suficiente” para anular los indultos, pero “es más propio que la derogue el Poder Ejecutivo”, y luego, ante “eventuales impugnaciones, resolverá la Justicia”.
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