EXTENDERÁN LA PENSIÓN PROVINCIAL A EX COMBATIENTES
La situación de unos 250 ex combatientes de las Islas Malvinas de Santa Fe, actualmente sin el beneficio, fue analizada durante una reunión en la Defensoría del Pueblo, de la que participaron el titular del organismo, Cont. Carlos Américo Bermúdez; el secretario de Estado de Trabajo y Seguridad Social, Dr. Alberto Gianneschi; y el secretario de Derechos Humanos, Domingo José Pochettino.
Los funcionarios recibieron a Diego Pagano, Rubén Cardozo y Cancio Saucedo, miembros de la “Fundación Malvinas” del departamento Gral. Obligado, quienes -junto a la Agrupación “2 de Abril”-, formalizaron una presentación reclamando el reconocimiento del estatus de combatientes del conflicto con Gran Bretaña a fin de percibir la pensión.
Entienden que su exclusión por no haber participado directamente en acciones bélicas efectivas no mengua su intervención en la guerra dado el cumplimiento de distintas funciones de apoyo logístico llevadas a cabo desde el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur en el continente, al que fueran movilizados, importa un acto de discriminación.
Dicho estatus fue reconocido expresamente por los funcionarios que los recibieron y plasmada taxativamente en un dictamen el director provincial de Derechos Civiles y Políticos de la subsecretaría de Derechos Humanos, Carlos Romero, quien tras resaltar la coincidencia de la mayoría de los autores en cuanto a que la guerra es una instancia que excede las operaciones estrictamente bélicas, recuerda que el artículo 43 del Protocolo I de la Convención de Ginebra de 1949, “define que las Fuerzas Armadas de una parte en conflicto se compone de todas las fuerzas, grupos y unidades armadas y organizadas, colocadas bajo un mando responsable de conducta de sus subordinados ante esa parte”.
El dictamen con el que tanto el Cont. Bermúdez como el Dr. Gianneschi estuvieron de acuerdo argumenta un proyecto de ley que Pochettino elevó al gobernador de Santa Fe, Ing. Jorge Obeid, para que propicie ante la Legislatura la modificación de la ley 11.586 con la finalidad de incluir entre los beneficiados “a toda persona que acredite haber sido movilizado y/o haber participado en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS), entre los días 2 de abril y 14 de junio de 1982”.
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