FACILIDADES PARA EL PAGO DE IMPUESTOS ATRASADOS
El Ministerio de Hacienda anunció que rige a partir de hoy, un plan de facilidades de pago de impuestos provinciales vencidos al 31 de diciembre de 2005, excepto la patente sobre vehículos, que no se hubieran cancelado a la fecha. Se trata de un programa que amplía el número de cuotas y reduce la tasa de interés mensual. “Como finalizó el régimen de convenios que se encontraba vigente en API para 2005, hemos lanzando ahora un nuevo programa que permite regularizar deudas impositivas que estuvieran pendientes al 31 de diciembre del pasado año”, explicó Walter Agosto, el titular de la cartera.
Según dijo a El Litoral, el período de regularización se extenderá hasta el próximo 28 de abril. Como características centrales, el programa ofrece una baja tasa de interés y la posibilidad de ampliar la cantidad de cuotas de los convenios: mientras que en los anteriores el máximo era de 36, ahora podrán ser hasta 48. En cuanto a la tasa, Agosto recordó que era del 1% mensual en los convenios anteriores; ahora será del 0,5% para convenios de hasta doce cuotas. Si el acuerdo de pagos supera ese número, la tasa será del 0,7%.
“Existe una reducción de la tasa a prácticamente la mitad, con un elemento novedoso: si el contribuyente mantiene el cincuenta por ciento de las cuotas pagadas al día en tiempo y forma, tendrá a partir de allí una reducción adicional de la tasa. Por ejemplo -precisó el ministro-, si hay un plan de doce cuotas y las seis primeras se cumplieron bien, tendrán ésas un interés del 0,5% y para las seis últimas, la tasa será del 0,25”.
De esta forma, las bajas tasas, incluso más reducidas que las que se cobran en regularizaciones instrumentadas por Afip, pretenden ser el principal incentivo del plan de pago, según explicaron las autoridades del área.
Tener en cuenta
El plan de facilidades incluye todos los tributos provinciales, excepto la patente única sobre vehículos, con deudas hasta el 31 de diciembre de 2005, siempre que no se encuentren ya contemplados en algún otro convenio vigente. Los montos mínimos de deuda para ingresar al régimen son 50 pesos para el impuesto inmobiliario urbano, y 450 pesos para el resto de los tributos, excepto el impuesto de sellos sobre rifas y juegos de azar, que será de mil pesos. Para formalizar los convenios se deberá abonar a modo de anticipo, el monto de una cuota. Los importes mínimos de cada una de ellas son de diez pesos para impuesto inmobiliario urbano, y de 50 pesos para los restantes tributos, excepto sellos sobre rifas y juegos de azar, que será de 450 pesos.
Los interesados en celebrar acuerdos de pago deberán dirigirse a las oficinas de la Administración Provincial de Impuestos. Agosto recordó que “existe un plazo” para poder realizarlos: a partir de hoy y hasta el próximo 28 de abril.
No es moratoria
El ministro aclaró particularmente que el programa de facilidades vigente a partir de hoy no tiene los alcances de una moratoria.
“La principal diferencia es que la moratoria implica la condonación de parte de la deuda, y no es eso lo que aquí sucede. Además, la moratoria necesariamente tiene que ser otorgada por ley”, aclaró. “La idea de este programa es conceder un período limitado de tiempo para quienes hayan tenido dificultades en la cancelación de sus impuestos, a fin de que puedan regularizarlos en estos meses”, explicó.
50 pesos será el monto mínimo de deuda del Inmobiliario Urbano para poder acceder al plan de pago.
1.000 pesos será el mínimo para Sellos sobre rifas y juegos de azar.
450 pesos será el monto mínimo para el resto de los tributos.
10 pesos será el importe mínimo de cada cuota para el Inmobiliario Urbano.
450 pesos será el mínimo de cada cuota para Sellos sobre rifas y juegos de azar.
50 pesos será el mínimo de cada cuota para el resto de los tributos.
Cobrabilidad
De acuerdo con datos difundidos por el Ministerio de Hacienda, la provincia registra al 31 de diciembre de 2005, un nivel de cobrabilidad del Impuesto Inmobiliario Urbano del 68 por ciento, y de un 85 por ciento en el caso del Rural. Los índices son provisorios, y surgen de computar pagos corrientes sobre el total de emisión. Si se agregan pagos atrasados, el coeficiente de cobrabilidad resulta mayor.
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