FALLO CONTRA EL FAE EN JUICIO A LA PROVINCIA
La sala IV de la Cámara Civil rechazó la demanda presentada en 1999 por la Federación de Cooperadoras Escolares del departamento Rosario contra el gobierno de Santa Fe, que reclamaba los aportes que por ley debe efectuar el Estado provincial para el Fondo de Asistencia Educativa (FAE). El juicio se refiere al período comprendido entre 1996 y 2000, aunque en rigor tampoco en los años subsiguientes el gobierno hizo los desembolsos correspondientes, según recordó el abogado de los litigantes, Guillermo Lorente, quien ayer presentó un recurso de inconstitucionalidad contra el fallo de Cámara.
El objetivo es que la Corte Suprema revise el expediente, por eso si el recurso no es concedido la Federación concurrirá al alto tribunal de todas maneras, pero a través de una queja directa. Esperan obtener un pronunciamiento favorable en esa instancia, apuntó Lorente, quien también deslizó el monto de la deuda: unos 600 mil pesos por año más intereses. Por lo tanto, el monto acumulado rondaría los 6 millones de pesos. Actualmente el FAE, cuyo propósito es colaborar en el mantenimiento de la infraestructura edilicia de las escuelas públicas, funciona sólo con aportes municipales.
Lo cierto es que en primera instancia el planteo de la Federación tuvo eco. La jueza civil Liliana Giorgetti declaró admisible el pleito, basado en la ley 10.000 de intereses difusos, y en consecuencia ordenó el depósito de las sumas reclamadas, con costas a la vencida. Esa sentencia fue apelada por el gobierno, lo que llevó las actuaciones a la sala IV de la Cámara en 2004. El 17 de abril pasado los jueces Avelino José Rodil, José Donati y Mario Chaumet revocaron la sentencia de Giorgetti y rechazaron la demanda.
“Fue un fallo inesperado, que no entendemos, porque contraría la jurisprudencia de la propia Corte”, se quejó Lorente. Es que a principios de los 90 el máximo tribunal se expidió sobre el tema, en el marco de los juicios entonces entablados contra la Municipalidad de Rosario (también por falta de pago). De allí la confianza de los litigantes en el recurso de inconstitucionalidad. “En su momento la Corte dijo que la Federación está habilitada para reclamar en función de intereses sociales y colectivos, ya que lo que se pide simplemente es que se cumpla la ley”, agregó el abogado.
En virtud de la jurisprudencia mencionada, la Federación consiguió sentencias judiciales favorables respecto a lo adeudado por la provincia entre 1991 y 1995. Y el Estado tuvo que pagar. Se esperaba que lo mismo sucediera en este caso, aunque la sala IV tuvo un criterio distinto.
Por último, Lorente abundó sobre el mecanismo del FAE. Con sus fondos “se realizan obras, las cuales se detallan al 31 de agosto de cada año. Cuando el gobierno aprueba esa especie de balance final, debe destinar un 20 por ciento de lo efectivamente invertido para el año siguiente”, concluyó.
Este contenido no está abierto a comentarios

