FINANCIAMIENTO DE CAMPAÑAS: HECHA LA LEY, QUEDÓ LA TRAMPA
La ley está. Pero en este caso, el de la obligación para los partidos políticos de presentar una liquidación detallada de los fondos recibidos y gastados en sus campañas electorales, la ley es muy poco tenida en cuenta tanto por quienes deben cumplirla como por quienes deben exigir que se cumpla: Inés de Fanelli, secretaria del Tribunal Electoral de la provincia, que es el organismo que debe exigir el acatamiento a la norma, admitió ayer que ni siquiera sabe cuándo vence el plazo fijado en ella para que lemas y sublemas rindan cuentas.
Tampoco el presidente del Tribunal Electoral de la provincia, el titular de la Corte Suprema de Justicia Rafael Gutiérrez, supo brindar certezas al respecto: “Mañana (por hoy) nos reunimos por el sorteo de Huanqueros (una pequeña comuna del departamento San Cristóbal en la que hubo un empate en la elección comunal) y vamos a conversar este tema (el de la rendición de las cuentas electorales)”, dijo Gutiérrez a este diario ayer por la tarde.
La cuestión es que en el artículo 9º de la ley 12080, que fue aprobada en diciembre del año pasado pero aún no fue reglamentada, se lee que es “dentro de los treinta (30) días de realizado el acto electoral” que lemas y sublemas deben presentar cuentas y comprobantes. Y treinta días desde la realización del comicio se cumplen hoy.
Pero Gutiérrez sostuvo –en tono para nada tajante– que “treinta (30) días de realizado” puede leerse como treinta días de “aprobado” el comicio. “Yo pienso que es así”, indicó Gutiérrez ante la repregunta de rigor. Y concluyó con el anuncio de que hoy charlará el tema con los demás integrantes del Tribunal para ver los pasos a seguir.
“¿Por qué tanto interés?”.
“Hoy (por ayer) me di cuenta de que vence el plazo”, había explicado antes la secretaria Fanelli. Fue justamente ayer que El Ciudadano publicó una nota informando de la inminencia del vencimiento del plazo para la rendición de los gastos por parte de los partidos.
Fanelli incluso preguntó el porqué de tanto interés del periodismo en este tema. “¡Ah, claro!”, dijo después, cuando se le explicó que el interés periodístico pasaba por el hecho de que la transparencia en el funcionamiento económico de los partidos políticos es un reclamo que se instaló con mucha fuerza en la sociedad en los últimos años y que, ya que se había legislado en ese sentido, resultaba interesante saber si lo normado se cumple o no.
Volviendo a si los partidos presentaron o no las cuentas exigidas por la ley, la secretaria del Tribunal Electoral informó que hasta aquí solo lo hicieron “algunos de los sublemas más chicos” de los que participaron del acto eleccionario.
“Pasaron tan rápido estos días…”, comentó luego Fanelli, que también recordó –a modo de justificación tanto para el personal como para los dirigentes de las agrupaciones políticas– que hasta hace poco se estuvo realizando el escrutinio definitivo.
De todos modos, esta tarea no debería haber complicado a lemas y sublemas la obligación de presentar la liquidación de lo gastado en la campaña. En el artículo 4º de la norma se lee que los sublemas tenían que presentar, “al momento de solicitar su reconocimiento ante el Tribunal Electoral”, el nombre de “un responsable económico-financiero”, claramente diferenciado del “responsable político” y encargado, según consta en el artículo 8º, de tener a su nombre “una cuenta única por sublema”.
En esa cuenta deberían haberse depositado, siempre de acuerdo con lo establecido por la ley 12080, “los fondos destinados a financiar la campaña electoral”.
La norma indica además que lo que debe presentarse ante el Tribunal Electoral es “un informe detallado de los ingresos y egresos producidos en la campaña electoral, acompañado de un estado de origen y aplicación de dichos fondos debidamente documentado”.
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