HABLA LA JUEZA QUE PIDE LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA PENALIZACIÓN A LA TENENCIA DE DROGAS
Beatriz Barabani tiene 40 años en la justicia federal y hoy ocupa uno de los tres lugares del Tribunal Oral Nº 2. Pero en otros años le tocó ser defensora oficial y en ese rol representó a muchos jóvenes que terminaban condenados por tener un cigarrillo de marihuana entre sus ropas. Con esa carga y esa experiencia, la magistrada firmó la semana pasada -se juzgaba a un hombre detenido por lelvar un cigarrillo de marihuana- el primer dictamen con sede en Rosario que pide la inconstitucionalidad de las leyes que penalizan la tenencia para consumo personal de estupefacientes, enfrentándose al fallo Montalvo que firmó la Corte Suprema de la Nación en 1989. Para la jueza rosarina “en todo este tiempo quedó demostrado que de nada sirve perseguir al consumidor para atrapar al gran distribuidor. Los traficantes nunca llegan a los Tribunales”.
-¿Cuál fue su voto concreto?
-Voté por declarar la inconstitucionalidad del artículo 14 segundo párrafo de la ley 23737, por violar los artículos 19 y 28 de la Constitución Nacional y el artíuclo 11 inciso 2 de la Convención Americana de Derechos Humanos.
-¿Cuál fue su posición en este caso?
-Mi postura vuelve a la doctrina de la Corte del fallo Bazterrica, y se basa en el artículo 19 de la Constitución nacional que dice que las acciones privadas que de ningún modo afecten el orden y la moral pública pueden ser sancionadas y están exentas de ser castigadas. El fundamento es la ineficacia de la amenaza de la persecución penal para disuadir el consumo de drogas, y los argumentos son fundamentalmente los que me han dado la experiencia.
-¿Cuál es su experiencia como defensora oficial?
-Fueron incontables los casos de familias que se desesperaban por ayudar a quienes resultaban procesados. Tratábamos entonces de explicarles que tenían que aceptar un tratamiento para evitar una condena penal, pero lo rechazaban porque decían que no le hacía nada consumir droga. Es decir, aquí está en juego la libertad, el libre albedrío de la persona: si me curo o no, o si me considero enfermo porque fumo. La mayoría no acepta que es una enfermedad fumar marihuana, y dicen que los hace sentir bien y miles de razones por las cuales quieren hacer uso de su libertad y de su libre albedrío. Es esto lo que trato de volcar en mi voto, que fue minoritario.
-¿Cuál fue este caso puntual?
-Era una persona joven que tenía un cigarrilo de marihuana en su bolsillo, que había adquirido en un domicilio que estaba siendo vigilado por la policía. Una vez que adquirió el cigarrillo, lo coloca en uno de los bolsillos y al retirarse es interceptado por la policía, como prueba, como indicio suficiente para detener a la persona que se encontraba en el domicilio que era investigado. Es decir que uno de los objetivos y fines de la lucha contra el narcotráfico es la detención de traficantes a través del vehículo que es el consumidor. Y esta es una de las formas utilizadas que critico: utilizar como medio a una persona para llegar a un fin que puede ser loable. De todas formas, este método no ha dado los resultados esperados.
-¿Cuántos años tiene en la justicia federal?
-En marzo cumplo 40 años, y en todo estos años me desempeñé entre otros cargos como defensora oficial ante el Tribunal Oral Nº 1, desde 1993 hasta el 2004. En este rol he tenido contacto con muchos consumidores, y ese contacto me ha brindado los argumentos que expuse en este fallo y marcan una postura coherente con todos estos años. Mi conciencia me obliga a pronunciarme de esta forma. El escollo o el obstáculo que uno puede tener para declarar la inconstitucionalidad, como en este caso, de una norma es la doctrina de la Corte que ha sido muy discutida: primero con el Caso Bazterrica, que es la postura que adopté en este tema, que data de 1986, pero la Corte en 1989 con su nueva composición dictó el fallo Montalvo, por el cual criminaliza la tenencia para consumo personal. Desde ese momento han pasado ya 16 años y el resultado que ha dado está a la vista: ni fue eficaz la amenaza de sanción penal para reducir el consumo de drogas ni se cumplió el objetivo de llegar al traficante a través del consumidor. A Tribunales llegan pocos traficantes y los que llegan son de poca monta.
-¿Cuál entiende que es la falla que se está cometiendo para que los que lleguen a la justicia solo sean los pequeños consumidores y no traficantes?
-En el fallo Montalvo se trata al consumidor como el último eslabón en la cadena de tráfico, y se sostiene que si no existe este último eslabón no existirían los traficantes. Pero la experiencia me dice que en estos Tribunales hemos juzgado muy pocos traficantes. Quizás algún vendedor minorista, como es esta causa.
-¿Este joven llegará a prisión por esta causa?
-No, el problema es que habiendo una sanción penal que puede ser sustituída por un tratamiento y asi se dispone, lo más probable es que no se le imponga nunca la pena de prisión efectiva. El problema es que le queda una condena de ejecución condicional y que si cometiera por ejemplo una lesión culposa y lo condenaran, la pena sería de cumplimiento efectivo. El riesgo que corren entonces además de la estigmatización que sufren porque son considerados peligrosos sociales, es que tiene esa condena que es una espada de Damócles.
-¿Entiende que además puede existir un nivel de complicidad de las fuerzas encargadas de reprimir el tráfico?
-No me animaría a decir que haya una complicidad. Lo que puedo asegurar es que los traficantes no llegan, ya sea por errores en la investigación o en el seguimiento. Pero lo cierto es que al Tribunal no llegan.
EL ANTECEDENTE DE COSIDOY
El fuero federal rosarino se está acostumbrando a contar con mujeres que marcan la cancha a la hora de sentar posición respecto a temas candentes. Dos años atrás, la nota la dio Laura Inés Cosidoy, integrante del Tribunal Oral Nº 1. El 10 de diciembre de 2003 Cosidoy criticó la inoperancia policial y la falta de voluntad de las autoridades políticas para investigar el narcotráfico en la provincia de Santa Fe. Las declaraciones surgieron a partir de una acordada en que el Tribunal Oral Federal había solicitado al entonces gobernador Carlos Reutemann y al ministro de Gobierno, Carlos Carranza, medidas de protección a la población de villa La Lata, donde encontraron inseguridad y desprotección de los vecinos a causa del narcotráfico.
“Hay excesiva facilidad para acceder a las drogas, y creo que debe existir complicidad policial para que sea así”, había dicho la jueza. “Sé que hay comisarios de seccionales que trataron de intervenir en un quiosco, donde les habían dicho que vendían droga, y cuando trataron de hacerlo ese local no se podía tocar”, había señalado, en referencia a la protección de un sector de la misma policía sobre el tráfico de drogas.
Cosidoy también había criticado duramente a los funcionarios de Drogas Peligrosas de la provincia y de Rosario. “Desde hace muchísimo tiempo que frente a la Dirección de Drogas Peligrosas de la provincia no hay una persona a la cual le interese saber qué está pasando con la droga y hace muchísimo tiempo que la provincia no tiene un muy buen director de Drogas. Tampoco (hay buenos jefes) en la brigada de Rosario”, remarcó por entonces. Aunque la jueza se refirió durante sus declaraciones en forma genérica a “combatir la droga”, precisó que se refería al narcotráfico. “Seguimos desconociendo quiénes son los grandes distribuidores, el origen del delito”, indicó.
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