Impulsan la promoción y la preservación de la inversión y el empleo
Mediante una conferencia de prensa, esta tarde será presentado un proyecto de ley que busca promover la inversión y la generación de empleo en la provincia. Se quiere ampliar el concepto de la promoción industrial vigente, al de la promoción de actividades productivas.
Los diputados provinciales, Mario Lacava y Silvina Frana, y el diputado nacional, Walter Agosto relanzarán una iniciativa que ya fuera presentada en la cámara baja santafesina en mayo de 2007 y que, según adelantaron, “se cree oportuna la posibilidad de insistir con este proyecto frente al recupero de la actividad económica -confirmado por el propio gobierno provincial- y ante el aumento significativo de recursos”.
Según destaca el proyecto, “hoy la situación económica general presenta un notable recupero, y con ello el nivel de recaudación del Estado provincial, en consecuencia es el momento propicio para generar herramientas cuyo destino sea la generación de empleo, única forma digna de inclusión social”.
El objeto de la iniciativa es la promoción de la inversión en la provincia, tanto en el ámbito agropecuario, el industrial, la construcción, el comercial o de servicios, lo que generará el desarrollo equilibrado, racional y con criterio regional.
Esas inversiones estarían dirigidas tanto actividades nuevas, como la ampliación o reconversión de las que ya existen, para lo que se deberá procurar el cuidado de la inversión productiva realizada o a realizarse en la provincia para la preservación y el aumento de las fuentes de trabajo.
En tal sentido, se contemplan facilidades para el acceso a créditos o el financiamiento del costo empresarial, a través de regímenes de bonificación de tasas de interés y de costos de garantías.
“En esta nueva etapa de sostenido crecimiento económico, las pequeñas y medianas empresas afrontan el gran desafío de incrementar su productividad. Uno de sus principales escollos es el costo de los factores de la producción. Es vital entonces, que las empresas accedan al financiamiento, sea este mediante préstamos o capital de riesgo, y a tasas ajustadas”, indican los diputados impulsores.
Asimismo, se tiene previsto la conformación de un Fondo de Riesgos, con aportes exclusivos o compartidos con el Estado Nacional, municipios o comunas, entidades intermedias, entes públicos o del sector privado, con el objeto de otorgar garantías a empresas; y otro, denominado Fondo para Capital de Riesgo, que será utilizado para la suscripción de títulos de deuda subordinados, convertibles o no en acciones, para emprendimientos de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, cuyos proyectos contengan un alto grado de innovación tecnológica o desarrollo de tecnologías modernas.
Recuperación de empresas con valor social
Por otro lado, y también mediante un fondo, se instrumentará un mecanismo de apoyo transitorio a la reconversión de empresas viables y cuya contribución al empleo de mano de obra sea significativa. Esta herramienta podrá otorgar préstamos, suscribir garantías de pago a proveedores de materias primas e insumos y abonar compensaciones a los empleados incluidos en convenios colectivos de trabajo.
Beneficios tributarios
La norma también impulsa beneficios tributarios para las empresas, que tendrán un plazo máximo de 10 años y constan de la compensación total o parcial y de la reducción o diferimiento de los tributos; de cláusulas que garanticen la estabilidad tributaria; y facilidades de pago, con reducción de intereses y condonación de intereses y multas por deudas de impuestos provinciales.
En todos los casos, el beneficio deberá ser solicitado por los representantes legales de la empresa y quienes deberán presentar un proyecto de reconversión.
En el mismo sentido, se les podrá otorgar compensaciones de impuestos nacionales y de contribuciones que tengan por objeto la nómina salarial.
A tal efecto, se privilegiará el otorgamiento de beneficios tales como deducciones por amortizaciones aceleradas por la adquisición de equipamiento, deducción – adicional a la depreciación – de un porcentaje de la inversión efectivamente ejecutada, diferimiento hasta su compensación con ganancias, del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, diferimiento en el pago del impuesto a las ganancias y compensación del Impuesto al Valor Agregado generado por las adquisiciones de equipamiento y en la medida de la inmovilización financiera prevista en el proyecto y hasta un máximo del 50% del mismo.
Por otra parte, se impulsa la facilitación activa por parte del Estado del acceso a medios e infraestructura.
Por último, el proyecto indica que será el Ministerio de la Producción el que resolverá en forma definitiva e inapelable, el otorgamiento o no de los beneficios. Además, la cartera deberá llevar un registro de los beneficios concedidos.
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