IMPULSAN QUE LOS MENORES TENGAN UNA PENA MÁXIMA DE CINCO AÑOS
Desde hace dos años que en el Congreso se discute sobre la edad de imputabilidad. Iniciativas de bajarla a los 14 años comparten cartel con proyectos para definir un régimen legal exclusivo para menores. En la primera posición se encolumnan quienes sostienen que así se achican los índices del delito. Del otro lado, los que denuncian faltas de garantías para los menores. En medio de este contrapunto, la propuesta de que en el Código Penal se suba de 16 a 18 años la edad para que un joven pueda ser imputable con penas como las de un adulto agregó más polémica todavía.
Esta modificación es uno de los temas sobresalientes del anteproyecto de reforma del Código presentado por una comisión convocada por la Secretaría de Política Criminal del Ministerio de Justicia de la Nación. El cambio busca unificar criterios con tratados y convenciones internacionales, que señalan los 18 como la edad de imputabilidad plena.
Si la propuesta del nuevo Código prospera, también impulsarán que la legislación vigente —ley 22.278 y 22.803— sea modificada por completo: para ejemplificar a lo que apuntan remiten a un proyecto ya presentado en el Congreso que cambia la forma en que se trata a los menores en conflicto con la ley.
Hoy los menores de 16 no son punibles. Pero el juez tiene la potestad de disponer su internación. De esta manera, el chico no tiene posibilidad de defensa sobre la acusación que se le hizo y puede quedar internado por tiempo indefinido.
En la franja que va de 16 a 18, si el delito cometido tiene una pena mayor a dos años, el menor primero recibe un tratamiento tutelar en un instituto de Menores. Si la terapia no resulta satisfactoria, el juez puede absolver o juzgar al menor. En caso de condenarlo, la pena se hace efectiva en institutos y, cuando cumple los 18 años pasa a cumplirla en cárceles comunes: en esos casos pueden recibir penas iguales a las de los adultos.
“Nuestra propuesta es que el menor no sea imputable en el régimen de mayores. Es preciso un sistema propio, en el que debe haber un tope mucho menor al de los adultos. En este momento hay 12 jóvenes con condenas a prisión perpetua, algo inconstitucional”, explica Alejandro Tizón, integrante de la Comisión y juez de Ejecución Penal de Santa Fe. “El Código actual no está en línea con los códigos modernos, con penas coherentes, cumplibles y razonables también para los jóvenes”, señala. “Es imprescindible trasladarles las mismas garantías de los procesos de mayores: que tengan el derecho a defensa y a ser oídos”.
El penalista Eduardo Gerome, en cambio, no está de acuerdo con el espíritu de la modificación. “Justo en momentos en que el dilema en la sociedad estribaba en si el límite de imputabilidad se dejaba en 16 años o se bajaba a 14, el proyecto viene a subirla hasta los 18. Considero que este aspecto de la reforma se encuentra en pugna con las necesidades actuales de la sociedad”.
Eduardo Aguirre Obarrio, de la Academia Nacional de Derecho, concuerda en parte con la versión actual: “Todos los códigos tienen una edad desde la que se es responsable, otra en la que se es inimputable y una franja intermedia en la que se imputa según la gravedad del delito”.
Tizón no está de acuerdo y replica esos argumentos. “La Argentina incorporó a su Constitución la Convención de los Derechos del Niño. Ahí queda claro que la inimputabilidad es hasta los 18 y que la privación debe ser usada como último recurso y con un uso racional. Creo que los que piden bajar el límite de edad responden más a las encuestas que a una posición científica”.
“Pienso que la realidad pone condiciones que no deben teorizarse más de la cuenta”, responde Fernando Goldaracena, penalista del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires y agrega: “Por el auge que tiene en las ciudades la delincuencia de menores, cuando un chico comete un delito no se puede salir del paso con sólo hacer referencia a la edad sin contemplar la gravedad del delito”.
Para el ex juez y ex ministro de Justicia bonaerense, Jorge Casanovas, la modificación hacia arriba o hacia abajo de la edad de imputabilidad no soluciona el problema de los delitos de menores: “Se tiene que elaborar una política integral de minoridad, porque hoy oscila entre doctrinas protectoras extremas y posturas represivas. Lo único que dice el proyecto es que aumenta a 18 y queda a la espera de una ley especial. Es insuficiente y errado para resolver los actuales problemas sociales”.
Precisamente, la ley especial en la que pensaron los miembros de la Comisión estará basada en el proyecto que el diputado Emilio García Méndez presentó en diciembre para reemplazar la actual 22.278, aunque no descartan que pueda sufrir algún cambio.
Ese proyecto impulsa un régimen de responsabilidad penal juvenil que incorpora las garantías procesales para personas de entre 14 y 18 años: derecho a defensa, a dar su propia versión de los hechos y a conocer las pruebas en su contra.
El régimen contempla penas discriminadas según la edad. Si tienen menos de 14 son inimputables; para los de 14 y 15 años, la condena máxima propuesta es tres años; y de 16 a 17, el tope es de cinco años. Según esta reglamentación, la pena que le cabría a un joven que mata a otro no podrá exceder ese techo.
“El proyecto prevé una serie de sanciones juveniles que permiten dar una respuesta diferenciada y proporcional al delito cometido, con sanciones alternativas como la prestación de servicios a la comunidad”, destaca García Méndez. Por eso, el proyecto convierte a las medidas de privación de libertad en una pena de último recurso.
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