Impulsan un pedido de informe sobre las ligas amateurs de Santo Tomé
El proyecto busca que se den a conocer las ligas inscriptas en el Registro creado en 2012 por Ordenanza. También que se detalle información acerca de los predios donde se desarrollan y de los jugadores y árbitros que se desempeñan habitualmente. Fue presentado por Rosana Zamora y Juan Manuel Pusineri.Los Concejales justicialistas propusieron a sus pares solicitar al intendente un informe de las Ligas Deportivas Amateurs inscriptas en el Registro pertinente. A su vez, sobre los predios donde desarrollan sus actividades, la razón social inscripta y un listado de deportistas y árbitros que nuclean, con su correspondientes Certificados de Aptitud Habilitante actualizado.
Los ediles señalaron que la Ordenanza Nº 2920, sancionada por el HCM el 28 de Agosto de 2012 y promulgada por el DEM el 7 de Septiembre del mismo año, establece en su artículo 1º: “Crease, en el ámbito de la Dirección de Deportes, Recreación y Turismo Social de la Municipalidad de Santo Tomé, el Registro de Ligas Deportivas Amateurs, sean éstas comerciales o no”.
Por otra parte, en el artículo 3, dispone que “toda actividad deportiva periódica, organizada en la forma de Ligas Amateurs que se desarrolla en el territorio de la ciudad de Santo Tomé, tendrá la obligación de inscribirse en el Registro, a crearse, por la Dirección de Deportes, Recreación y Turismo Social de la Municipalidad de Santo Tomé, mediante los mecanismos adoptados por la misma”.
Más adelante, en el artículo 7, determina: “Todo deportista y/o árbitro que participe de alguna de las Ligas Deportivas Amateurs, deberá, antes de comenzar su participación, ser examinado por un profesional médico quien otorgará, previos exámenes psicofísicos, el Certificado de Aptitud habilitante”.
Así como en el siguiente dictamina que “la Liga Deportiva Amateur, antes de la fecha del comienzo de sus actividades o torneos, presentará ante la Dirección de Deportes, Recreación y Turismo Social de la Municipalidad la lista de los deportistas y los árbitros con sus datos personales correspondientes, copia del Documento Nacional de Identidad, Certificado Médico, original, de Aptitud y lugar donde desarrolla sus actividades en la Liga Deportiva Amateur. En las mismas condiciones requeridas en el presente Artículo, podrán agregarse deportistas o árbitros durante el año a la lista presentada”.
En el artículo 12 establece: “El certificado de Aptitud Habilitante tendrá una validéz de un (1) año, debiéndose renovar practicando los mismos o mayores exámenes psicofísicos”.
Asimismo en el 13º sentencia: “La Dirección de Deporte, Recreación y Turismo Social, a través de sus representantes ejercerán el contralor y podrán hacerse presentes en cualquier prueba deportiva o partido y requerir la documentación correspondiente a cada participante, si ésta no se encontrase en orden, se labrará un acta de notificación. Los responsables de las Ligas Deportivas Amateurs de la ciudad de Santo Tomé inscriptas en Registro creado a tal fin, deben cumplimentar anualmente documentación.
Fuente: Santo Tomé al Día
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