INFORMARON SOBRE LA SITUACIÓN CARCELARIA A UNA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LA ONU
La Coordinadora de Trabajo Carcelario presentó en las últimas horas un informe a los representantes de la Comisión de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas, de visita en nuestro país.
En cuanto a la situación en las comisarías de la provincia, se indica en el informe que “la población privada de la libertad en los lugares de detención de la ciudad de Rosario, aumentó de 894 en el año 2000 a 1182 en el 2003, sin que se amplíe la capacidad edilicia para albergar personas”, situación ya había sido reconocida como “alarmante” por el gobierno provincial en el año 1995.
“Cada comisaría triplica o cuatriplica su capacidad, lo que obliga a que los detenidos tengan que turnarse para dormir, ya que no entran todos acostados al mismo tiempo. Generalmente hay un solo baño para 30 o 40 personas, la comida es escasa y se la deben cocinar con un calentador con una resistencia, por supuestas razones de seguridad, en general tiene una sola olla y una pava y no se les entregan utensilios para comer, por lo cual deben comer con las manos”.
En el documento presentado a la Comisión de la ONU se expresa también que los internos “carecen de atención médica”. “Dado el hacinamiento, la humedad y la falta de luz solar, son constantes las infecciones de la piel, escabiosis, micosis, escemas. Enfermedades respiratorias de todo tipo. Se detectaron casos de tuberculosis y otras afecciones”, sostuvieron desde la CTC, por lo cual, se adjuntó para corroborar estos hechos, las revisaciones médicas hechas por el departamento de medicina legal de la URII de la policia de Rosario.
Tal como continúa el informe, ésta situación genera “condiciones de violencia que se expresan en numerosas medidas de fuerza tomadas por los internos que van desde huelgas de hambre a motines que llevan un deterioro físico y síquico”, y puntualizan dos casos ocurridos en 1995 y en el 2000, donde “murieron varios detenidos, principalmente por la combustión de los colchones de poliuretano”. “Sin perjuicio de la gravedad de lo ocurrido, ninguna medida se tomó al respecto y hoy en todas las comisarías hay colchones de este material”, expresaron.
Por otra parte, se informó al organismo internacional, que desde el año 1997 a la fecha se presentaron cientos de Habeas Corpus, que aún con una resolución favorable, no resultaron idóneos para modificar el agravamiento de las condiciones de detención de más de 1000 personas encerradas en dependencias policiales.
“En un espacio de 14,8 metros cuadrados, está el baño, cocinan en el mismo lugar, es imposible higienizarlo, el olor se siente al entrar en la comisaría. Las visitas no pueden entrar, pero las que entran salen descompuestas. Es indescriptible el estado de salud, hay algunos internos que conviven con V.I.H”, indicaron desde la Coordinadora en lo que calificaron “un paradigma de lo que ocurre en todas las dependencias policiales”.
“En general los comisarios informan a sus superiores, cuando las comisarías se exceden del número de internos. Esta situación agravada, en todas las comisarías, se ha convertido en una realidad inamovible, durante años”.
Según consta en el escrito, desde la CTC, “en el año 1999 se logró que por orden judicial se limite la cantidad de personas que pueden ser alojadas en la comisaría. Además de ello se han formulado reclamos individuales, por atención médica, traslados, visitas, arrestos domiciliarios, etc”.
Según se informa, desde 1995 a la fecha, “la situación de las personas privadas de la libertad se ha ido agravando en forma constante, principalmente por una falta total de política penitenciaria por parte del gobierno provincial y un aumento de la población privada de la libertad”.
Entre las causas que originan ésta situación se indica una “mayor morosidad judicial, con un proceso penal de corte inquisitivo y arcaico, unida a un endurecimiento de la legislación que ha limitando el número de excarcelaciones posibles, ligada a una política de exclusión social lo que trae como consecuencia un incremento de la población privada de la libertad sin condena”.
“La población privada de libertad se encuentra detenida o en las unidades penitenciarias o en las Comisarías dependientes de la Policía de la Provincia”, informaron de la Coordinadora.
“Si bien en ninguno de los dos ámbitos se garantiza a las personas sus derechos básicos, ni se cumplen las normas nacionales e internacionales en la materia, siendo todos los lugares verdaderos depositos de personas que no cumplen ninguna finalidad, la situación es aun peor para quienes se encuentran en las comisarías”.
El 14 de mayo de 2001, otro de los hábeas corpus presentado es rechazado con el fundamento de la crisis carcelaria, sosteniendo la Juez interviniente que “no se puede dar solución ya que lo único que se haría es trasladarlos a otro lugar donde vivirían igual grado de hacinamiento”. Estas resoluciones son apeladas por la organización y el 29 de mayo de 2001 la Cámara de Apelaciones resuelve hacer lugar y remitir copias al Ministro de Gobierno y al Presidente de la Cámara, a los efectos de control y cumplimiento de lo ordenado. Con el fundamento siguiente: “ la profunda crisis en la que está inmerso el sistema carcelario…. De ninguna manera puede implicar un impedimento para el funcionamiento del sistema jurídico, en una suerte de parálisis inadmisible frustrante de la supremacía constitucional, que en su organización es esencia y sustento de la democracia, por lo que amén de revocarse la resolución apelada, corresponde establecer un plazo de diez días a la autoridad administrativa, para que disponga las medidas pertinentes y adecuadas, con conocimiento y participación de los Magistrados a cuya disposición se encuentren los respectivos detenidos….con control de la Presidencia , sobre su efectiva realización en el tiempo.” “De más esta decir que jamás existió control alguno por parte de la Presidencia de la Camara de Apelaciones y los traslados se realizaron sin ningún tipo de control judicial”, afirmaron en relación a sólo algunos de los casos destacados.
En cuanto a lo denunciado, desde la Coordinadora de Trabajo Carcelario se afirmó que “hay que señalar una connivencia del poder judicial, que salvo excepciones no ha ordenado al gobierno el cumplimento de la ley. El agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención, es la norma y no la excepción”.
“Todo lo expuesto deja de manifiesto como el remedio judicial que debería ser el habeas corpus correctivo ha perdido toda idoneidad ante un poder político que se niega a obedecer las ordenes judiciales y un poder judicial que no coacciona para el cumplimiento de sus ordenes y que a su vez admite que se siga deteniendo a quienes se encuentran a su disposición en estos lugares y cuya inoperancia es sufrida por las personas privadas de la libertad”.
MENORES EN COMISARíAS.
Por otra parte, expresaron que resulta asimismo preocupante la situación de niños privados de la libertad en Comisarías.
“Haciendo un poco de historia, no podemos dejar de remarcar que la situación de los niños privados de la libertad en Comisarías tiene vieja data, ya en el año 1999 nuestra organización denunció el lamentable estado de detención de los menores en las Comisarías 2º, 4º, 5º y 21º. Por el hacinamiento, la falta de higiene, la falta de alimentación adecuada y de actividad alguna, y la violación de todas las normas internacionales al respecto”, indicaron.
“Luego, a fines de 1999 se produce la apertura del Instituto de Recuperación del Adolescente de Rosario (IRAR), lo que no modificó la grave situación ya que una importante cantidad de menores siguió detenido en Comisarías”. “No podemos dejar de destacar, que en los largos años que venimos trabajando, resulta doloroso ver que aquellos niños que se encontraban detenidos, supuestamente para su tutela, hoy se encuentran detenidos como mayores, en algunos casos sin solución de continuidad. Ello patentiza la inutilidad total del la privación de libertad de los menores que de manera alguna redunda en su socialización, sino más bien todo lo contrario”.
“Lo cierto es que pese a la denuncia pública y el reclamo constante, inclusive por el mismo poder judicial, a fin que la autoridad administrativa de una solución a la cuestión, la respuesta ha resultado nula.-”
Sin perjuicio, que a raíz de dicha presentación el Juez de Menores interviniente fijó plazo hasta el 31 de julio para que los niños sean desalojados de las Comisarías, a la fecha existe un importante número en dependencias policiales y se “inaguró” una nueva Comisaría con intervención de los Jueces de Menores.-
CÁRCELES
Tal como expresa la Coordinadora de Trabajo Carcelario en el documento destinado a los miembros de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU en cuanto “a la garantía de las condiciones mínimas de reclusión: infraestructura adecuada, camas, salud, educación, trabajo, disminución de los riesgos por violencia entre la población reclusa, avanzar hacia las grandes necesidades de cumplimiento de la pena en etapas progresivas, acceso a los beneficios penitenciarios, etc., son metas inalcanzables desde el proyecto penitenciario del gobierno de la provincia.-
Por ejemplo con respecto a la cárcel de Coronda, “lo que se proyecta es únicamente la ampliación de los pabellones ya existentes, para incrementar la cantidad de plazas, pero sin que se aumente el personal, los profesionales, inclusive las raciones de comidas”.
Por ende, “se vuelven también insuperables los hechos de violaciones a la legislación vigente, en la que incurre el sistema penitenciario”. “Con una población actual de 1600 internos, cuenta en su planta para la atención de los mismos con 3 psiquiatras, 7 psicologos, 11 asistentes sociales, 5 terapistas ocupacionales, 2 odontólogos, 5 médicos y 1 bioquimicos”.
Por otra parte, “la provincia ha implementado el Juez de Ejecución Penal, con asiento en las Unidades penitenciarias pero en la carcel de Coronda hace dos años que no hay Juez, el cual es suplido por los Jueces de la ciudad de Santa Fe que se encuentran a más de 50 kilometros”.
“Esto implica la falta del adecuado tratamiento penitenciario, el cual se compone de todas aquellas actividades terapéuticas – asistenciales encaminadas a la reinserción de los condenados y que, incluye, además, la atención post penitenciaria”.
“Es destacable que la clasificación, la aplicación del sistema progresivo y el tratamiento penitenciario, requieren de una adecuación de la infraestructura carcelaria para cumplir sus fines, lo que supone no-solo la necesidad de inversión estatal en ese rubro, sino de un proyecto en serio, que contemple la aplicación de la legislación vigente en materia de privación de la libertad”.
Asimismo, “existe una práctica común de realizar traslados, en algunos casos hasta a fuera de la provincia a miles de kilómetros de distancia, con amplios márgenes de discrecionalidad, sin fundamentos razonados sobre la decisión y, en ocasiones, restringiendo el acceso a la información a los mismos internos, situación que también reviste arbitrariedad y afectación de los derechos humanos de los internos”.
También informaron que “existen pabellones con un regimen mas severo por ser considerados, por las autoridades como presos de alta peligrosidad, ello ni siquiera sobre la base de evaluaciones técnicas, ni por haber sido condenados por ciertos delitos, sino simplemente por no adecuarse, según la dirección general a las normas del servicio, y ven derogados sus más elementales derechos humanos bajo régimen del internamiento especial”.
Las prácticas de endurecimiento en las condiciones de “aislamiento” cuando esta conlleva finalidades disciplinarias se realizan con arbitrariedad y al margen de los requisitos de la ley. “En los llamados pabellones de disciplina, los internos permanecen aislados, sin ropa, sin colchones, encerrados durante mucho tiempo. Aunque internamientos similares ya tienen lugar de hecho dentro del sistema carcelario, su legalización no debe tenerse sino como un aspecto negativo en la política criminal del estado, desde la perspectiva de los derechos humanos, pues significa la legalización de una ejecución de la pena en condiciones crueles, inhumanas y degradantes. Otra situación grave padecen aquellos internos que tienen problemas para convivir con el resto de la población carcelaria, alojados en el pabellón 5 ven agravadas sus condiciones de detención, a veces observan buena conducta, pero no pueden acceder a patios, o actividades recreativas de ninguna naturaleza, tienen pocas horas de visita y los días miércoles. Tampoco pueden acceder a los beneficios otorgados a aquellos que observan buena conducta”.
En este sentido, la ampliación de los pabellones de Coronda, no contempla tampoco la real situación de los internos que tienen problemas de convivencia con otros detenidos. Últimamente, se están dando casos en que aquellos que pasan por esta situación deben “ tirarse a los buzones”, o sea ir al pabellón de castigo, porque al tener dificultad con algún o algunos internos no pueden ingresar a los pabellones. Algunos arrastran esta situación desde las comisarías de Rosario. Los jueces ordenan sus traslados , sin contemplar o hacer oídos sordos a los reclamos que en este sentido hacen los familiares o los presos. Si en muchos de estos casos se les hubiera escuchado, y se hubieran tomado las medidas requeridas no se tendrían que lamentar tantas muertes en las unidades carcelarias.
Una situación gravísima es la que se observa cuando los detenidos hacen denuncias contra el personal penitenciario de alguna unidad. A pesar de presentar recursos de amparo contra esa unidad, ya que estarán a cargo del personal denunciado, los reclamos son desoídos por los jueces y son llevados a la misma unidad donde estarán a cargo del personal denunciado.
Afirmaron que “el hecho de ampliar la cárcel de Coronda, implica agudizar los conflictos existentes, y aumentar los niveles de violencia ejercidos sobre la población carcelaria”.
En el documento, expresaron que “sin temor a exagerar, podemos afirmar que cada uno de los internos de la provincia representa un historial de graves violaciones a su dignidad humana; en muchos casos, tales violaciones son causadas por la acción u omisión, abuso o negligencia de los funcionarios del sistema penitenciario o del sistema de justicia. Tales violaciones no son aisladas, sino generalizadas entre la población interna y su origen no está en la conducta de un funcionario únicamente, sino que deviene de causas estructurales que requieren del mayor esfuerzo del estado y la colaboración de la sociedad para superarlas. En la gama de las distintas violaciones a los derechos de las personas privadas de la libertad tiene como extremo la muerte en las cárceles”.
En tal sentido, desde la CTC consideraron “fundamental la intervención de los organismos internacionales para velar por los derechos humanos de las personas privadas de la libertad en nuestra provincia atento la falta de respuesta del gobierno provincial”, por lo cual “solicitaron se constituyan en la misma a fin de corroborar lo expuesto”.
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