INSÓLITOS SUPERPODERES PRESUPUESTARIOS PARA EL GOBERNADOR OBEID
El oficialismo impuso la mayoría absoluta para aprobar la ley complementaria de Presupuesto para el año 2005, y junto con ella, también dio media sanción a lo que se supone será el Presupuesto Provincial del año 2005. Ambas votaciones obtuvieron 26 votos a favor, y 20 votos, en contra de su aprobación. La llamada “ley complementaria”, que le permitirá al Gobierno Provincial, manejar a su arbitrio la aplicación del presupuesto, significa en los hechos, la transferencia al Poder Ejecutivo de parte de la potestad legislativa reservada exclusivamente al órgano parlamentario, que ni siquiera tendrá atribuciones para autorizar gastos con destinos distintos a los previstos. Esta situación de falta de transparencia, y sospechas sobre la ejecución presupuestaria discrecional, se agrava al tratarse de un año electoral.
Una vez más, dando muestra de su escaso compromiso institucional, el bloque de diputados del sector que responde al Ingeniero Obeid, dejó en claro esta noche que no tiene ningún escrúpulo para disponer de los fondos de todos los santafesinos, arrogándose para sí verdaderos superpoderes que le permiten modificar a su antojo el destino final de las partidas y las erogaciones en general.
Sobre esta cuestión, el Diputado Provincial por el bloque Encuentro, Marcelo Brignoni, expresó que “es inaceptable la posición del Gobierno y los diputados del oficialismo que respaldaron esta noche una acción totalmente amañada, falta de ética y moral, degradando el rol de las instituciones de la Democracia y bastardeando la actividad política”.
Además, Brignoni afirmó que “por otra parte uno se pregunta, cuál es la necesidad que tiene este gobierno de tener más poder, si en un año de gestión ha demostrado ser uno de los peores gobiernos desde el retorno de la vida democrática”
Discurso del Diputado Brignoni en la sesión del Miércoles 24 de
Noviembre de 2004 sobre el tratamiento del Presupuesto 2005
Señor presidente, una vez más asistimos, en la tarde de hoy a un debate realmente increíble, increíble para el estado actual de la Provincia, y para las expectativas de la gente sobre nosotros, sus representantes. Estamos en una discusión que no existe, señor presidente, a pesar del esfuerzo del señor miembro informante de la mayoría por hacernos creer, que el indicativo de gastos, esa “Libreta de Almacenero” que el Diputado Peirone ha considerado un presupuesto tiene alguna otra cosa escrita, que no sea una expresión de deseos.
A pesar de esto, de la inexistencia, por decisión del oficialismo, de que la Provincia de Santa Fe tenga un presupuesto formal y legal en el 2005, es nuestra obligación expresar lo que pensamos de este debate. Decimos que no existe esta discusión, porque no estamos debatiendo hoy, lamentablemente, un presupuesto. Estamos discutiendo solamente sobre un papel escrito, con un montón de números y expresiones de voluntad, al que los propios legisladores del oficialismo, votando la ley complementaria que insólitamente debatiremos hoy, le estarán habilitando al Ejecutivo Provincial a no cumplir.
Esta nueva Teoría del Estado, a cuyo debate asistimos hoy, nos permite observar como en lugar del Estado, como ámbito de consensos democráticos y división de poderes, este es reemplazado por lo que podríamos denominar ” Plenario de las departamentales del Partido Oficialista”, donde se consensuarán seguramente, los decretos que dictará el Poder Ejecutivo para ejecutar el Presupuesto 2005, en el marco de ” las atribuciones excepcionales”, que está patética Ley Complementaria, que los señores legisladores del oficialismo van a votar, le confiere al Gobierno Provincial. Este y no otro es el real y triste debate al que el oficialismo nos condena esta tarde, señor presidente.
La decisión de impulsar, por parte del Bloque Oficialista, una ley complementaria que otorga poderes extraordinarios al Poder Ejecutivo, poderes que bordean en muchos casos la legalidad constitucional hace que no sepamos cual va a ser el Presupuesto de la Provincia, conformando un nuevo “logro”, de este Gobierno Provincial, que como sabiamente definiera recientemente, el candidato a Gobernador más votado en las últimos elecciones , el ex intendente de Rosario Hermes Binner, es un Gobierno con “Mucha Plata y Pocas Ideas”.
Solo sabremos cual fue, y no cual será el Presupuesto 2005. Esta aclaración es pertinente porque en realidad estamos hablando de un futuro “balance”, y no de un presupuesto, ya que conoceremos insólitamente después de ejecutado, el gasto de 2005 del Estado Provincial y no antes. Tal vez en Marzo o Abril del año 2006 sepamos fehacientemente como fue el Presupuesto 2005. Esa ejecución presupuestaria que el Oficialismo descuenta será “correcta” ya que al ser controlado por el “Autónomo” y “Prestigioso” órgano de control con que cuenta la provincia denominado Tribunal de Cuentas, la ciudadanía debiera estar tranquila, según ustedes, y sobre todo porque seguramente este organismo lo hará bajo la atenta mirada del procurador de la Corte, el ex Ministro del Gobernador Reutemann, Doctor Jorge Bof, y al amparo de la Corte Suprema de Justicia, “absolutamente independiente del Poder Político”, y que se espera presida por entonces, en un año electoral como el 2005, el hermano del Diputado Nacional Oficialista en busca de su reelección, Julio Gutiérrez.
Es bueno recordar algunos de los puntos centrales de la Ley Complementaria de Presupuesto para saber de lo que hablamos, y lo voy a hacer de ese modo, señor presidente, para poder expresar, en mi opinión, que tipo de discusión estamos dando, en relación a lo que denomino “presupuesto virtual”, como el que se ha referido aquí, y del que me ocuparé luego.
El Proyecto de Ley Complementaria en su CAPITULO II, dice en la sección llamada DE LAS MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO, en su ARTICULO 2º “.facultase al Poder Ejecutivo a modificar los rubros de recursos, erogaciones, erogaciones figurativas y aplicaciones financieras del Presupuesto de la Administración Pública Provincial en la medida que sea indispensable para el desenvolvimiento de los servicios, dar cumplimiento a los acuerdos celebrados en el marco de la Ley Nº 10.052, ampliar el Plan de Trabajos Públicos con el objetivo de procurar un adecuado equilibrio Departamental tanto con recursos de este presupuesto como extrapresupuestarios, recomponer ingresos de los sectores activos y pasivos, siempre que el comportamiento esperado en la percepción de los recursos permita garantizar su atención, sin alterar el resultado financiero del cuadro de ahorro-inversión-financiamiento, o en su caso con destino a la atención del servicio de la deuda.”
El Proyecto de Ley Complementaria en su CAPITULO II, dice en la sección llamada DE LAS MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO, en su ARTICULO 3º “.facúltase al Poder Ejecutivo a disponer la ampliación del Presupuesto en el Cálculo de Recursos con Afectación Específica y Erogaciones, cuando se produzca una recaudación mayor que la presupuestada.”
El Proyecto de Ley Complementaria en su CAPITULO II, dice en la sección llamada DE LAS MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO, en su ARTICULO 4º “.facúltase al Poder Ejecutivo a modificar el Presupuesto General habilitando las partidas específicas por la incorporación de recursos no previstos en el mismo que surjan de la aplicación de leyes …”.
El Proyecto de Ley Complementaria en su CAPITULO II, dice en la sección llamada DE LAS MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO, en su ARTICULO 5º “.autorízase al Poder Ejecutivo a modificar el Presupuesto General incorporando las partidas específicas necesarias o incrementando las ya previstas, cuando deba realizar erogaciones originadas por la adhesión a leyes, decretos y convenios nacionales de vigencia en el ámbito provincial.”
El Proyecto de Ley Complementaria en su CAPITULO II, dice en la sección llamada DE LAS MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO, en su ARTICULO 7º “. facultase al Poder Ejecutivo a disponer modificaciones en los Presupuestos de Organismos Descentralizados, Instituciones de Seguridad Social y Empresas y Sociedades del Estado.”.
El Proyecto de Ley Complementaria en su CAPITULO II, dice en la sección llamada DE LAS MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO, en su ARTICULO 8º “.el Poder Ejecutivo podrá disponer ajustes presupuestarios compensados en los rubros de erogaciones, otras erogaciones y erogaciones figurativas de la Administración Central, Organismos Descentralizados, Instituciones de Seguridad Social y en las Empresas y Sociedades del Estado Provincial..”.
El Proyecto de Ley Complementaria en su CAPITULO II, dice en la sección llamada DE LAS MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO, en su ARTICULO 11º “.autorízase al Poder Ejecutivo a modificar la Planta de Personal del Presupuesto vigente.”
Esta situación pasa a ser el colmo de lo inadmisible, si se tiene en cuenta que la Provincia de Santa Fe ha experimentado un crecimiento importante de la planta de personal del Estado en los últimos años, sin ningún plan que yo conozca y lo haya ameritado. Este incremento (casi 23.000 agentes entre 1991 y 2002) no se corresponde con el crecimiento de la población, y es mayor al de la Provincia de Córdoba, con un volumen de población similar.
La Provincia de Santa Fe, según algunos prolijamente administrada, refleja también un crecimiento importante de su planta de personal, como de su deuda pública, la que se ha incrementado un 250 por ciento desde el año 1991 la año 2001.
Este incremento de personal, que no se corresponde con el crecimiento de la población, pretendió ser explicado a través de la transferencia de servicios de la Nación, básicamente educativos y técnicos, debido a los Pactos Fiscales de 1992 y 1993, y por la transferencia de personal bancario por la privatización del Banco Provincial. Este duda se despeja al comparar nuestra situación con la de Córdoba, al ser ambas Provincias muy similares en el tamaño de la Población y en la estructura y magnitud de sus Estados.
Al considerar el período entre los últimos censos poblacionales (1991-2001) la planta de personal de Córdoba creció en unos 13.351 agentes, es decir un 17%, cuando la población en el mismo período lo hizo un 9% en la provincia.
Por su parte Santa Fe aumenta en el mismo período su planta de personal en 22.858 agentes, es decir un 28% cuando su población lo hace en un 7%. Solo entre 1995 y 1997 la cantidad de agentes públicos se mantiene estable. Cabe destacar que en el mismo período se jubilan unos 8 mil agentes. Es decir que en el período mencionado, a cargo delos Gobiernos de Carlos Reutemann, y Jorge Obeid, se incorporaron casi 30.000 nuevos agentes, cerca del 10% de los votos obtenidos por el Gobernador actual.
El Punto culminante de Proyecto de Ley Complementaria está en su CAPITULO III, donde dice en la sección llamada DISPOSICIONES GENERALES, en su ARTÍCULO 16º “.en el caso de que existan mayores ingresos que los calculados en rubros en los cuales corresponda asignar participación, autorízase a dar por ejecución importes que excedan los originariamente previstos en los créditos destinados a atenderlas…”.
Es un error, señores legisladores del oficialismo que estén decididos a aprobar el proyecto de ley complementaria del presupuesto para el año 2005, que confiere, como dijéramos, el manejo indiscriminado de los dineros públicos, a un Ejecutivo Provincial votado por solo el 15,47 % de los electores habilitados en el Padrón de la Provincia. El desatino de esta ley complementaria hará que este Gobierno Provincial pueda realizar un caprichoso manejo de las partidas presupuestarias, sin impedimento alguno.
No hay como justificar tan grosera extralimitación, no hay modo de aducir, ni por el Gobierno, ni por los Legisladores Oficialistas que aún persiste la emergencia oficializada mediante la votación de una Ley, la número 11696, declarando la Emergencia Económica, Financiera, y Previsional en el año 1999. Ese proyecto de ley, redactado en aquel entonces por el Señor Juan Carlos Mercier, tan vinculado a la Hacienda de la Provincia, y al presente poco esplendoroso de la ciudad de Santa Fe, ya no está vigente en nuestra provincia.
Es necesario remarcar que la noción de emergencia es una regla de excepción, señor presidente, dado su carácter extraordinario, diferente de las condiciones comunes y habituales en el desenvolvimiento de la administración de la cosa pública. Como bien dijera Ricardo Lorenzetti, santafesino, rafaelino, y felizmente futuro miembro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a pesar de no ser primo, pariente, apoderado, ni candidato en ninguna lista electiva del presidente Kirchner (en su obra “La emergencia económica y los contratos”, marzo de 2002, Ed. Rubinzal-Culzoni, pág. 56), “la emergencia es una excepción a la regla, es una excusa que permite apartarse de lo normal porque ha ocurrido algo anormal, fuera de lo común”.
Esta tipicidad de la emergencia, expresada conceptual y claramente en la Ley Complementaria de Presupuesto, debiera estar basada en una situación de excepción que la contemple, precisamente, en el marco de un ordenamiento que se dicta con efectos paliativos de las crisis desatadas, único marco en el cual puede intentarse una justificación de la delegación de facultades de semejante magnitud, como la que contempla esta norma, casualmente en un año electoral.
Como su nombre lo indica, la Emergencia, de la que la Ley Complementaria es un claro ejemplo no puede considerarse habitual. Por su propia índole, es de carácter ocasional, momentánea y transitoria. Por lo tanto, no puede plantearse una situación emergencial como permanente, no debe votarse una Ley Complementaria de Emergencia, como realmente debiera llamarse el Proyecto que vamos a considerar, cuando el propio Gobierno Provincial, ha decidido cesar la situación de Emergencia Económica, Financiera, y Previsional Provincial, desde el 1 de Enero de 2004, y cuando la recaudación tributaria de la provincia, ha visto superado, inclusive, los cálculos en ese sentido del Ministerio de Hacienda. No puede seguir votándose una Ley Complementaria de Emergencia porque no puede calificarse como tal a un estado de cosas de indefinida duración, pues si realmente las circunstancias que la originaron revisten condición de permanencia, han pasado entonces a integrar la realidad fáctica de la provincia y las normas e instituciones deberán adaptarse a ella, y no las instituciones a las apetencias políticas del Ejecutivo en turno.
Lo que pareciera quedar indubitablemente claro, es la vocación del Gobierno Provincial, por seguir actuando al margen de cualquier consideración éticamente republicana, por abonar en cada gesto, en cada acción un sentido de la discrecionalidad, inadmisible en los tiempos que corren.
Son muchísimos los sectores que han dirigido sus críticas a dicho proyecto que confiere amplios poderes al Poder Ejecutivo para el manejo de las partidas presupuestarias. Se han expresado en tal sentido la totalidad de los Partidos Políticos de la Provincia, a excepción del Oficialismo. Se han expresado en igual sentido infinidad de Organizaciones de la Sociedad Civil, y buena parte de las organizaciones empresarias de la provincia.
La doctrina jurídica se ha preocupado sobremanera por delimitar el concepto de emergencia, considerando que su clara definición importa al mismo tiempo sujetar el espíritu del legislador a los confines de la situación; ya que si partimos de la idea de que con miras a superar el estado de emergencia se justifica la adopción de medidas fuertemente restringentes de los derechos constitucionales, estas no tienen justificativo alguno fuera de esa situación, salvo la vocación irrefrenable por un ejercicio abusivo e irrazonable de la delegación legislativa de emergencia. Es imposible justificar la adopción de mecanismos de delegación legislativa en el Poder Ejecutivo para el manejo presupuestario, en una situación de Santa Fe, como la que hoy tiene la provincia. No podemos tolerar que por este camino, el Poder Legislativo abdique, sin justificación alguna, de las funciones que le corresponden, y la Constitución Provincial le confiere.
Aceptando el carácter de excepción, también la Corte Suprema de Justicia de la Nación, elaboró una fértil doctrina sobre la emergencia y su vinculación al ordenamiento jurídico, entendiendo por tal “una situación extraordinaria, que gravita sobre el orden económico-social, con su carga de perturbación acumulada, en variables de escasez, pobreza, penuria o indigencia y origina un estado de necesidad al que hay que ponerle fin. La etiología de esa situación, sus raíces profundas y elementales, y en particular sus consecuencias sobre el Estado y la sociedad, al influir sobre la subsistencia misma de la organización jurídica y política, o el normal desenvolvimiento de sus funciones, autorizando al Estado a restringir el ejercicio normal de algunos derechos patrimoniales tutelados por la Constitución, justifican tal situación” (Corte Sup., “Peralta, Luis v. Estado Nacional”, LL 1991-C-159, JA 1991-II-556, consid. 43).
Estas decisiones no son una novedad, la excepcionalidad y la discrecionalidad han formado parte de una larga lista de temas, que se inicia, a principios de este año, con el debate sobre la indemnización a las víctimas de la inundación del año 2003, pasa luego por la composición del Tribunal de Cuentas de la Provincia, y llega a nuestros días con la discusión y debate sobre los recursos de la provincia, que no son los recursos de los funcionarios provinciales, por más que alguno de ellos sienta esta confusión cotidianamente.
Este debate es aún más grave, ya que en realidad, la “supuesta” emergencia política no significa un dato ocasional, provocado por un embate que hace cambiar el rumbo de los acontecimientos, sino otro eslabón que se añade a una cadena de anormalidades, a las que este gobierno nos ha venido acostumbrando.
La emergencia no es entonces un hecho súbito que nos asalta sin que nadie -o muy pocos- lo esperase; es, al contrario, producto de un mal acostumbramiento que nos aleja de un concepto claro y de sentido común que indica que la esencia de la emergencia es limitar temporalmente el derecho que se pretende ejercer porque hay una situación especial que no puede en ningún caso ser permanente.
Con esto queremos decir, señor presidente, que la emergencia planteada en esta Ley Complementaria de presupuesto y los superpoderes que de ella se desprenden, conforman en la provincia un sistema, un conjunto de expectativas recíprocas que convierten los comportamientos inadecuados en una rutina tan esperable, como condenable.
La ciudadanía de nuestra provincia sabe por experiencia que estas conductas se repiten, lo que hace que las jóvenes generaciones, que felizmente han nacido a la vida cívica en democracia, les cueste trabajo imaginar que la dirigencia política pueda hacer algo que no sea en su propio beneficio, y está situación iguala y aleja a la sociedad de “Toda la Política”.
Por momentos nos perturba, a los ciudadanos, y también a los legisladores, la impresión de que votamos para forjar principados, excepcionalidades e incumplimientos, en lugar de hacerlo para dar sustento efectivo al régimen de Derechos, Garantías y Responsabilidades, con su consiguiente separación de poderes, previsto por nuestra Constitución.
Los argentinos hemos vivido demasiado tiempo en Estado de Excepción, y es hora de que podamos estar en un país y en una provincia normal, que tenga poderes constituidos, roles y responsabilidades. La permanente vocación del oficialismo por los estados de excepción nos aleja aún más de la consolidación de la democracia y las instituciones
Después de más de 30 años en Estado de Sitio, donde este se levantaba sólo el día de las elecciones -cuando las había- se volvió al “Estado de Derecho”, luego del desastre de Malvinas. Nos merecemos todos los ciudadanos, los que votaron al oficialismo, y los que votamos a la oposición un compromiso con las normas, mayor al actual.
Finalmente, como estuviera planteado en el diseño de esta exposición, señor presidente, haremos unas muy breves consideraciones sobre lo que debió haber sido el debate de hoy. Es casi absurdo sin embargo debatir el presupuesto que se plantea, sabiendo como sabemos, señor presidente, que luego será aprobada la Ley Complementaria. Lo haremos de todos modos, en virtud de intentar dejar sentada mi posición contraria a está forma de concebir un presupuesto, en el marco de un debate absolutamente alejado de las expectativas de la comunidad, y al que considero importante.
Desde 1997 existe el “Programa de Reforma a la Administración Financiera Provincial”, creado durante la gestión del ex Ministro de Hacienda Hugo Garnero, a partir del cual cada gasto del Presupuesto debiera cargarse con un código de identificación geográfica (es decir señalando el lugar donde se realiza o donde se va a ejecutar). Sin embargo esta situación, poco difundida, no se cumple, y hay reparticiones y poderes del Estado que no explican, ni aclaran la carga de la clasificación geográfica. El Ministro Agosto reconoció aquí, reunido en esta Legislatura la vigencia de ese Programa, y en una opinión que al decir de los abogados nos recordaría aquello de ” a confesión de parte, relevo de pruebas ” nos habló de la ” no obligatoriedad de su cumplimiento “, explicitando de manera precisa su compromiso con la transparencia del Gasto Público.
O sea que no solo no se cumple, señor presidente, en el indicativo de gastos que el Oficialismo pretende hacernos creer que es un presupuesto, con la obligatoriedad del cumplimiento de ejecución de sus partidas, ya que las atribuciones para la excepcionalidad y la discrecionalidad que emanan de la Ley Complementaria de Presupuesto, como ya señaláramos, permiten cambiarlo todo. Además tampoco se explica, aún a los efectos simbólicos, como se imputará geográficamente el gasto público provincial.
Finalmente, señor presidente, considero que debiéramos todos, sin distinción, y viendo que la sociedad nos está mirando, con una baja estima de nuestras conductas, hacer un esfuerzo por acercar las fronteras de la legalidad con las de la legitimidad, para que coincidan en un solo trazo que nos obligue a todos a transitar fielmente por allí, por donde la gente espera que lo hagamos, y por donde la Constitución y la Democracia de Derechos nos impone que lo hagamos abandonado definitivamente el espíritu feudal, que penosamente se esconde en este tipo de propuestas como la Ley Complementaria de Presupuesto 2005, que hace inocua y absurda la Ley de Presupuesto 2005.
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