INVESTIGARÁN AL EX JUEZ DALLA FONTANA
Desde la Fiscalía se dispuso elevar copias de esta causa a la Secretaría Penal del Juzgado Federal que se encuentre en turno, desde donde deberá iniciarse la investigación.
El 14 de diciembre de 2001, Dalla Fontana abrió en este banco un plazo fijo por 140 mil dólares -era la época del uno a uno-. Pero pocos días después, esos fondos -que ya ascendían a 140.798 dólares debido a los intereses- quedaron “acorralados” en la entidad bancaria.
En medio de la convulsión que socavaba al país, el Poder Ejecutivo Nacional otorgó a los ahorristas mayores de 75 años la posibilidad de retirar sus depósitos.
Según el Banco Río, Dalla Fontana decidió “voluntariamente” hacer uso de esta posibilidad, por lo que el plazo fijo fue pesificado a una cotización de $1,40 por cada dólar. De esta manera, se le acreditaron en su cuenta $197.117.
Pero el 17 de mayo de 2002, Dalla Fontana se presentó ante el Juzgado Federal N° 1, a cargo de Reinaldo Rodríguez, impulsando una demanda de amparo para retirar aquel dinero. El 3 de junio de 2002, el Juzgado Federal libró una medida cautelar y ordenó al Banco Río que le abonara a Dalla Fontana la suma de 140.797 dólares al cambio vigente en ese momento, por lo que el monto ascendía a $509.688,76.
Sin embargo, y luego de años de disputa -que incluso derivaron en una causa en la Justicia Provincial-, el 22 de septiembre del año pasado el juez Rodríguez dejó sin efecto la medida cautelar -que tiene un carácter provisorio- y rechazó el amparo. Ahora, Tessio pide que se investigue si existió delito penal por parte de Dalla Fontana, al no devolver la totalidad de dichos fondos al Banco Río.
Al disponer esta medida, la fiscal se basó en el artículo 217 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, donde se establece que “el depositario de objetos embargados a la orden judicial debe presentarlos dentro del día siguiente a la intimación judicial. Si no lo hiciere, el juez remitirá los antecedentes al tribunal competente, pudiendo ordenar la detención del depositario hasta el momento en que dicho tribunal comience a actuar”.
Esta disputa entre el banco y Dalla Fontana derivó, incluso, en una causa en el Juzgado de Instrucción N° 2, a cargo del Dr. José Manuel García Porta.
Este magistrado procesó al ex juez federal por el supuesto delito de estafa procesal, argumentando que Dalla Fontana había llevado adelante un ardid con el objetivo de confundir al juez Rodríguez para que éste dictara una medida cautelar que le permitiera retirar aquellos fondos atrapados en el corralito.
Sin embargo, tiempo después García Porta sobreseyó a Dalla Fontana, luego de que la Sala I de la Cámara de Apelaciones -integrada por los doctores Echauri, Villa y Rucci- revocara el procesamiento por el delito de estafa procesal.
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