KIRCHNER YA ANALIZA LA NUEVA LEY LABORAL
La obligación de las empresas con más de 200 empleados a elaborar un balance social que deberán entregar anualmente a los sindicatos de su rama de actividad es uno de los puntos más importantes del borrador del proyecto de nueva ley laboral que el presidente Kirchner tiene en estudio.
La iniciativa deroga o modifica gran parte de las disposiciones establecidas en la controvertida reforma laboral aprobada en el gobierno de Fernando de la Rúa, ley cuya legitimidad quedó cuestionada tras el escándalo de los supuestos sobornos que se habrían pagado para obtener su sanción.
Si bien aún el proyecto no pasó el nivel de un borrador, fuentes del Poder Ejecutivo y del Congreso coincidieron en que el texto que ya circula en el Senado casi no sufrirá modificaciones.
Al respecto, ayer se ratificó en la Casa Rosada que el jefe de Gabinete, Alberto Fernández, y el ministro de Trabajo, Carlos Tomada, presentarán oficialmente el martes próximo, en la Cámara alta, el texto definitivo de la iniciativa, que será el tema de mayor trascendencia del decreto de convocatoria a sesiones extraordinarias para lo que resta del mes en curso, y que será firmado por Kirchner entre el lunes y el martes próximos.
El del balance social aparece, a priori, como el asunto más polémico para los sectores empresariales. Es que, si bien la obligación de entregar ese informe ya existía, el universo de firmas que deberán elaborarlo se ampliará notablemente, al incluir a las que contraten a más de 200 empleados.
La controvertida cláusula conforma el capítulo IV del texto elaborado por el Ministerio de Trabajo y dispone la entrega a los sindicatos con personería gremial signataria de la convención colectiva de un detallado informe sobre condiciones de trabajo y de empleo, costo laboral y prestaciones sociales a su cargo.
Entre los ítem que deberá incluir el informe figura el balance general anual, cuenta de ganancias y pérdidas, estructura de costos, estado y evolución económica financiera de la empresa y del mercado en que actúa, y la evolución de su masa salarial promedio y su distribución según niveles y categorías.
Otra de las modificaciones más importantes del borrador es la reducción a tres meses del período de prueba y la aplicación de medidas restrictivas al uso de ese tipo de contratos, que hasta el momento es de seis meses prorrogables por igual período.
Registro
Además, los empleadores tendrán que registrar los empleados a prueba, a los que no podrá contratar por más de un período en las mismas condiciones. Al respecto, se prevén sanciones por abusos de ese mecanismo.
En el capítulo denominado “promoción del empleo” se establece para las empresas de hasta 80 empleados un régimen de exención de cargas patronales por el plazo de doce meses por cada nuevo trabajador incorporado hasta el último día del corriente año.
En materia de negociaciones colectivas, la nueva ley que impulsará el gobierno de Kirchner modifica la legislación vigente y establece un delicado equilibrio entre los convenios. Así, un acuerdo de ámbito mayor (gremio o federación) tendrá supremacía sobre otro de orden inferior (por actividad o rama o por empresas) siempre y cuando establezca condiciones más favorables.
Por otra parte, en su artículo 23 el borrador oficial del proyecto establece que las empresas declaradas en proceso de crisis sólo podrán quedar fuera del alcance del convenio colectivo si obtienen el consenso del gremio de la actividad.
En cuanto a la finalización de la ultraactividad (renovación automática hasta tanto no haya un nuevo acuerdo) de los convenios, el gobierno de Kirchner quiere derogar la compulsividad establecida en la reforma laboral aliancista.
Según el texto, al que tuvo acceso LA NACION, se establecerá un mecanismo voluntario de mediación, conciliación y arbitraje para abrir la discusión de los convenios vigentes desde 1975 a la fecha, a cargo del Ministerio de Trabajo. Su convocatoria será obligatoria para las partes, y a partir de los 15 días de notificadas las partes se constituirá una comisión negociadora y las partes estarán obligadas a negociar de buena fe, entendiendo por ese concepto la concurrencia a las reuniones, la designación de negociadores con mandato suficiente, proveer de la información necesaria para el debate y realizar esfuerzos conducentes a lograr acuerdos.
Además, en dos incisos se obliga a las empresas a aportar datos sobre su situación económica, y en caso de iniciar procedimientos preventivos de crisis o procedimientos concursales deberán notificar a sus trabajadores sobre las causas y circunstancias que motivaron la iniciación de esos mecanismos.
No obstante, se establece que quienes reciban esa información están obligados a guardar secreto.
El proyecto incluye, además, un capítulo reglamentario del derecho de huelga, en el que se establece la obligatoriedad de prestar servicios mínimos en casos de servicios esenciales. La nómina de estas actividades incluye servicios sanitarios y hospitalarios, de distribución de agua, energía eléctrica y gas, y los controladores aéreos.
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