LA CORTE BONAERENSE CONFIRMÓ LA RECLUSIÓN PERPETUA PARA BARREDA
La Suprema Corte bonaerense confirmó la pena de reclusión perpetua para Ricardo Barreda al rechazar una apelación presentada por la defensa contra el fallo del Tribunal de Casación Penal bonaerense que había ratificado la condena impuesta en juicio oral al odontólogo platense en 1995.
Barreda había sido condenado por cuádruple homicidio luego de que el 15 de noviembre de 1992 asesinara, en su casa, a su esposa, su suegra y sus dos hijas.
La pena de reclusión perpetua, dictada en 1995 y luego ratificada por el Tribunal de Casación Penal bonaerense en 2004, había sido recusada por la defensa del odontólogo, presentación que fue desestimada.
Eduardo Luis Gutiérrez, a cargo de la defensa de Barreda, había planteado en el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley que “existió un absurdo en la valoración de las pericias psiquiátricas” por parte del Tribunal que condenó al procesado y que “debería haberlo declarado inimputable”.
También cuestionó los votos de los jueces Eduardo Hortel y Luis Soria, quienes declararon imputable a Barreda en el juicio oral de 1995, apoyándose en la opinión de la tercera integrante de la Sala I de la Cámara Penal, María Clelia Rosentock, que votó en disidencia.
Ahora la Corte provincial rechazó la apelación de la defensa y confirmó en todos los términos el fallo condenatorio. Sin embargo, la sentencia todavía no está firme porque la defensa podría ahora apelar ante la Corte nacional.
Por otra parte, la fiscalía y el abogado que representa a las víctimas del odontólogo recurrirán ante la Corte provincial el fallo de Casación que habilitaría la libertad del cuádruple homicida.
Ambas partes se opondrán a la declaración de inconstitucionalidad del artículo 24 del Código Penal, que daría lugar a que la pena impuesta a Barreda se compute con el beneficio de la “ley del dos por uno”, dándose así por cumplida la condena por llevar 25 años y 2 meses de prisión, cuando lleva en tiempo real 13 años y 8 meses detenido.
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