LA CORTE DEBATE SI INTERVIENE Y LOS FAMILIARES RECUSARON A DOS JUECES
La Corte Suprema de Justicia analizará en su plenario los pedidos de “per saltum” presentados tras la polémica excarcelación otorgada a Omar Chabán. Sin embargo, y anticipándose a una respuesta que sería negativa, familiares de las víctimas recusaron a dos de los magistrados por presunto prejuzgamiento al deslizar sus opiniones sobre el tema.
Se trata de Carlos Fayt y Eugenio Zaffaroni, quienes fueron recusados por el abogado José Iglesias padre de un chico muerto en Cromañón. En su presentación, Iglesias reclamó el apartamiento de ambos magistrados al considerar que expresaron ante los medios su posición al respecto antes de realizarse el acuerdo de la Corte.
Precisamente, Fayt volvió esta mañana a dar pistas sobre lo que podría decidirse. “El ‘per saltum’ no está legislado en la Argentina. Las Cámaras de Casación deben actuar, es lo que corresponde. El ‘per saltum’ es un puenteo, lo llamo un bypass y en este se puede frenar el corazón”, afirmó.
El resultado de la reunión del máximo Tribunal es esperado con mucha expectativa. Según coinciden varias fuentes judiciales, existiría consenso entre los integrantes de la Corte para rechazar esa solicitud ya que entienden que quien debe revisar la excarcelación es la Cámara de Casación Penal.
Hasta ahora, sólo dos de los nueve jueces de la Corte estarían dispuestos a aceptar el pedido. Uno de ellos es Antonio Boggiano, quien ayer envió a sus colegas un borrador de voto donde propone suspender la excarcelación del empresario Omar Chabán hasta que se pronuncie Casación. A la posición de este juez se sumaría algún otro.
También dio su opinión Eugenio Zaffaroni, quien adelantó que sólo “excepcionalmente” el máximo Tribunal puede expedirse sobre la excarcelación de un acusado, y nunca mediante un recurso presentado por vía del “per saltum”.
“En materia excarcelatoria, la competencia incumbe a otros tribunales y excepcionalmente puede llegar a la Corte por la vía que corresponde, pero no por ‘per saltum'”, explicó Zaffaroni.
Ocurre que este mecanismo, que fue utilizado en la Corte los primeros años de la década del 90, ahora es considerado inoportuno, en especial porque no existe una ley que lo autorice.
El caso más trascendente de un “per saltum” fue el presentado por la privatización de Aerolíneas, que llegó luego de que un juez de primera instancia suspendió el proceso. En ese caso, la Corte intervino directamente. Luego, en 2002, el mecanismo del “per saltum” fue regulado por una ley, que posteriormente fue derogada. Y ahora no existe legislación sobre el tema.
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