LA CORTE INVALIDARÁ HOY LAS LEYES DEL PERDÓN
La Corte Suprema resolverá hoy que son inconstitucionales las leyes de punto final y de obediencia debida con las que el Congreso interrumpió, en 1986, el juzgamiento de los delitos por desaparición forzada de personas, torturas y otros de lesa humanidad cometidos durante el último régimen militar.
La sentencia recaerá en la causa contra Julio Simón, ex oficial de la Policía Federal imputado por la desaparición forzada de José Poblete y Gertrudis Hlaczik y de la apropiación indebida de Claudia Poblete, hija del matrimonio.
Por hechos de esa naturaleza ya están detenidos 147 militares y ex militares. Según fuentes del Ministerio de Defensa, se estima que a partir de la sentencia podrían ser citados a declarar unos 3000 hombres de armas, de los cuales pocos permanecen en actividad. El fallo no toma por sorpresa a las Fuerzas Armadas, pero sí causa preocupación entre sus filas.
La sentencia, según pudo saber LA NACIÓN, llevará las firmas de los ministros Enrique Petracchi –Presidente del máximo tribunal–, Ricardo Lorenzetti, Raúl Zaffaroni, Carmen Argibay, Elena Highton, Juan Carlos Maqueda y Antonio Boggiano. Dirán que la sanción de las leyes del perdón violó la prohibición de amnistiar delitos aberrantes. Augusto Belluscio se excusará porque la querella fue promovida por Horacio Verbitsky, titular del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), con quien aquél mantiene una vieja disputa. En tanto, Carlos Fayt votará en disidencia, por la validez de las leyes.
Este fallo, que será uno de los que caractericen a la Corte, es una de las principales consecuencias de la renovación de la composición del tribunal que impulsó el Presidente Néstor Kirchner.
Varios factores confluyeron para cambiar el desenlace:
– El referido cambio de la integración de la Corte. Un sentencia semejante hubiese sido impensable con la composición anterior del cuerpo.
– La multiplicación de fallos de jueces de primera instancia que declararon inválidas las leyes, sobre la base de los tratados incorporados por la reforma constitucional de 1994.
– La presión de varios países europeos (como España, Francia y Alemania) para pedir la extradición de diversos militares en caso de que no fuesen juzgados en el país: ahora, la Corte dará nuevo impulso a las causas que se sustancian en la Argentina y reafirmará la jurisdicción nacional.
LA EVOLUCIÓN
El Congreso nacional sancionó la ley de punto final, número 23.492, a fines de 1986, y después del alzamiento militar de Semana Santa de 1987 aprobó la de obediencia debida, número 24.521.
Como consecuencia de esas normas, sólo quedó habilitado el juzgamiento de cuadros superiores de las Fuerzas Armadas y de seguridad, mientras que los oficiales y suboficiales que no tenían capacidad de mando de zonas y subzonas en las que se dividió el país a los efectos de organizar la represión quedaron alcanzados por un olvido.
Evidentemente, al sancionar esas leyes de amnistía, el Congreso había ponderado la necesidad de pacificar el país, que atravesaba una etapa de tensión cívico-militar durante los primeros años de la entonces flamante democracia, recuperada en 1983.
Poco después, la Corte convalidó las dos leyes del perdón. Entre aquellos jueces del alto tribunal que las apoyaron hay tres que siguen en funciones: Petracchi, que ahora dirá que esas leyes fueron inconstitucionales; Belluscio, que no votará, y Fayt, que mantendrá la postura de aquellos años.
Todavía no se conocen los fundamentos de la sentencia, que será firmada por los ministros en el acuerdo de hoy. Pero trascendió que el fallo tendrá varios cientos de páginas.
Como ya fue anticipado por LA NACIÓN, Petracchi sostendrá uno de los argumentos que más se reiterarán en el fallo: la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) resolvió en 2001 que los delitos de lesa humanidad no son amnistiables, por lo cual concluirá que las leyes del perdón -a las que Petracchi siempre consideró amnistías encubiertas- viola la Constitución y los tratados incorporados a ella con jerarquía constitucional, entre ellos la Convención Interamericana de Derechos Humanos.
Zaffaroni y Boggiano nunca ocultaron su posición en favor de invalidar las normas del perdón y el mismo camino tomarán Maqueda y Highton. Cada Juez votará con distintos argumentos.
En cuanto al tema principal, los siete jueces sostendrán que las leyes del perdón son inconstitucionales.
En cambio, no son tan coincidentes las posturas que tendrán frente a la ley que en 2003 sancionó el Congreso para declarar la nulidad de las leyes del perdón: la mayoría de los ministros dirá que esa norma es válida, pero mantendrá distintos razonamientos.
El problema para la Corte es que el Congreso, que mediante una ley declaró la nulidad de otras dos leyes anteriores, no tiene esa atribución en nuestro esquema constitucional.
RENUNCIA
El Presidente Néstor Kirchner firmó anoche el decreto mediante el cual aceptó la renuncia presentada por el Juez Augusto Belluscio, Vicepresidente de la Corte, la cual se hará efectiva a partir del 1º de septiembre próximo. La información fue difundida en la Casa Rosada, y ahora el decreto presidencial será publicado en el Boletín Oficial, medida que permitirá abrir el proceso para la selección del sucesor de Belluscio. El Juez presentó la renuncia el martes último en virtud de haber cumplido 75 años.
Este contenido no está abierto a comentarios

