LA CORTE PODRÍA DECLARAR INCONSTITUCIONAL LA PRISIÓN PERPETUA A MENORES
La Corte Suprema de Justicia estudia pronunciarse por primera vez sobre la validez constitucional de las condenas a prisión perpetua a menores de edad en Argentina, único país de Latinoamérica que contempla la pena máxima para esa franja de la población.
El caso que circula en los despachos de los ministros y está actualmente a estudio del titular de la Corte, Enrique Petracchi, es el de Daniel Maldonado, condenado a perpetua por el asesinato de un comerciante durante un asalto a un negocio en Capital Federal, el 28 de febrero de 1998, cuando tenía 16 años.
“El tema está para resolverse; se está preparando el voto”, explicaron a Télam fuentes del máximo tribunal, aunque sin aventurarse a pronosticar la decisión de la Corte, ya que el caso puntual a estudio es conflictivo, por los hechos que protagonizó el condenado, actualmente mayor de edad.
La defensora oficial ante la Corte Suprema Stella Maris Martínez presentó un recurso de queja, por primera vez admitido en el máximo tribunal, que en su anterior composición solía rechazar entender en estos casos por considerar que no afectaban garantías constitucionales.
Esta actitud de la Corte en el menemismo derivó en denuncias radicadas ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por parte de Madres de Plaza de Mayo y el Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos (MEDH), entre otras organizaciones, para que se conmuten esas condenas.
En el caso Maldonado, actualmente mayor de edad, la defensora ante la Corte argumentó que al condenar a la pena máxima a menores de 18 años, el país viola tratados internacionales que adquirieron jerarquía constitucional.
Además del recurso de queja, organizaciones no gubernamentales aceptadas como “amicus curiae” en la causa, pidieron a la Corte que se pronuncie sobre la inconstitucionalidad de la perpetua a menores de edad.
La Corte tiene en sus manos desde el 26 de abril último un dictamen de la Procuración General de la Nación que se opuso a reducir la pena a Maldonado y consideró que la perpetua a menores no es inconstitucional.
Esta opinión, no vinculante, se basó en considerar que como la prisión perpetua en Argentina permite la excarcelación o la libertad condicional, no sería violatoria de pactos internacionales sobre los derechos del niño.
Quienes sostienen lo contrario, remarcan que estos beneficios no son comparables a la libertad, debido a que son otorgados de manera discrecional en base a informes penitenciarios.
Daniel Maldonado había sido sentenciado a 14 años por un tribunal oral, pero luego y a pedido de un fiscal, esta pena fue elevada a prisión perpetua por la Cámara de Casación, máximo tribunal penal del país.
El 28 de febrero de 1998, a los 16 años, Maldonado robó un comercio junto a tres cómplices y cuando huía fue perseguido por uno de los comerciantes, Victor Aramayo, a quien mató de un tiro en el tórax.
Por ello y -todavía menor de edad- fue encontrado culpable el 5 de mayo de 2000, a los 19 años, aunque recién a los 21 se le aplicó la condena a 14 años.
Durante ese lapso estuvo internado en el instituto de menores “Luis Agote” y, en un aspecto que tuvo en cuenta Casación cuando cambió la pena a prisión perpetua, volvió a delinquir durante una licencia de salida, en lo que luego le deparó una nueva condena.
En esa ocasión, también cometió tentativa de robo calificado, al huir disparó contra policías y tomó de rehén a una mujer embarazada a la que obligó a conducir su auto a “alta velocidad bajo amenaza de muerte”.
Por todos estos antecedentes el caso puntual que llegó a la Corte depara un dilema para los ministros, muchos de los cuales -penalistas expertos como Raúl Zaffaroni o Carmen Argibay- se inclinarían como doctrina general contra la constitucionalidad de la perpetua a menores, explicaron las fuentes.
“Ahora Argentina adhiere a pactos internacionales incorporados a la Constitución, referidos a los derechos del niño y a la tortura, que a criterio de la defensa se estarían violando”, se detalló.
El planteo de la defensa también apunta a lograr que se retrotraiga la condena a los 14 años que había fijado el tribunal oral, anulada por Casación.
Según enfatizó la defensa, los miembros de la sala de Casación que fijaron perpetua a Maldonado, Juan Rodríguez Basavilbaso, Liliana Catucchi y Alfredo Bisordi, no cumplieron con el requisito previo de mantener una entrevista personal con el joven, a quien nunca conocieron.
Maldonado habría mejorado y habría respondido satisfactoriamente a su rehabilitación en los años que siguieron a los delitos que cometió, argumentó la defensa.
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