LA CORTE SUPREMA SUSPENDIÓ UN NUEVO REMATE DE VIVIENDA
La Corte Suprema de Justicia frenó una vez más el remate de una vivienda cuya deuda había sido contraída en dólares, según se informó hoy en Tribunales.
El Alto Tribunal decidió suspender la ejecución de la vivienda, pero no resolvió sobre la constitucionalidad de la pesificación de las deuda contraída en dólares con anterioridad a la debacle económica de fines de 2001.
Ante la falta de cumplimiento con el pago de una deuda por 222.565 dólares, un acreedor particular inició una demanda ante la Justicia contra el deudor y la Cámara de Apelaciones en lo Civil decidió que entre ambas partes debían compartir las consecuencias de la crisis económicas.
Con el principio del “esfuerzo compartido”, la Cámara estableció que los dólares de la deuda debían convertirse a razón de un peso, más el 50 por ciento de la brecha entre el peso y el valor de dólares libre a la cotización de la fecha en que se practica la liquidación definitiva de la deuda.
Contra ese pronunciamiento, el deudor interpuso un recurso ante la Corte y pidió la suspensión de los procedimientos de ejecución debido a que ya se había designado un escribano para que verificara el estado físico y de ocupación del inmueble e intimara a sus ocupantes a desalojarlo en el plazo de diez días.
La Corte entendió que esos extremos podrían causar al deudor un agravio irreparable, mientras que el análisis de la constitucionalidad de las leyes de emergencia económica es una cuestión de orden federal que ameritaba su intervención.
Por ese motivo, y sin emitir un pronunciamiento sobre el fondo de la cuestión decisión “suspender los procedimientos de ejecución”, sin resolver el fondo de la cuestión.
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