LA HISTORIA DE LA RELACIÓN ENTRE AGUAS Y EL ESTADO SANTAFESINO
Hace varios años que desde Adelco Filial Santa Fe y la Asociación Vecinal 7 Jefes, venimos advirtiendo a las distintas autoridades provinciales, sobre lo gravoso que para los usuarios ha sido la privatización del servicio de agua potable y cloacas y de que manera el estado que no fue capaz de manejar de forma eficiente una empresa de servicios públicos, se mostró altamente ineficiente para exigir el cumplimiento de sus obligaciones a esta empresa privada.
También señalábamos el rotundo fracaso de esta concesión, y que si no se quería entrar en una espiral de constante deterioro, debía producirse un salto cualitativo, repensando la misma, buscando nuevas ideas, nuevas formas organizativas, nuevas maneras de seguimiento y control.
Advertíamos además que si se seguía insistiendo en el camino de las renegociaciones para transformar como lo requería y sigue reclamando Aguas Provinciales, el contrato de “ metas y objetivos” a un modelo de “ regulación económica”, seguramente se iría a un proceso de quebranto constante, con crisis cada vez mas frecuentes con un abrupto final, donde la resolución del conflicto no seria por convicción sino por espanto.
Ahora bien a la luz de las declaraciones públicas del Sr. Gobernador de la Provincia, pareciera que esta situación está llegando a un punto de inflexión, que el hartazgo de los usuarios se ha hecho carne en los funcionarios, y que no queda mucho margen y estamos a poco tiempo de una decisión final.
En consecuencia creemos prudente y necesario pensar una modificación de fondo de esta concesión, y no repetir los mismos errores, para lo cual proponemos dividir la misma en unidades distintas por cada uno de los actuales distritos, con una serie de ventajas que pasamos a detallar:
– Dejar de lado la prestadora única, con decisiones centralizadas y que atiende de manera diferenciada a las grandes ciudades en detrimento de las pequeñas.
– Contar con quince concesionarios de menor poder de negociación frente al estado.
– Tener la posibilidad de que la prestación del servicio sea realizada por empresas pequeñas y medianas, de capital local, cooperativas o municipios en cada uno de los distritos, asegurando que las inversiones efectuadas y pagadas por los usuarios queden en la región, siendo motor de desarrollo.
– Asegurar una vigilancia directa de la prestación del servicio, con la formación de consejos de supervisión locales, reduciendo las Funciones del Enress, al solo contralor de la calidad sanitaria del agua.
– Encontrar maneras más dinámicas, creativas y transparentes para cualquier tipo de negociación de los nuevos contratos, que de seguirse con la crisis actual y con perspectivas no muy halagüeñas, serán necesarios en períodos cortos de tiempo.
– Generar nuevas modalidades de prestación del servicio, acordes con las realidades regionales, de cada lugar.
– Instrumentar la metodología de la AUDIENCIA PÚBLICA, como forma de participación directa de los usuarios, cuando se necesite aprobar cualquier modificación contractual o variación tarifaria.
También proponemos la creación de un fondo de saneamiento, con el fin de compensar las asimetrías existentes, incorporando en dicho fondo al resto de las localidades de la Provincia, muchas de las cuales hoy no cuentan con estos servicios básicos y esenciales.
A modo de resumen es y para no olvidar lo que pasó, es necesario destacar que las inversiones comprometidas por Aguas Provinciales, luego de la renegociación contractual llevada adelante durante la anterior gestión del Gobernador Obeid, en el Periodo marzo 1999 a marzo 2004, ascendía a 176 millones de pesos y la efectivamente realizadas en el mismo periodo fueron de aproximadamente 45 millones, es decir solamente un 25 % del total.
Ahora bien, por efecto de dicha renegociación, la concesionaria recibió un aumento tarifario del 13, 85 %, que consistía en un subsidio de todos los usuarios reales, para que los usuarios potenciales tuvieran un menor costo en los cargos de infraestructura y así en un periodo de seis y doce años respectivamente el 100 % de quienes hoy no cuenta con estos servicios gozar del agua potable y de las cloacas.
Este subsidio significó un aumento de la recaudación de la concesionaria de aproximadamente 55 millones de pesos para el periodo 1199-2004.
En consecuencia si como lo indica la información oficial, la inversión en dicho periodo fue de 45 millones, la realidad es que la firma no invirtió un solo peso, y los usuarios vía una apropiación indebida de fondos, fuimos quienes financiamos la totalidad de las obras realizadas, muchas de las cuales permiten sostener un servicio de “regular para abajo”, según los dichos del Sr. Gobernador.
BREVE HISTORIA DE LA CONCESIÓN:
Es necesario recordar que “El contrato que se suscribió entre la Provincia de Santa Fe y Aguas Provinciales de Santa Fe S.A ( APSF) es un contrato administrativo – de derecho público- tendiente al cumplimiento de metas y objetivos, cuyas premisas fundamentales son: la mejora en la prestación y la calidad de servicio en las áreas servidas, la micromedición, y la expansión del servicio de aguas y cloacas a toda la población de los quince distritos servidos por la Empresa, bajo el principio de riesgo empresario.
Conforme al Pliego Licitatorio y a la Resolución Nº 292/95 del M.O.S.P. y V. de preadjudicación ( ratificada por Decreto Nº 2141/ 95) que el actual Concesionario aceptara en todos sus términos, el contrato se definió como de “metas y objetivos” siendo responsabilidad del mismo procurar los medios para lograrlos.” (1)
“Dada la imposibilidad de sectores de la población de pagar el total de los cargos previstos en el Contrato, especialmente de infraestructura para aguas y cloacas, se convocó a una instancia renegociadora entre Concedente y Concesionario por Decreto Nº 726/97 con el objeto de acordar nuevos valores a los cargos de infraestructura, conexión, desconexión, y no conexión, autorizándose a reprogramar obras, diferir inversiones, modificar los parámetro económicos y financieros, otorgar subsidios o implementar otras alternativas conducente a lograr un fin perseguido.
Luego de un largo proceso se llego a un acuerdo que estableció, entre otros, los siguientes conceptos:
– La reducción de los cargos de infraestructura, conexión desconexión y no conexión.
– El no cobro de los usuarios obligados ( Distritos no ribereño) de los factores de servicios por tratamiento primario de desagües cloacales o asimilables ( S3) y tratamiento secundario de desagües cloacales o asimilables (S4).
-El no cobro de los usuarios obligados a mayores costos provenientes de obras por contribuciones de mejoras.
-El adelanto de las inversiones destinadas a proveer agua potable al Acueducto Sur Santafesino en Avenida de circunvalación y Godoy en la ciudad de Rosario y la ampliación de la capacidad de tratamiento de agua superficial a tal efecto, sujeto a las decisiones futuras del Gobierno Provincial.
– Sometimiento a evaluación de expertos seleccionados de común acuerdo para el análisis y determinación del impacto económico financiero derivado de esta medida.
-Creación de un modelo de compensación de las sumas que el Concesionario dejaría de percibir por los conceptos antes mencionados, siempre que cumpliese con los compromisos establecidos en dicho acuerdo. Según las proyecciones realizadas en ese momento se estableció una compensación tarifaría a favor de APSF en un porcentaje del 13,85% sobre el precio del metro cúbico de agua potable (Pq) llevando este valor original de $ 0.2865 a $ 0.3262 por metro cúbico; con la obligación de verificar anualmente los resultados de la aplicación de dicho modelo de compensación. Se estableció la obligatoriedad de APSF de presentar al ENRESS informes anuales en fecha determinadas respecto de:
a) Matriz de cumplimiento anual de metas y compromisos del Plan general de Mejoras y Desarrollo de Servicios ( PGMDS) reprogramado.
b) Informe Anual y Metas y Objetivos Mínimos del PGMDS reprogramados. Estos informes deberían cubrir los Períodos que se detallan:
Año 1 PR: del 06-12-98 al 30-04-00
Año 2 PR: del 01-05-00 al 30-04-01
Año 3 PR: del 01-05-01 al 30-04-02
Año 4 PR : del 01-05-02 al 30-04-03
Año 5 PR: del 01-05-03 al 30-04-04
PR: Post Renegociación.
c) Estados Contables
La implementación de un sistema de Casos Sociales
La reprogramación de las obras comprendidas en la Matriz Anual, ( Años 1PR, 2 PR, 3 PR, 4PR Y 5 PR) cuyo cumplimiento habilitaría anualmente la evolución tarifaría del 4% sobre el precio del metro cúbico de agua potable, quedando subsistentes las restantes obligaciones contractuales. De este modo quedó conformada la matriz de Cumplimiento Anual de Metas y Compromisos del PGMDS reprogramado (Anexo V del Acuerdo, Alternativas A y B).
Al no haber optado la Provincia por la construcción de los acueductos en los plazos previstos, el análisis que se realiza es sobre la alternativa B, que contempla los compromisos a cumplir por el Concesionario en este supuesto. Para el mismo, se listaron las obligaciones establecidas en la Matriz Anual de Metas y Compromisos y de los Planes Directorios de los años 1 PR, 2 PR, 3 PR, 4 PR y 5 PR, estimando las Áreas Técnicas del Organismo la inversión necesaria para su cumplimiento, expresada en pesos al 31-12-01, en base a la información existente en el ENRESS a este respecto. Las planillas correspondientes obran en el Anexo II. Se aclara que los montos de inversión estimada corresponden a los comprometidos a realizar por el Concesionario” (2).
El modelo de compensación es entonces un subsidio de todos los usuarios de la concesión, para la baja de todos los cargos precedentemente indicados, buscando preservar la ecuación económica financiera del contrato, y donde el mayor porcentaje de ese modelo lo aportaban la baja de los cargos de infraestructura, como se demuestra a continuación.
“…. el Modelo ha arrojado para todos los años de vigencia del mismo, porcentajes inferiores al Cargo Compensatorio del 13, 85 % sobre el precio del metro cúbico de agua originalmente establecido, que debería haber generado mayores compromisos de obras, o reducciones en el mencionado porcentaje según el siguiente detalle:
PERIODO – PORCENTAJE
Año 1 PR (1/5/99-30/4/00)
12,58 %
Año 2 PR (1/5/00-30/4/01)
9,27 %
Año 3 PR (1/5/01-30/4/02)
2,70 %
Año 4 PR (1/5/02-30/4/03)
1,40 %
Año 4 PR (1/5/03-30/5/04) *
1,40 %
* Estimado
Si se hubiera optado por la reducción del porcentaje del Cargo Compensatorio, y atendiendo a que el mismo se ha calculado para el año 3 PR en un 2,70 %, el precio del metro cúbico de agua potable debería ser actualmente de 0,3060 en lugar de $ 0,3392.(3)
Ahora bien, por efecto del Decreto 1691/00, se suspendieron los compromisos contraídos, pero la concesionaria siguió percibiendo la tarifa aumentada.
En todo contrato de concesión de servicio público, rige un principio tendiente a mantener inalterable para ambas partes (quien presta el servicio y quien lo recibe), los términos de la relación acordada al momento de contratar. La relación se establece entre las prestaciones y cargas obligadas y la remuneración a percibir, desde el lado del concesionario, o entre los derechos adquiridos que surgen del contrato y el precio o tarifa a pagar, desde el lado del usuario. La relación de ambos términos se traduce en la denominada ecuación económico-financiera del contrato. La inalterabilidad de esa ecuación opera en beneficio de ambas partes, por cuanto obliga a variar los ingresos de la concesionaria (o la tarifa que paga el usuario) frente a la modificación de las condiciones contractuales (derechos y obligaciones comprometidos). Si las cargas aumentan para el concesionario, tiene derecho a ser recompensado a fin de afrontar las mayores erogaciones resultado de la variación, como sucedió al acordarse el Cargo de Compensación.
Desde el lado del usuario, las tarifas que paga incorporan los costos emergentes de los planes de mejora y expansión aprobados. Por lo tanto, cualquier incumplimiento de los planes debería significar una baja en la tarifa o algún tipo de compensación que equilibraría el mayor ingreso que la concesionaria percibió con relación a las obras ofertadas y no ejecutadas.
En consecuencia y habida cuenta que por efecto del decreto 1691/00 se suspendió el P.G.M.D.S., reduciéndose de una forma importantísima las inversiones acordadas en la Ley Nº 11.665, se hubiese tenido que rebajar el costo del metro cúbico de agua, o lo que es lo mismo la tarifa a pagar por los usuarios
Al no haberse resuelto esta situación, dejando que la concesionaria siguiera percibiendo la misma tarifa, el poder ejecutivo, permitió el enriquecimiento sin causa de la misma, con el consecuente empobrecimiento de los usuarios.
La estimación del enriquecimiento sin causa, está tomada a partir de la comparación de los montos percibidos por efecto del cargo compensatorio, y los que deberían haberse percibido efectivamente de acuerdo a la tabla siguiente.
Por lo tanto, los usuarios hemos sido empobrecidos, con la complicidad del Gobierno, en una suma que al 30/04/04, era de aproximadamente 32,6 millones de pesos, considerando un aumento de recaudación por el cargo de infraestructura de 11 millones. Ha este valor debe adicionarse los intereses devengados por este capital.
Si lo anteriormente dicho no fuera suficientemente grave, también el Gobierno permitió la paralización del P.G.M.D.S., en referencia a las denominadas obras de mejora de la calidad del servicio, las que se financiaban no como en el caso de las obras de expansión, mediante el cargo de infraestructura, sino que su costo estaba incluido en la tarifa pactada.
De acuerdo a la información disponible, los montos no cumplidos en esa materia son los siguientes:
AÑOS – MONTO NO CUMPLIDO
Año 1 PR (1/5/99-30/4/00)
$ 637.297
Año 2 PR (1/5/00-30/4/01)
$ 17.230.046
Año 3 PR (1/5/01-30/4/02)
$ 11.650.896
Año 4 PR (1/5/02-30/4/03)
$ 40.017.143
TOTAL
$ 69.535.382
(4)
Otro incumplimiento de la concesionaria, se refiere a la colocación de micromedidores, el compromiso asumido por el concesionario, era de instalar entre 40.000 y 50.000 micromedidores por año, hasta alcanzar al 31/12/01, el 23,33 % de las cuentas con el servicio micromedido, con lo cual debería haber instalado según el ENRESS, entre un mínimo de 103.791 a un máximo de 130.044.
Ahora bien desde el inicio de la concesión hasta el 31/12/01, el concesionario instaló 54.372 medidores, muchos de ello por solicitud de los usuarios, por lo que el numero de medidores colocados es un 46 % de los originalmente comprometidos.
“Considerando el programa de Contrataciones Año 2 de la Concesión suministrado por el Concesionario, que estima un valor de $ 166, 13 por micromedidor instalado, resulta un monto de inversión no realizado que oscila entre un mínimo de $ 8.209.978 y un máximo de $ 12.571.389.”.(5)
También es necesario destacar, que la suspensión de las obras de expansión del servicio ha beneficiado también a la Concesionaria, por los gastos financieros no realizados, los montos de inversiones no efectuadas se especifican en la tabla siguiente, y ascienden a un total de $ 56.070.210.
DISTRITOS
Monto no Cumplido
Año 2 PR
(01/05/00 al 30/04/01)
Año 3 PR
(01/05/01 al 30/04/02)
Año 4 PR
(01/05/02 al 30/04/03)
Cañada de Gómez
$ 45.600
$ 0
$ 16.800
Capitán Bermúdez
$ 1.001.580
$ 910.700
$ 752.400
Casilda
$ 390.100
$ 0
$ 0
Esperanza
$ 476.400
$ 758.600
$ 286.800
Firmat
$ 851.400
$ 0
$ 432.600
Funes
$ 162.000
$ 0
$ 1.009.800
Gálvez
$ 0
$ 0
$ 118.000
Granadero Baigorria
$ 674.400
$ 1.163.040
$ 951.600
Rafaela
$ 976.200
$ 356.400
$ 1.045.200
Reconquista
$ 1.135.900
$ 957.450
$ 658.800
Rosario
$ 5.563.000
$ 6.386.560
$ 6.234.600
Rufino
$ 87.600
$ 93.600
$ 91.200
San Lorenzo
$ 302.200
$ 278.240
$ 550.800
Santa Fe
$ 3.513.500
$ 5.865.500
$ 4.131.600
Villa Gob. Gálvez
$ 5.330.020
$ 1.526.620
$ 983.400
Total
$ 20.509.900
$ 18.296.710
$ 17.263.600
(6)
LA SALUD DE LA POBLACIÓN
La falta de ejecución de obra de saneamiento tiene implicancias sanitarias de importancia., puesto que la población que carece de un abastecimiento seguro de agua y de un saneamiento adecuado de sus excretas, asociado a un bajo nivel socioeconómico, constituye la población vulnerable al riesgo sanitario, o sea con mayor exposición a contraer enfermedades relacionadas con el agua.
Asimismo, la población que recurre a soluciones individuales tanto para la extracción de agua subterránea como para la colección de sus excretas, es considerada como población en riesgo sanitario, dado que frecuentemente estos sistemas individuales no reúnen las condiciones mínimas de seguridad sanitaria, por funcionamiento inadecuado, falta de mantenimiento o por la contaminación de las napas subterráneas.
La población con situaciones deficitarias en servicios de agua potable y saneamiento, en particular la primera, se considera “población en riesgo sanitario” o expuesta a contraer enfermedades relacionadas con el agua, situación que se ve agravada por el hecho que alguna de ellas se localizan en áreas de alta incidencia de estas enfermedades o bajo riesgo colérico.
Las enfermedades de origen hídrico más frecuentes en la Argentina son las gastrointestinales agudas, la paratifoidea, la fiebre tifoidea, las parasitosis intestinales, el arsenicismo, la fluorosis y la metahemoglobineamia.
Las malas condiciones de abastecimiento de agua potable, especialmente a la población de bajos recursos, contribuyeron al brote de cólera ocurrido en 1992.
Por lo tanto la suspensión de obras no es neutra, afecta la calidad de vida de los ciudadanos y afecta también al mismo estado, debido a que la falta de inversiones de obra de saneamiento, aumenta necesariamente las inversiones en el sector salud.
CONCLUSIONES:
Pese a todo lo indicado precedentemente, que es solo un breve y somero raconto de los mas llamativos incumplimientos de Aguas Provinciales de Santa Fe, los cuales han sido acompañados y convalidados por un Estado sospechosamente permisivo muy especialmente en la anterior gestión de Gobierno.
También la desidia, la falta de compromiso de los funcionarios ha determinado que por la caída de las inversiones, cientos de miles de usuarios no puedan acceder al agua potable o las cloacas, con lo cual son poblaciones en riesgo sanitario, por la posibilidad de contraer enfermedades de origen hídrico.
Es evidente a la luz de lo precedentemente indicado, el rotundo fracaso de esta concesión, y si no se quiere seguir una línea de constante deterioro, debe producirse un salto cualitativo, repensando la misma, buscando nuevas ideas, nuevas formas organizativas, nuevas maneras de seguimiento y control.
Si esto nos es advertido y se insiste en el camino de la renegociación para transformar como lo requiere Aguas Provinciales, el contrato de “ metas y objetivos” a un modelo de “ regulación económica”, con nuevas licencias, seguramente se irá a un proceso de deterioro constante, con crisis cada vez mas frecuentes con un abrupto final, donde la resolución del conflicto no será por convicción sino por espanto.
Es necesario destacar que un modelo de “regulación económica”, que se quiere implementar implicaría una modificación sustancial del Contrato y del marco regulatorio, como asimismo requeriría del ENRESS el control directo sobre la estructura de costos del prestador.
Es por ello que si como lo hemos demostrado con números, los objetivos que se trazaron cuando se optó por una única empresa no fueron alcanzados, que por la acción del estado y por las omisiones de la empresa el contrato de “Metas y Objetivos” ha sido derogado de facto, que pretender modificar esta situación requeriría de un nuevo contrato y un nuevo marco regulatorio, sin bases firmes para su elaboración. De tal suerte que este nuevo contrato, se constituiría en la adjudicación directa de una concesión distinta, por lo cual seria de cumplimiento imposible.
En consecuencia es prudente y necesario pensar una modificación de fondo a la concesión que tenga como base dividir la misma en unidades distintas por cada uno de los actuales distritos, con una serie de ventajas que pasamos a detallar:
* Dejar de lado la prestadora única, con decisiones centralizadas y que atiende de manera diferenciada a las grandes ciudades en detrimento de las pequeñas.
*Contar con quince concesionarios de menor poder de negociación frente al estado.
*Tener la posibilidad de que la prestación del servicio sea realizada por empresas pequeñas y medianas, de capital local, cooperativas o municipios en cada uno de los distritos, asegurando que las inversiones efectuadas y pagadas por los usuarios queden en la región, siendo motor de desarrollo.
* Asegurar una vigilancia directa de la prestación del servicio, con la formación de consejos de supervisión locales, reduciendo las Funciones del Enress, al solo contralor de la calidad sanitaria del agua.
*Encontrar maneras más dinámicas, creativas y transparentes para cualquier tipo de negociación de los nuevos contratos, que de seguirse con la crisis actual y con perspectivas no muy halagüeñas, serán necesarios en períodos cortos de tiempo.
*Generar nuevas modalidades de prestación del servicio, acordes con las realidades regionales, de cada lugar.
*Instrumentar la metodología de la AUDIENCIA PÚBLICA, como forma de participación directa de los usuarios, cuando se necesite aprobar cualquier modificación contractual o variación tarifaria.
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