LA INFLACIÓN SUBE LA PRESIÓN FISCAL: SE PAGARÁ MÁS POR GANANCIAS Y RIQUEZA
En los próximos días el Gobierno enviará al Congreso un proyecto de ley que debería ser votado y promulgado antes del 31 de diciembre: es el que prorroga la vigencia de una serie de impuestos que vencen este año. Entre ellos está nada menos que el Impuesto a las Ganancias, a los débitos y créditos bancarios (popularmente conocido como “impuesto al cheque”) y a los Bienes Personales.
Son tres tributos decisivos para sostener el abultado superávit fiscal: prácticamente el grueso de la recaudación del Estado proviene de los impuestos que concluyen a fin de año. El otro impuesto clave es el que se aplica a las exportaciones, bajo la forma de “retenciones”.
El proyecto sólo dispondrá la prórroga de esos impuestos, manteniendo sus alcances y las alícuotas vigentes. Además, en el proyecto de Presupuesto 2006 no se prevén cambios impositivos y tampoco el aumento del mínimo no imponible de Ganancias y Bienes Personales a pesar de que se contempla un aumento promedio de la inflación del 9,1%.
La valorización de inmuebles (que siguieron en mayor o menor medida el precio del dólar), obligó a mucha más gente a pagar este impuesto, cuya alícuota es el 0,5% sobre el valor patrimonial que exceda los 102.300 pesos. En el caso del mínimo no imponible, las subas salariales que consiguieron algunos gremios termina impactando sobre los asalariados que ahora superan el límite para no pagar ganancias. Hoy el techo mensual para no pagarlo es de $ 1.835 para un soltero y de $ 2.235 para un casado con dos hijos.
Si bien por la campaña electoral y las disidencias en el oficialismo no esperan que el actual Congreso considere el proyecto, en la Casa de Gobierno quieren que al menos sea considerado a nivel de las comisiones. De este modo, razonan, inmediatamente después del 10 de diciembre, apenas asuman los legisladores que surjan de las elecciones de octubre, el proyecto pueda ser votado.
Así se hizo el año pasado con los tributos que vencían el 31 de diciembre de 2004. Fueron prorrogados por un año por el Congreso el 16 de diciembre de 2004. La creación, prórroga o aumento de los impuestos es una atribución exclusiva del Congreso y no puede hacerse por medio de decretos de necesidad y urgencia.
Los impuestos a prorrogar son:
A las Ganancias; el adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos; sobre los créditos y débitos bancarios; sobre el capital de las cooperativas; sobre premios de juegos de sorteo y concursos deportivos; Bienes Personales; algunas disposiciones del Monotributo y el régimen de incentivo para los fabricantes de bienes de capital, informática y telecomunicaciones nacionales.
Estos impuestos vienen de anteriores prórrogas, de entre uno y 10 años. La mayoría fue establecido por un período breve, que se prorroga año tras año.
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