LA JUSTICIA AGRAVÓ LA PENA PARA UN VIOLADOR PORQUE NO USÓ ORESERVATIVO
La Cámara de Casación Penal confirmó una condena de 23 años de prisión a un hombre que abusó, violó y robó a por lo menos once mujeres, en un fallo en el que se consideró agravante de la pena la omisión de haber usado preservativos, ante el riesgo de un eventual contagio de SIDA.
La resolución a la que tuvo acceso Infobae.com fue dictada por la Sala I del máximo tribunal del país, que ratificó una condena impuesta por el Tribunal Oral Criminal 7 a Víctor Germán Cabaña por los delitos de robo, hurto, abuso sexual y abuso sexual con acceso carnal agravado, hechos cometidos entre julio y noviembre de 2003.
El Tribunal Oral y la Cámara coincidieron en que la falta de uso de preservativos por parte de Cabaña al violar a sus víctimas esa gravante de la pena ante la posibilidad de contagio de SIDA, sin importar si el abusador es portador o no de la enfermedad.
En el fallo se recordó que varias de las víctimas debieron someterse a “duros tratamientos tendientes a evitar un eventual contagio del síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA) a raíz de las violaciones que sufrieron”.
Casación rechazó los argumentos de la defensa de Cabaña que sostenía que no podía considerarse como agravante la falta de uso de profilácticos ya que en la mayoría de los hechos de esta naturaleza los autores no utilizan medidas de prevención de enfermedades contagiosas o embarazos.
En todos los casos el tribunal de juicio destacó “patrones comunes” entre los hechos. Así, el acusado se hizo pasar por empleado de Metrogas, Aguas Argentina, u otra empresa de servicios para robar y abusar de las víctimas.
También exhibió elementos que fueron identificados por éstas como armas de fuego.
Siempre las víctimas se encontraban en sus domicilios, y una vez que el delincuente accedía a los mismos, Cabaña las apuntaba con un arma, les robaba pertenencias como cadenitas y alhajas de oro, y abusaba sexualmente de ellas para luego darse a la fuga.
De acuerdo al fallo, en uno de los casos no logró violar a una jovencita porque su madre logró impedirlo.
También se hizo referencia al informe del Cuerpo Médico Forense qu revelaron que el acusado presenta “conflictos” sexuales, pero los mismos no llegan a constituir perturbaciones que puedan considerarse como atenuantes para dismunuir la pena, según la resolución.
La condena de 23 años de prisión fue confirmada por unanimidad por los jueces Liliana Catucci, Alfredo Bisordi y Raúl Madueño, al rechazar el recurso de casación interpuesto por la defensa del acusado.
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