LA JUSTICIA DEBE DECIDIR SI PATTI PUEDE ASUMIR COMO DIPUTADO NACIONAL
La defensa del ex intendente de Escobar, Luis Abelardo Patti, presentó un recurso de amparo ante la Justicia Electoral, para que revea la decisión de la Cámara baja de no dejarlo jurar como diputado nacional, a pesar de haber sido electo en los comicios de octubre pasado.
La decisión ahora recayó sobre la jueza federal María Servini de Cubría, quien deberá resolver la situación del diputado electo por Paufe.
El pedido de la defensa de Patti -patrocinado por el abogado constitucionalista Gregorio Badeni- pide la “nulidad de la decisión adoptada por la Cámara de Diputados de la Nación el 6 de diciembre de 2005”, que resolvió negar la integración de Patti a ese cuerpo legislativo.
La defensa alega, entre otros tantos puntos, que el partido que Patti preside lo proclamó legítimamento como candidato a diputado nacional, cuya designación interna “no fue objeteo de ninguna impugnación”.
Tampoco fue objetada la candidatura de Luis Patti ante la Justicia Electoral, ya que, según la defensa “se habían dado cumplimiento a todos los requisitos establecidos por la ley Orgánica de los Partidos Políticos”.
Patti también tiene pensado, paralelamente a su presentación judicial, hacer un extenso recorrido por las diferentes embajadas extranjeras en la Argentina, para que los países del mundo conozcan la situación por la que atraviesa el ex intendente de Escobar.
La defensa del ex intendente y ex comisario argumenta además que el acto electoral “no fue objeto tampoco de ninguna impugnación” y que sin embargo, el Congreso pasó por sobre encima de estos antedecentes, tanto así como su “derecho político subjetivo a ser incorporado a la Cámara de Diputados”.
El escrito que ahora está en manos de la jueza Servini de Cubría -quien resolvió favorablemente el caso de Eduardo Lorenzo Borocotó- hace expresa mención a los encendidos discursos del diputado Miguel Bonasso: “En sus extensas declamaciones, donde el apasionamiento político, el odio, la intolerancia, la mentira y el resentimiento se impusieron a la sensatez republicana que emana del orden constitucional, cuestionaron y desconocieron el mandato que me otorgó la ciudadanía bonaerense mediante el voto popular”.
El escrito pone especial énfasis, además, en la cuestión de fondo relativa a si puede la Cámara de Diputados, por reglamento propio, rechazar o suspender el tratamiento del diploma de un diputado nacional electo, sobre la base de presuntas inconductas concretadas antes de la elección.
Amparado en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la defensa de Patti cuestiona si la “Cámara de Diputados puede añadir requisitos adicionales a los que taxativamente impone la Constitución Nacional para ser incorporado a ese cuerpo” y agrega “si puede desconocer la voluntad del pueblo manifestada libremente en los comicios a elegir, como diputado nacional, a una persona que fue habilitada para participar en el acto electoral, y por añadidura, mantener vacante una banca desonociendo, parcialmente, la decisión adoptada en las urnas”.
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