LA JUSTICIA RECHAZÓ UNA DEMANDA CONTRA LA UNL
El juez Reinaldo Rodríguez rechazó en todas sus partes una demanda contra la Obra Social de la Universidad Nacional del Litoral (OSUNL) presentada por el afiliado Manuel Costa, al interpretar que la entidad no le adeuda gastos ni subsidio alguno. En su sentencia el magistrado también señala que la universidad y la OSUNL son dos personas jurídicas distintas, por lo cual no corresponde involucrar al rectorado en la causa.
En un comunicado, la OSUNL informó sobre la resolución de la Justicia teniendo en cuenta las repercusiones públicas que había alcanzado en su momento el tema. El Juzgado Federal Nº 1 de la ciudad de Santa Fe, a cargo de Rodríguez, dictó resolución sobre el expediente “Costa, Manuel Angel contra Obra Social de la UNL s/ordinario”.
En la sentencia quedan claramente definidas varias situaciones por las cuales se pretendía involucrar a la institución, sus responsables y las autoridades de la UNL en presuntas irregularidades. El juez resolvió rechazar la demanda promovida por Costa en todas sus partes, quien procuraba que se le abonen prestaciones médicas y subsidios especiales denegados por dicho organismo y que se intervenga o sancione la conducta asumida por sus directivos y, como consecuencia de ello, la verificación del desenvolvimiento del rectorado de esa casa de altos estudios.
En ese sentido, el juez Rodríguez determinó que la obra social está legitimada “para defender y presentarse a derecho en este juicio” y entendió que, tal como lo indicaba la defensa, las obras sociales a partir de la ley 24.741 son entidades de derecho público no estatal, con individualidad jurídica, financiera y administrativa; por lo cual son una persona jurídica distinta de la universidad y entonces la citación a las autoridades universitarias “resulta a todas luces infundada e improcedente”, así como la atribución “erróneamente direccionada” de planteos sobre irregularidades.
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