LA LEGISLATURA SANTAFESINA PERDONÓ DEUDAS IMPOSITIVAS Y DE CONSUMO ELÉCTRICO
La Legislatura provincial convirtió ayer en ley una amplia moratoria impositiva, que incluye facturas impagas con la Empresa Provincial de la Energía (EPE), y comprende todas las deudas contraídas hasta el 30 de abril pasado. El plazo para acogerse es más que amplio, ya que vencerá el 31 de diciembre próximo, según lo que votó anoche la Cámara de Diputados. Por su parte, el Senado aplicó otra regulación sobre los remates judiciales de vivienda única y pymes, introduciendo un mecanismo de conciliación obligatorio.
La moratoria fue sancionada ayer por la Cámara baja luego que el oficialismo y la oposición aceptaran votar las modificaciones introducidas por los senadores, que había ampliado el perdón a las deudas con la EPE. Ahora sólo falta la promulgación del Poder Ejecutivo para que entre en vigencia. Los ingresos fiscales que se consigan con el perdón fiscal engrosarán las cuentas de la próxima gestión de gobierno en la Casa Gris, porque el período para adherirse se extenderá hasta el próximo 31 de diciembre.
Quienes entran
La moratoria impositiva abarca los impuestos inmobiliario urbano, suburbano y rural, ingresos brutos, sellos, patente, aportes sociales (ley 5.110), contribución de mejoras, tasas retribuidas de servicios y el consumo de electricidad provista por la EPE. También quedan comprendidos los aportes al instituto becario, el impuesto a las actividades hípicas de la ley 5.317.
Dentro de los requisitos para acceder al régimen de regularización impositiva se exigirá un pago a cuenta que no podrá exceder el 5% de la deuda. Además, los contribuyentes deberán encontrarse al día con los vencimientos posteriores al 30 de abril pasado.
El método de cálculo para las deudas contraídas después del 1º de abril de 1991 -entrada en vigencia la convertibilidad- se actualizarán desde la fecha de su vencimiento hasta el de efectivo pago con un interés del 0,5% mensual no acumulativo sobre el capital adeudado.
Con relación a las deudas previas al 1º de abril de 1991, se actualizarán de acuerdo a lo establecido en el artículo 43 del Código Fiscal, cifra a la que se aplicará descuento del 50%.
La norma determina que los convenios de pago podrán celebrarse hasta en un máximo de 60 cuotas mensuales y consecutivas. Los planes de hasta seis cuotas no se le recargarán intereses, mientras los acuerdos superiores a seis pagos tendrán un interés del 6% mensual calculado a partir de la 7ª cuota.
Por su parte, los contribuyentes que abonen su deuda al contado se beneficiarán con un descuento del 5% sobre el capital adeudado, siendo 20 pesos la cuota mínima de capital para el impuesto inmobiliario urbano y rural, patente y EPE. Para el resto será de $50 .
La nueva moratoria provincial condona toda multa o recargo establecido en cualquier otro instrumento legal por el concepto y en la medida del monto regularizado. De esta manera, la condonación de multas por infracción a los deberes formales originadas por incumplimiento de declaraciones juradas, informes, de datos o documentación, queda supeditada a lo requerido dentro del plazo .
La Administración Provincial de Impuestos (API) y la EPE deberán informar a los abogados que intervienen en su representación que deberán abstenerse de iniciar o proseguir acciones judiciales durante el plazo de vigencia para el acogimiento y también deberán suspender o paralizar los juicios durante igual período.
La moratoria incluye beneficios impositivos a los afectados por la catástrofe hídrica en la provincia concediendo la exención de los impuestos inmobiliarios, aportes sociales y eximición del pago a la EPE.
Primero la conciliación
El Senado provincial convirtió ayer en ley un mecanismo de conciliación obligatoria mientras dure el freno a los remates judiciales dispuesto por el Congreso nacional para las viviendas única o explotaciones comerciales y bienes muebles imprescindibles para la firmas productivas comprendidas dentro del régimen para la pequeña y mediana empresa.
La norma legal introdujo una instancia de conciliación de carácter obligatorio, que en caso de no presentarse algunas de las partes podrá determinar la forma de pago.
La norma legal, que fue girada anoche al Poder Ejecutivo para su promulgación, remite a su vez a las leyes nacionales 25.563 de emergencia productiva y crediticia; y 25.737 que frena los remates de vivienda única aprobada dos semanas atrás por el Congreso, respectivamente.
Según fundamentó el autor de la iniciativa, Eduardo Di Pollina, el texto prescribe que “el juez debe convocar a las partes para buscar una solución, con lo cual en los hechos quedarán suspendidos los remates durante el lapso de la instancia conciliatoria en la Justicia”.
Dicha instancia es impuesta en los casos de los juicios ejecutivos y de apremio “cuando se encuentre (involucrada) la vivienda familiar del deudor, la sede o establecimiento de la explotación agropecuaria que constituya una unidad económica industrial o comercial, o de servicios del o los ejecutados, comprendidas dentro de las pymes”. La normativa también abarca los bienes muebles imprescindibles afectados a la explotación de una actividad económica.
Los plazos de prórroga de las leyes nacionales 25.563 y 25.737 vencerán respectivamente el 10 de diciembre y el 8 de octubre próximos.
La conciliación obligatoria deberá ser presidido por el juez bajo sanción de nulidad. Quedan exceptuados de la referida normativa los créditos de naturaleza alimentaria y los derivados de la responsabilidad por la comisión de delitos penales.
También las acreencias laborales, los causados en la responsabilidad civil y contra las empresas aseguradoras por responsabilidad civil y los de causa posterior a la entrada en vigencia de la ley. Además mientras rija esta norma quedarán prorrogadas automáticamente todas las registraciones dominiales de las garantías, lo cual no impedirá la imposición y el mantenimiento de medidas cautelares en garantía de créditos.
Di Pollina sostuvo que se trata de “un medio de evitar la subasta de las viviendas, chacras, comercios, talleres, industrias, herramientas. En definitiva del patrimonio de miles de santafesinos”.
“El estado -añadió- debe volver a poner las cosas en su lugar y dictar las normas necesarias para resolver la crisis, ya que cientos de miles de familias y productores, cuyas deudas además son actualizadas por medio de coeficientes indexatorios y cuya aplicación no deja otra alternativa que la imposibilidad de pagar, con lo cual quedan al borde de perder todos sus bienes”.
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