LA MUNICIPALIDAD DE ROSARIO DEBERÁ PAGAR $185.000 POR MALA PRAXIS
El Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual N° 2 de los Tribunales de Rosario condenó este viernes a la Municipalidad de Rosario a indemnizar con la suma de ciento ochenta y cinco mil pesos a la familia de una persona que falleció en el Hospital Carrasco debido –según entienden los magistrados– a una actitud negligente del personal médico que lo atendió.
Los hechos denunciados se iniciaron el 5 de octubre de 1999, a las 20.30, cuando Miguel Ángel Orieta acudió al nosocomio de Avellaneda al 1400 debido a fuertes dolores que sentía en la espalda y el pecho.
En la guardia, lo revisaron y le prescribieron unos medicamentos, aunque consideraron que no era necesaria su internación, por lo que regresó a su domicilio.
En los 7 días posteriores, el hombre continuó con sus actividades normales, tomando la medicación recomendada por los facultativos del Carrasco, pero sin que desaparecieran sus malestares.
El 12 de octubre, sintiéndose muy mal, regresó al centro médico, falleciendo a las pocas horas a causa de una aneurisma de aorta.
Los representantes legales de la familia Orieta iniciaron demanda de daños y perjuicios contra la Municipalidad de Rosario como titular del Hospital Carrasco, fundándola en la responsabilidad extracontractual de dicha parte por una mala praxis médica.
Exponen como tesis de su demanda –ahora avalada por el tribunal– que el obrar de la facultativa que atendió aquel 5 de octubre a Orieta fue culposo por negligente. La médica violó el deber del debido cuidado, el deber de previsión y el deber de diligencia, no adecuando la conducta obrada al patrón científico y legal de la conducta debida.
Por ello, las omisiones médicas se constituyeron en causa adecuada de la pérdida de chances de vida del paciente Orieta, pues de haber actuado la médica como debía hubiera podido diagnosticar la presencia de un aneurisma disecante de aorta ascendente, con harto tiempo como para salvar la vida del enfermo.
Según el fallo de los doctores Delfina Liliana Domínguez, Víctor Hugo Moneta y Alejandro Pedro Martín, por la conducta culposa de la referida médica, tanto el Hospital Intendente Carrasco como la Municipalidad de Rosario deben responder en función de la naturaleza objetiva de su responsabilidad.
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