Policiales
La Plata: condenaron a 3 años y 4 meses de prisión a un kinesiólogo por abuso
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Matías Adrián Blanco fue condenado a tres años y cuatro meses de prisión. Nunca más podrá ejercer la profesión.
Un kinesiólogo fue condenado a tres años y cuatro meses de prisión e inhabilitado a ejercer la profesión de manera perpetua por abusar sexualmente de tres pacientes.
La jueza Claudia Greco, titular del Juzgado en lo Correccional Nº 4 de La Plata, consideró acreditados tres hechos de abuso sexual simple cometidos por Matías Adrián Blanco entre marzo de 2019 y abril de 2021.
Según consta en el fallo, las víctimas presentaron “relatos creíbles y verosímiles”, calificados por la propia magistrada como “ricos en detalles, coherentes y sin contradicciones” durante sus declaraciones orales.
La jueza también remarcó que ninguna de las mujeres tenía relación previa entre sí, descartando que existiera algún motivo detrás como el odio, la venganza o el interés económico que pudiera impulsar denuncias falsas.
Los hechos fueron fortalecidos por las declaraciones de familiares y amigos, quienes evidenciaron cambios notorios en el comportamiento de las víctimas después de los hechos denunciados.
Los informes psicológicos, elaborados por peritos oficiales y de parte, concluyeron que las tres víctimas no presentaban indicadores de invención ni trastornos que afectaran la percepción de la realidad, y atribuyeron el daño sufrido a cuadros compatibles con trauma por abuso sexual.
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Durante el juicio se pudo comprobar que existió un patrón de conducta reiterado: para el tribunal, el condenado utilizó de forma sistemática su rol de profesional para generar confianza, aislar a las pacientes en el box y realizar maniobras con abusos. Luego se comportaba con normalidad.
Durante la audiencia, Blanco negó todas las acusaciones. Representado por su defensor, sostuvo como argumento que era imposible que los hechos hayan sucedido, debido a la distribución física del consultorio.
Según sus dichos, siempre había circulación de otros pacientes y personal. De esta manera, alegó que los “roces” pudieron producirse en el contexto de maniobras profesionales y fueron malinterpretados por las denunciantes.
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La defensa presentó como testigos a otros pacientes, colegas y a su secretaria, quienes dieron cuenta de la reputación profesional del acusado y afirmaron no haber presenciado ni escuchado situaciones irregulares.
Sin embargo, la jueza aclaró que el buen concepto que puedan tener de él los testigos refuerza una imagen profesional, pero no resulta suficiente para desvirtuar la prueba de cargo producida por la acusación.
Al analizar las circunstancias agravantes, la jueza hizo especial énfasis en el “abuso de confianza propio de la relación de salud”, la cantidad de víctimas, la corta edad de una de ellas (18 años al momento de los hechos) y el comprobado daño psicológico sufrido por las tres mujeres, diagnóstico que quedó reflejado en los informes periciales presentados durante el debate.
Pese a que la fiscal Victoria Huergo solicitó la inmediata detención de Blanco, Greco decidió que el acusado permanezca en libertad hasta que la condena quede firme.
En este punto, alegó que Blanco siempre compareció al proceso, posee domicilio estable y arraigo en la comunidad de Cañuelas. Aun así, de confirmarse la sentencia en instancias superiores, deberá cumplir la pena de prisión efectiva.
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En cuanto a la inhabilitación perpetua para el ejercicio de la kinesiología, la magistrada hizo lugar a los pedidos de la Fiscalía y de las querellas, considerando la utilización de la profesión como medio para abordar y cometer los delitos.

