LA PROPUESTA COMPLETA DEL GOBIERNO A LOS DOCENTES
En la Ciudad de Santa Fe, a los seis días del mes de setiembre del año dos mil cuatro, en el Ministerio de Educación sito en el 5º piso del Centro Cívico ubicado en Avenida Illia 1153, la Ministra de Educación Profesora CAROLA NIN hace entrega al Sr. Secretario General de la Asociación del Magisterio de Santa Fe Profesor JOSÉ MARÍA TESSA la PROPUESTA que el Gobierno de la Provincia de Santa Fe acerca a esa Asociación a los fines de superar el actual conflicto gremial, a aplicarse a partir del corriente mes:
1)Asegurar que ningún maestro remunerado por cargo que preste funciones frente a los alumnos pueda percibir menos de pesos setecientos ($ 700.-) de bolsillo, sumando a los fines de dicho cálculo la totalidad de los rubros que le corresponda percibir, incluyendo en dicha sumatoria el monto que es percibido por el Fondo Nacional de Incentivo Docente y el suplemento por presentismo, y deduciendo los descuentos obligatorios por ley (aportes previsionales y sociales). Las eventuales diferencias existentes entre dicho salario de bolsillo y el mínimo asegurado se compensará mediante el otorgamiento de una suma no remunerativa no bonificable equivalente a dicha diferencia.
2)Detraer del adicional remunerativo no bonificable la suma de pesos treinta y cinco ($ 35.-) para cargos, o su proporción para el caso de horas cátedra, la cual será incorporada como complemento remunerativo y bonificable del básico, modificando el valor índice sobre el cual se calculan los adicionales. La presente disposición no importará modificación alguna a las resultantes de la aplicación del Decreto N° 2063/03 y no se tendrá en cuenta a los fines de establecer el “Adicional no Remunerativo y no Bonificable” (Suplemento Garantizado no Remunerativo) establecido por el artículo 5° del Decreto N° 2.671/92, modificado por el artículo 4° del Decreto N° 3.212/92.
3)Otorgar una suma fija mensual no remunerativa no bonificable a los Directores y Vicedirectores de las escuelas de la Provincia de pesos setenta ($ 70.-) y a los Supervisores de pesos ochenta ($ 80.-).
4)Suspender la aplicación del artículo 5º del Decreto Nº 1308/93, hasta el 31 de marzo de 2005, excepto los casos de licencias sin goce de haberes, inasistencias injustificadas o no previstas en el Decreto Nº 4597/83 y art. 12º del Decreto 2991/00
Establecer en el ámbito del Ministerio de Educación una COMISIÓN MIXTA DE ANÁLISIS DEL AUSENTISMO, la cual estará integrada por tres representantes del Ministerio de Educación y tres representantes designados por la Asociación del Magisterio de la Provincia de Santa Fe, y será presidida por el Subsecretario de Coordinación Técnica y Administrativa del Ministerio de Educación y tendrá los siguientes objetivos:
a)Evaluar en forma permanente los indicadores de ausentismo docentes, con especial atención al motivado por razones de salud.
b)Evaluar y controlar la razones de salud laboral que motiven el mismo.
c)Efectuar una labor permanente de concientización contra el ausentismo injustificado.
d)Proponer las modificaciones normativas y operacionales necesarias a los fines de un mejor control del ausentismo que asegure un tratamiento equitativo de los distintos casos que se presenten.
5)Establecer en el ámbito del Ministerio de Educación un Sistema de Auditoría Médica Central, el cual dependerá de la Ministra de Educación y tendrá las siguientes funciones:
a)Ejercer el control directo del personal médico dependiente de la Dirección General de Sanidad Escolar.
b)Efectuar auditorías médicas permanentes acerca de las labores profesionales desarrolladas dentro de la Dirección General de Sanidad Escolar.
c)Efectuar auditorias médicas permanentes relacionadas con el control de ausentismo por razones de salud.
d)Proponer modificaciones y la implementación de programas tendientes a mejorar la salud laboral de los docentes oficiales dependientes del Ministerio de Educación.
6)Establecer en el ámbito del Ministerio de Educación una COMISIÓN MIXTA DE ANÁLISIS DE LA PROBLEMÁTICA DOCENTE Y EDUCATIVA, que será presidida por la Titular Jurisdiccional y estará conformada por tres miembros designados por el Ministerio de Educación y tres miembros designados por la Asociación del Magisterio de la Provincia de Santa Fe.
La Resolución que se dicte establecerá los mecanismos de funcionamiento, previéndose los siguientes objetivos:
1)Coordinar la evaluación de las propuestas que formule la Asociación del Magisterio de la Provincia de Santa Fe respecto del actual sistema educativo.
2)Sugerir la formulación de modificaciones normativas y la implementación de programas educativos.
3)Analizar conjuntamente la actual problemática laboral de los docentes oficiales dependientes directamente del Ministerio de Educación, en general, y en particular respecto de los siguientes aspectos:
a)Situación salarial
b)Modificaciones normativas relacionadas con el régimen de concursos, ascensos, titularizaciones, reincorporaciones, suplencias, licencias, régimen disciplinario y de traslados y permutas.
c)Formación y capacitación docente
d)Otros temas de interés educativo general.
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