LA PROVINCIA DEBE PAGAR $ 76.500 A UN INOCENTE CONDENADO POR VIOLACIÓN
El Estado provincial deberá pagarle a Leandro Riboldi, el muchacho que pasó 14 meses y 13 días detenido luego de ser acusado y condenado como el “violador del centro”, la suma de 76.500 pesos como resarcimiento moral y material. La sentencia fue dictada por el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual 1 de Rosario, cuyos jueces entendieron que hubo una “defectuosa administración de justicia”, y ahora la provincia tiene 20 días hábiles para apelar el fallo. En caso de que la Cámara de Apelaciones en lo Civil mantenga firme la condena, llegará a su fin una larga saga iniciada en 1998 cuando en departamentos del macrocentro rosarino y, con un ardid similar, fueron abusadas sexualmente varias estudiantes universitarias.
Desde el estudio jurídico que asumió la defensa de Riboldi sostuvieron ayer que están estudiando apelar, por insuficiente, la magnitud de la indemnización teniendo en cuenta que “se le causó un daño severo y se le expropiaron 14 meses de libertad”. Y explicaron que ni en la demanda ni en la sentencia se habla de quienes llevaron adelante la acción “defectuosa” que llevó a Leandro a prisión. “Lo que importa es que pudo demostrarse que Riboldi estuvo preso y condenado siendo inocente y que sufre consecuencias por ello. Alguien se equivocó y todos los que participaron del proceso son dependientes de la provincia de Santa Fe, por eso la provincia deberá responder”, señaló a La Capital María de los Angeles Milicic, quien participó de la defensa de Riboldi durante la acción penal.
La involuntaria página negra en la historia de Leandro Riboldi empezó a escribirse a mediados de 1998. Por entonces, una fuerte inquietud invadía a cierto sector de la ciudad por los reiterados ataques de quien fue calificado como “el violador del centro”. De acuerdo con el relato que fueron aportando las víctimas, el agresor lograba ingresar a edificios y, tras forzar la cerradura de los departamentos donde habitaban jóvenes estudiantes universitarias, o engañar a las chicas solicitándoles papel y lápiz para dejar notas en viviendas vecinas, las ultrajaba. Antes se cubría la cara con una remera y después robaba objetos de poco valor.
El 15 de septiembre de 1998 Leandro Riboldi fue detenido. La policía llegó a él orientado por el padre de una chica que había sido su novia y que encontró en el muchacho un gran parecido al identikit y las características que por entonces manejaban los investigadores. En aquella época Leandro estudiaba Ciencias Económicas y trabajaba en el Hospital del Centenario. Desde el mismo momento en que fue apresado negó enfáticamente las imputaciones que le hicieron.
Sin embargo, el juez de Instrucción Juan José Pazos procesó a Riboldi como responsable de dos violaciones, robo y privación ilegítima de la libertad. La fiscal Graciela Argüelles pidió entonces 12 años de prisión. Catorce meses después de su detención el juez de Sentencia Ernesto Genesio fijó la condena en 7 años.
Pero a 16 días de conocerse ese fallo, un hecho fortuito empezó a derribar el esquema condenatorio consumado legalmente. Fue cuando un joven médico oriundo de Pergamino fue apresado a dos días de intentar ingresar a un departamento de Córdoba al 3000, a las 6.30 de la mañana del 8 de noviembre de 1999, con la presunta intención de atacar a una mujer. Ya en la comisaría, y ante la requisitoria de los pesquisas, Néstor Omar Fica dejó mudo al sumariante: “Tengo un gran sentimiento de culpa porque está presa una persona inocente por cosas que yo hice”. Después, detalló ante una fiscal y una defensora oficial cómo cometió 14 hechos por los que había sido investigado Riboldi. Por esa confesión Fica fue procesado por el juez Carlos Carbone y en febrero de 2002 el juez de Sentencia José María Casas lo condenó a 20 años de prisión al hallarlo culpable de seis ataques sexuales, seis robos simples, dos robos calificados, una privación ilegítima de la libertad y una violación de domicilio.
Mientras el proceso judicial a Riboldi avanzaba, sus defensores cuestionaron duramente varios puntos del expediente. Es que las víctimas que vieron a Leandro en el reconocimiento indicaron que “era parecido” al agresor, aunque indicaron que el atacante tenía la nariz más puntiaguda y los pómulos salientes. Esas diferencias no encontraron eco en el tribunal para considerar la duda. Tampoco se hallaron rastros genéticos compatibles entre Leandro, que accedió sin reparos a realizarse una extracción de sangre a ese efecto, y los restos orgánicos que quedaron en la ropa de las víctimas.
Para sustentar la acusación, la Justicia apuntó a los resultados de una pericia caligráfica. La perito de parte, Gabriela Tudera, marcó que el estudio realizado por el personal de Tribunales y por la Sección Escopometría de la policía tenían falencias tanto en los puntos señalados como en otras consideraciones generales. La letra de la nota que el violador dejó en uno de los departamentos “no tenía nada que ver” con la de Leandro, aseguró. Encontrar a un perito de parte no fue sencillo para los padres de Leandro. “Nadie quería confrontar con los peritos de Tribunales”, aseguró Marcelo Riboldi, padre del condenado por error.
Ya a mediados de 2001, una vez finalizada la instancia penal, el abogado Eduardo Scolara había interpuesto en nombre de Riboldi una demanda al estado santafesino. Le reclamaba 500 mil pesos por haber sido injustamente acusado y condenado a prisión. Ahora, cuando ya han pasado más de tres años de espera, el tribunal integrado por los jueces Ricardo Netri, María Angélica Rodríguez y María Serra dictaminó que la provincia deberá pagarle a Riboldi la suma de 76.500 pesos más intereses y costas como resarcimiento moral y material por la “defectuosa administración de justicia”.
Ahora, desde la defensa de Riboldi se espera que la provincia apele el fallo ya que en caso contrario sentaría un precedente poco favorable para los intereses del Estado.
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