LA UCR ANALIZARÁ HOY EL PROYECTO OFICIAL DE REFORMA LABORAL
La UCR analizará hoy el proyecto del oficialismo sobre la reforma laboral, para fijar una posición unificada, en un encuentro del que participarán las autoridades nacionales del partido, la Organización de Trabajadores Radicales (OTR) y un grupo de legisladores.
Participarán, por la Mesa Directiva del Comité Nacional, el vicepresidente 2º, Juan Minguez, el Secretario General del partido, Gerardo Morales, y el Tesorero de la UCR, José Luis Bellia.
También estarán presentes por el Bloque de Senadores Nacionales de la UCR, el titular de la Comisión de Legislación del trabajo, Carlos Prades y las Senadoras Alicia Mastandrea y María Sanchez; por el Bloque de Diputados Nacionales de la UCR, Margarita Stolbizer, Mario Capelleri, Ricardo Jano, Blanca Saade y Graciela Panzoni.
Puntos principales del proyecto oficial
– Reducción del período de prueba. Actualmente es de 6 meses, prorrogable por igual periodo y pasará a ser de 3 meses. También se incluye la obligación de las empresas de avisar con 15 días de anticipación la no renovación del período de prueba.
– Baja en los aportes patronales. Regirá para las empresas de hasta 80 trabajadores que contraten nuevos empleados, aunque este beneficio solo será hasta fin de año, cuando se termine la prórroga de la emergencia
económica que votó el Congreso a fines del 2003.
– Restitución la ultraactividad. Se restituye la ultraactividad legal de los convenios colectivos de trabajo de la ley aprobada en 1973 y que fueron
suprimidos en la norma votada en el 2000. No habrá ultraactividad si las empresas y los sindicatos acuerden expresamente lo contrario.
– Convenios colectivos de trabajo. La norma establecerá una nueva pauta en las negociaciones entre los trabajadores y las empresas. Según la nueva ley, los convenios superiores -a nivel sindicatos- tendrán supremacía por sobre los convenios individuales entre trabajadores y empresa, excepto que estos últimos sean más favorables a los asalariados.
– Despidos sin causa. Aumenta el monto de la indemnización en este tipo de casos.
– Huelga en los servicios esenciales. Se mantiene la regulación de la huelga en los servicios esenciales -como luz, agua y gas–, pero se establece que la
reglamentación en este punto la dictara el Poder Ejecutivo con las normas y recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en cuanto a la calificación de aquellas actividades que constituyen servicios esenciales.
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