LAS LÍNEAS AÉREAS DEBERÁN INFORMAR A RENTAS SOBRE SUS PASAJEROS
A partir de hoy comenzó a regir la norma por la cual las líneas aéreas deberán informar cuatrimestralmente a la Dirección de Rentas bonaerense sobre la venta de pasajes al exterior, quiénes los compraron, el destino del vuelo y el precio del pasaje, se informó hoy.
El objetivo de la disposición es obtener de las líneas aéreas “la información necesaria que contribuya a determinar la capacidad contributiva de los contribuyentes de la provincia de Buenos Aires”.
La medida está contenida en la disposición número 29 de la Dirección Provincial de Rentas, publicada hoy en el Boletín Oficial, y establece que las líneas aéreas deberán brindar datos relacionados con el traslado de pasajeros al exterior de la República Argentina y desde la misma.
Las empresas que no cumplan con este régimen de información sufrirán multas de entre mil y hasta 45 mil pesos, según lo prevé el artículo 52 del Código Fiscal, modificado por la ley provincial 13.405.
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