LAS VÍCTIMAS VAN POR MÁS
Asociación ilícita y genocidio. Esos delitos se sumarán a la imputación contra el hasta hace días concejal de San Lorenzo Pedro Pili Rodríguez, el ex intendente de facto de esa localidad Rubén Cervera y su entonces secretario de Gobierno Horacio Maderna, los tres detenidos, si prospera una presentación que dos víctimas de la represión ilegal en la ciudad histórica realizaron ayer ante el juez federal Omar Digerónimo. Los tres ex funcionarios del gobierno militar están procesados por los delitos de “privación ilegítima de la libertad agravada por violencia y amenazas, en concurso real con el delito de tormentos”.
Patrocinados por los abogados Ana María Figueroa y Gustavo Feldman, los sobrevivientes Carlos Ábalos y Manuel Casado solicitaron además que se los reconozca como querellantes en la causa en la que se investiga el accionar represivo en San Lorenzo.
Manuel Casado era dirigente gremial del sindicato de municipales de San Lorenzo durante la segunda mitad de los 70. Carlos Ábalos se había volcado a la militancia social. Ambos fueron secuestrados en el marco del plan de exterminio diseñado por las Fuerzas Armadas e implementado a partir del 24 de marzo de 1976.
Casado fue detenido de modo ilegal la tarde de ese mismo día. Golpeado en un auto primero, fue trasladado a la Municipalidad de San Lorenzo después y recluido, más tarde, en la Jefatura de Policía de esa ciudad, donde fue sometido a tormentos. Ábalos no corrió mejor suerte. De origen peronista, el militante “cayó” en mayo de 1976 y fue llevado, también, a la Jefatura de Policía. Sus testimonios, más el de Edilio Quiroga, contribuyeron a la decisión del juez Digerónimo de procesar a Cervera, Maderna y Rodríguez por los delitos antes mencionados.
La pretensión fundamental de Casado y Ábalos es, además de constituirse en querellantes, que se amplíe la imputación a “genocidio y asociación ilícita en concurso real con tormentos, privación ilegítima de la libertad y desaparición forzada”, delitos de lesa humanidad que impedirían la excarcelación de los acusados y, en caso de una condena, agravaría la misma. Jurídicamente, sería novedosa la aplicación del delito de genocidio, ya que el mismo no está tipificado en el Código Penal argentino, pero quedó incorporado al sistema penal por la vigencia de la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio que, como otros tratados internacionales –también citados en el escrito– que ponen en primer plano la defensa de los derechos humanos, tiene rango constitucional.
Rodríguez y Cervera habían presentado pedidos de excarcelación y anteayer el juez los rechazó, justamente porque entiende que los delitos por los que están procesados son de lesa humanidad.
Pero además, la presentación patrocinada por los abogados Figueroa y Feldman solicita que se profundice la investigación sobre la existencia de una fosa común en el cementerio de San Lorenzo adonde habrían depositado cuerpos de desaparecidos. Para ello propone que se tomen varias testimoniales, entre ellas al actual senador provincial Armando Traferri, y reclama la conclusión de los trabajos de excavación iniciados –y luego paralizados por problemas presupuestarios– por el Grupo de Antropología Forense en la necrópolis. En ese sentido, trascendió ayer en Tribunales que estaban “al caer” los fondos destinados por el Consejo de la Magistratura de la Nación a tal fin y en la Legislatura avanzaba el proyecto de ley –presentado justamente por Traferri– para que se destinara una partida especial para que se pueda completar la tarea de los antropólogos.
El escrito que recibió ayer Digerónimo, generoso en citas y fundamentaciones, deja en claro las razones de la solicitud antes mencionada y va más allá: “El derecho a la verdad implica que el Poder Judicial investigue qué sucedió en nuestro caso en particular y de todas las víctimas en general, quiénes fueron los desaparecidos forzadamente y cuál ha sido el destino, dónde se encuentran sus restos. Y para ello es imprescindible que se ponga a disposición del mismo los archivos y datos que obran en el II Cuerpo de Ejército, en el consejo supremo de las Fuerzas Armadas y en los organismos de seguridad del Estado”.
Para el final, la presentación pone el acento en la cuestión humana que el Derecho no puede dejar de tener en cuenta: “Este es un juicio histórico; las víctimas y toda la sociedad hemos esperado pacientemente 28 años desde la instalación de la democracia en Argentina. Algunos, como en nuestro caso, después de la libertad tuvimos fuera iguales tormentos porque nuestras vidas nunca más volvieron a ser lo que eran. Por ello creemos que proveer de conformidad, seguramente Su Señoría hará Historia y será Justicia”.
Nüremberg
“Estamos frente a delitos que se califican como de lesa humanidad, que deben ser perseguidos universalmente, porque su impunidad ofende y agravia a toda la sociedad universal civilizada”, sostiene en una parte la presentación judicial, que hasta toma argumentos del histórico Tribunal Militar de Nüremberg que así definía al “…asesinato, la exterminación, la esclavitud, la deportación o la comisión de otros actos inhumanos contra la población civil, ante o durante la guerra, o persecuciones por motivos políticos, raciales o religiosos…”.
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