LIMITARÍAN LA VENTA DE ENERGIZANTES
Los Concejales Simoniello, Henn, Carreras, Moragues, Muller y Gimenez presentaron un proyecto de Ordenanza por el cual se proponen importantes limitaciones a la exhibición, venta, expendio o suministro a cualquier titulo de bebidas con contenido de sustancias denominadas energizantes.
Los efectos del consumo de “Bebidas Energizantes” mezcladas con alcohol despertaron la preocupación de la comunidad por sus consecuencias nocivas. Lo que se trata de prevenir no es la utilización moderada de estas bebidas en la faz deportiva de los jóvenes, sino en la recreativa, cuando se consumen en exceso y además se mezclan con bebidas alcohólicas.
En diálogo con el programa “De Frente” que se emite por LT9, Leonardo Simoniello del bloque Encuentro para Santa Fe indicó que “los energizantes han irrumpido en los comercios nocturnos, se mezclan con alcohol y producen efectos no deseados”.
Al mismo tiempo, el edil manifestó su preocupación porque en algunos casos “no solo son de venta libre sino que están rotulados como ‘consumir preferentemente con alcohol’. Por eso se hicieron las consultas correspondientes a organismos provinciales y nacionales para conocer los efectos y saber si existe algún tipo de restricción”.
En el proyecto de ordenanza se establece la prohibición, exhibición, venta, expendio o suministro a cualquier titulo de bebidas con contenido de sustancias farmacológicamente activas, -también denominadas energizantes o energéticas-, en todos los establecimientos comerciales comprendidos o regulados por la Ordenanza 9.139 (establecimientos donde se desarrollan actividades bailables o espectáculos).
También se establece que para los establecimientos comerciales no comprendidos en la prohibición mencionada rige la prohibición de venta, expendio o suministro a cualquier titulo de bebidas energizantes o energéticas, a personas menores de 18 años; la prohibición de la exhibición, venta, expendio o suministro a cualquier titulo de bebidas energizantes, mezcladas con bebidas alcohólicas y la obligación del propietario, gerente, encargado o responsable de estos locales, comercios o establecimientos, de exhibir en un lugar visible del mismo un cartel con la siguiente leyenda: “Las bebidas energizantes poseen alto contenido de cafeína: no mezclar con bebidas alcohólicas. Prohibida la venta a menores de 18 años. Ordenanza Municipal”.
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