LOCO DE LA ESCOPETA: VAN A JUICIO LOS HERMANOS BERTUZZI
Por primera vez en más de una década, un episodio con características similares a las atribuidas al Loco de la Escopeta llega a juicio. Y los acusados son los hermanos Alberto y Lino Bertuzzi, detenidos por la balacera al interno 20 de la línea 107, registrada el lunes 23 de mayo a las 16.44 en el viaducto Avellaneda. Esa tarde el colectivo –que se desplazaba por el viaducto Avellaneda de Norte a Sur– recibió disparos de una escopeta calibre 12.70. Sufrieron lesiones leves algunos de los 43 pasajeros que viajaban en la unidad, entre ellos un bebé de pocos meses, y la carrocería terminó con varias perforaciones. Se presume que Lino Bertuzzi manejaba el camión Mercedes Benz y el arma, y que su hermano menor, Pepo, actuaba como apoyo.
Si bien los hermanos fueron procesados en agosto pasado por el juez de instrucción Alfredo Ivaldi Artacho, la decisión fue apelada por la defensa de los dos acusados. Pero la sala I de la Cámara Penal confirmó el procesamiento por los delitos de tentativa de homicidio agravado por el empleo de un arma de fuego y portación y tenencia ilegal de armas de guerra y de uso civil.
A partir de la ratificación del procesamiento, comenzará el juicio, a pesar de los esfuerzos de la defensa por evitar esta instancia alegando falta de elementos de cargo contra sus clientes. Los camaristas Ernesto Pangia, Alberto Bernardini y Eduardo Sorrentino avalaron también la prisión preventiva dictada a Lino, de 53 años, y la declaración de presunta inimputabilidad –aún no dictada con certeza– e internación provisional para Alberto, conocido como Pepo y de 49 años.
FUNDAMENTOS
Durante la instrucción debe llegarse a un juicio de “probabilidad” sobre la autoría de un delito. En cambio, para que haya condena debe existir certeza. De lo contrario, la duda beneficia al imputado. El defensor de Cámaras Carlos Giandoménico había sostenido en la apelación que en la resolución de Ivaldi Artacho “no hay probabilidad sino mera posibilidad, en un caso en que el público busca un culpable y en el que la prevención (policial) ha sido torpe”. La Fiscalía, en cambio, había solicitado la confirmación tras analizar que la pesquisa reunió más elementos negativos que positivos en relación a los hermanos Bertuzzi.
La Cámara se inclinó por la postura del Ministerio Público y rechazó punto por punto los argumentos y reclamos de Giandoménico, incluso el cambio de calificación pretendido (el homicidio en grado de tentativa es una figura muy grave, no excarcelable). “La prueba ha sido valorada correctamente y es suficiente a los fines de la probabilidad de autorías delictivas exigida para procesar”, afirma el fallo.
El primer aspecto considerado es el testimonio del chofer del ómnibus, que logró ver por el espejo retrovisor un Mercedes Benz 608 color blanco y rojo que se alejaba y del cual habría partido el escopetazo. Los hermanos Bertuzzi fueron detenidos en su casa de zona oeste siete horas después del ataque en el viaducto. La policía secuestró en el domicilio, donde los hombres vivían solos, varias armas de fuego, proyectiles y el camión con el que trabajaban como fleteros para la empresa de transporte La Sevillanita SRL. Se trata de un vehículo idéntico al que estuvo en la escena de la balacera, modelo 1974, que los imputados tenían hace más de una década. Por otra parte, los jueces tuvieron en cuenta los dichos de los pasajeros, que coinciden con lo narrado por el chofer, esto es “las constataciones y hallazgos sobre el colectivo y el lugar del hecho; la similitud del camión Mercedes Benz 608 que habría detectado el chofer con el de los imputados; el secuestro de numeroso armamento también en poder de éstos y, entre el mismo, la escopeta calibre 12.70 con acortamiento de caño y culata, que facilita ocultamiento y maniobrabilidad, además de cartuchos compatibles con el tipo de arma que se habría utilizado en el hecho y con las municiones y tacos secuestrados y cotejados”.
La mencionada escopeta, tipo Itaka, con sistema a bomba, apta para el disparo y con carga es igual a la activada el 23 de mayo. Estaba en una funda precaria de jean debajo de un colchón y había sido comprada por Lino Bertuzzi el 9 de febrero de 1994. La culata y el caño estaban recortados en forma casera. En el cañón y la recámara había restos de pólvora deflagrada, a diferencia del resto de las armas, con signos de falta de uso en tiempo cercano.
Otras evidencias que valoraron los camaristas fueron los testimonios sobre la manipulación de armas por parte de los Bertuzzi, concordante con la tenencia de los armamentos y los rastros de disparos dentro de la cabina de su Mercedes; la corta distancia del tiro “que se compatibiliza sólo con un posicionamiento sobre la calzada contraria del puente y no más allá de ella, lo que probabiliza al camión visualizado en la mano contraria por el chofer del ómnibus”, amén de la “personalidad” de los imputados.
Por último, los movimientos de los Bertuzzi la tarde del ataque “que indican la posibilidad, por tiempo y espacio, de las autorías atribuidas”.
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