LOS COLEGIOS PROFESIONALES FORMULARON RECLAMOS
La comisión interdisciplinaria, integrada por los colegios profesionales de Santa Fe, tras una reunión recientemente celebrada expresó su “honda preocupación con la demora en la expedición de los certificados de libre deuda por parte de la Administración Provincial de Impuestos, ya que con dicho accionar se imposibilita la concreción de operaciones en los lapsos que impone actualmente el mercado inmobiliario”.
Señala luego que “tales obstáculos provocan lesiones evidentes al derecho de propiedad en lo que atañe al titular del dominio. Del mismo modo, para los profesionales en general se afecta en forma directa el derecho de `trabajar y ejercer toda industria lícita’, provocando una situación de permanente inseguridad jurídica”.
La comisión sostiene luego que “aún cuando es el Estado el primer responsable en garantizar dichos derechos, en el caso, y en un evidente contrasentido, con la injustificada demora en la expedición de los certificados, no sólo se coarta la posibilidad de ejercicio de los derechos de todos los ciudadanos, sino que dificulta y demora el ingreso de rentas a sus arcas”.
Además sostiene que en ese contexto “y en tanto usuarios de un servicio, tanto los ciudadanos como los profesionales que deben intervenir en las operaciones inmobiliarias tienen derecho `a una información adecuada y veraz’. Por ello, aparece como irrazonable que, con los actuales elementos y métodos de almacenamiento y transmisión de datos, la API no cuente con los indubitables y necesarios para informar con certeza y rapidez la existencia o no de deudas tributarias relacionadas con los inmuebles”.
Agrega que “la situación es aún más grave, al no cumplir la Administración Provincial con plazo alguno para responder, comprometiendo la posibilidad del tráfico jurídico y de los derechos antes aludidos. Asimismo, arriesga sin fundamento la responsabilidad de los profesionales actuantes, impidiéndoles cumplir correctamente con su función y ejercer su trabajo o profesión.
Ello, a pesar de la existencia de otras normas legales que fijan plazos a la administración para expedirse en términos perentorios”.
Finalmente sostiene que API “con su accionar, atenta contra el bien común en un triple sentido: demorando la recaudación fiscal, impidiendo el tráfico jurídico y los derechos constitucionales de todos los ciudadanos e imposibilitando el correcto ejercicio de las tareas de los profesionales actuantes”.
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