LOS ESPACIOS PÚBLICOS NO PODRÁN TENER NOMBRES DE REPRESORES
La Cámara de Diputados provincial, con el voto de los distintos bloques políticos, dio ayer media sanción al proyecto de ley por el cual se niega la posibilidad de colocar a edificios o lugares públicos nombres de personas que hayan participado de actos de terrorismo de Estado durante la última dictadura.
El proyecto de ley que ahora pasó al Senado fue firmado por los diputados Alfredo Cecchi, Antonio Bonfatti, Sergio Liberati, Raúl Lamberto, Lucrecia Aranda y Aurora Baudín del socialismo; Edmundo Barrera, Mario Lacava y Liliana Meotto del PJ; Aldo Strada, Verónica Benas y Alicia Gutiérrez del ARI; Daniela Questa y Santiago Mascheroni de la UCR, y Marcelo Brignoni de Encuentro Popular.
La iniciativa está fundamentada en la necesidad de alejar toda posibilidad de que funcionarios, dirigentes o personas que hayan tenido que ver con el oscuro pasado instaurado en 1976 pueda ser impuesto en áreas públicas.
El articulado establece que “se prohíbe la imposición de nombres a edificios o lugares públicos en territorio provincial, de personas que hayan participado o estado ligadas a acciones de terrorismo estatal”.
Expresa también que no se otorgará personería jurídica a ninguna asociación civil o similar cuya denominación no cumpla con lo dispuesto en el artículo principal de esta norma, alcanzando la prohibición a las escuelas privadas en sus distintos niveles y modalidades.
También faculta al Poder Ejecutivo a establecer las acciones y consultas que resulten pertinentes a fin de proceder al cambio de nombre de edificios o lugares públicos que no cumplen con lo dispuesto en la norma.
En cambio, la Cámara baja no consideró un proyecto presentado por la diputada del ARI Alicia Gutiérrez para que el cuerpo apruebe una declaración contra la separación del juez federal Reinaldo Rodríguez de la causa por violaciones de los derechos humanos en la provincia, y la designación del conjuez Carlos Lassaga Iturraspe como subrogante.
En los fundamentos la legisladora señaló, entre otras cosas, que el fallo que ordena la separación de Rodríguez genera “gravedad institucional, no sólo por producir su virtual parálisis, sino también porque puede trasladarse a las numerosas causas por homicidio que se están tramitando en el mismo juzgado”. Agregó que el citado fallo, de apenas dos fojas, es un típico caso de lo que en doctrina se llama “arbitrariedad sorpresiva de segunda instancia”, o sea que no registra antecedentes, creando “una peligrosa jurisprudencia al apartar a jueces naturales”.
Posteriormente destacaba que la situación se agrava con la designación de un conjuez solidario con Videla por el cual firmó una solicitada en su apoyo, y en oportunidad del juzgamiento del ex juez Víctor Brusa ente el Consejo de la Magistratura, fue ofrecido como testigo de la defensa. Por esos actos el doctor Lassaga Iturraspe debió excusarse y es pasible de recusación”.
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