LOS ÓMNIBUS DEBERÁN TENER CINTURONES DE SEGURIDAD
Así lo establece una ley sancionada anoche por la Cámara de Senadores, que modifica el artículo 17 de la Ley 11.430 (Código de Tránsito). La iniciativa —aprobada el año pasado por Diputados— busca ofrecer mayor seguridad a los pasajeros “atenuando el segundo impacto en casos de accidentes”, según el texto aprobado.
La diputada Silvia Caballero (PJ), autora del proyecto, explicó que “disposiciones similares ya se aplican en otros países. Los cinturones de seguridad en los transportes públicos de larga distancia han permitido salvar muchas vidas”.
En los fundamentos también se agrega que “la correcta utilización de los dispositivos de seguridad protegen al individuo porque impiden que se golpee y evita así las lesiones causadas por eventuales accidentes. Esta es una herramienta eficaz en la prevención de lesiones secundarias provocadas por los impactos”.
Luego de su promulgación —a partir de la publicación en el Boletín Oficial— el gobierno deberá reglamentar esta medida. Las cámaras que nuclean a las compañías de transporte fueron consultadas por los legisladores. “Las empresas no necesitan mucha inversión para adecuar las butacas”, aclaró Caballero.
El Código de Tránsito, vigente en la provincia desde 1994, establece la obligatoriedad del uso de cinturón para conductor, acompañante y los pasajeros de coches y camionetas. Las multas por infracciones a esta disposición van desde los 100 a los 500 pesos, para los casos de reincidencia. Aún no se fijó el monto de las sanciones para los colectiveros que no cumplan con la nueva normativa.
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