LOS PRINCIPALES PUNTOS DEL PLAN ESTRATEGICO DE SEGURIDAD
a) Se crea una agencia de investigaciones y seguridad Interior.
b) Se impulsa la reforma de la Ley de Seguridad Interior para posibilitar la intervención de la policías provinciales en causas graves o a solicitud de las autoridades locales.
c) Se propicia la reforma en 60 días de una reubicación geográfica y reordenamiento trerritorial de todas las fuerzas federales con asiento en el interior del país.
d) Se propone la modificación del artículo 210 del Código Penal sobre asociación ilícita.
e) Se pondrá en marcha, a través de un decreto reglamentario, el Fondo Especial de Recompensas sancionado en el Congreso.
f) Se propone la transferencia a la justicia provincial y nacional de la ciudad de Buenos Aires en materia de narcotráfico.
g) Se crea un registro único de desarmaderos y ventas de partes usadas, con estrictas exigencias de control. El que no cumple, se le decomisa la mercadería y se destruye.
h) En cuanto al lavado de dinero y narcotráfico, el secreto bancario no puede oponerse a los requerimientos de la UIF.
i) Se propone constituir un gabinete de crisis permanente, en relación a la actuación para enfrentar los secuestros extrosivos.
j) En cuanto al vaciamiento de empresas, se impulsa modificar el artículo 310 del Código Penal. Se trata de una de las principales figuras entre las conductas conocidas como de “cuello blanco”.
k) Se busca la unificación de criterios de control anticorrupción e integridad en todas las fuerzas de seguridad del país.
l) Se propicia trazar un mapa nacional del delito y la creación del Sistema Unificado de Registros Criminales (SURC).
Sistema Penal
Unificación de los fueros federales, de instrucción, correccional y penal económico de la Justicia Nacional con asiento en la Capital Federal: Funcionarán 82 juzgados de primera instancia, que abarcarán todos los delitos.
Habrá dos jueces en cada barrio de la ciudad de Buenos Aires.
Habrá una sola Cámara Criminal y Correccional que revisará las resoluciones judiciales que actualmente son apeladas ante tres cámaras distintas (Criminal, Federal, Penal Económico).
También se unificarán los tribunales federales, que serán de una única categoría y juzgarán delitos federales, comunes y del área penal económica, que también incluirá los delitos aduaneros.
En total, habrá 38 juzgados integrados por 114 magistrados. Según el Gobierno, la concentración de causas de interés político provocó, en los tribunales federales, un “abandono” en la investigación de delitos federales comunes, como la tenencia de drogas. Por eso concentra todo el abanico de crímenes en un solo fuero.
Justicia Penal
Se transfiere a la Justicia porteña la competencia de causas penales por lesiones en riña o accidente vial, abandono de persona, exhibiciones obscenas, amenazas, usurpación, daños, matrimonios ilegales, violación de domicilio, ejercicio ilegal de la medicina y omisión de auxilio.
Se crearán fiscalías en cada barrio porteño. Y por el término de 180 días se dispone el traslado inmediato de fiscales a Devoto, Villa del Parque, Liniers, Villa Luro, Mataderos, Villa Soldati, Constitución, San Telmo, Nueva Pompeya. Ya funcionan fiscalías
barriales en La Boca, Barracas, Pompeya, Saavedra, Nuñez, Villa Urquiza y Parque Patricios.
Habrá una reforma general de la Ley de Ministerio Público.
Habrá un sistema de “justicia rápida” para juzgar a delincuentes sorprendidos “con las manos en la masa”. Un fiscal, auxiliado por la policía, encabezará una investigación sumaria en 48 horas y la presentará a un juez, que dictará sentencia en forma inmediata en el caso de causas correccionales. Para delitos más graves, el plazo se ampliará a 72 horas e intevendrá un tribunal oral.
Menores
Se crearán dos nuevos tribunales de menores. Y se establece en 14 años (actualmente es de 16) la edad de en que un niño es punible de delito, es decir que puede ser sometido a proceso penal.
Empero, correrá un régimen especial para chicos entre 14 y 18 años. Habrá cambios en la tutela que ejercen los jueces sobre menores acusados.
Juzgamiento a Jueces
El Consejo de la Magistratura tendrá 12 miembros (hoy tiene 20) y los representantes del Congreso en el cuerpo deberán ser juristas.
El presidente de la Corte y no presidirá el Consejo, que será dirigido por un funcionario elegido entre sus miembros.
Habrá una comisión de organización y reforma judiciales y una escuela judicial “jerarquizada”.
No habrá un jurado de enjuiciamiento permanente sino uno conformado para cada caso. Tendrá tres miembros designados por sorteo que deberán cumplir los mismos requisitos que un juez de la Corte. Darán un veredicto en un plazo de 20 días.
Los jueces podrán ser juzgados por mal desmpeño bajo un abanico de conductas que incluyen el desconocimiento del derecho, la negligencia, la arbitrariedad, la morosidad de el trámite de causas, incapacidad física o psíquica, falta de decoro, habitualidad
pública en juegos de azar, ebriedad y drogadependencia, entre otras.
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