Los supermercados de Santo Tomé podrán abrir en horario corrido el próximo domingo
Así lo establece una enmienda a la ordenanza de adhesión a la Ley de Descanso Dominical, aprobada el pasado martes por el Concejo Municipal. La medida habilita nuevos horarios para la apertura de los locales en los feriados alcanzados por dicha ley que caigan sábado o lunes.El Centro Comercial de Santo Tomé informó que, en la última sesión ordinaria, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad modificaciones a la ordenanza municipal que adhiere a la ley provincial que rige en la materia.
Las modificaciones apuntan a resolver la situación que se plantea al presentarse en el calendario uno de los feriados incorporados a la norma como días no laborables (25 de mayo, 20 de junio y 9 de julio) junto a un día domingo.
A partir de la enmienda, si alguno de los feriados incorporados como no laborables por la Ley del Descanso Dominical cae sábado, el comerciante podrá abrir en horario corrido o en horario comercial. En tanto, si cae lunes, podrá hacerlo medio día por la mañana.
Antes de la misma, la Ley indicaba que los comercios incluidos debían cerrar durante dos días consecutivos, lo que representaba una pérdida en lo económico para el comerciante y la imposibilidad de adquirir productos por más tiempo parte del consumidor.
Situación como la mencionada ocurrió el pasado 25 de mayo (día lunes) e iba a reiterarse el próximo fin de semana. Teniendo en cuenta el feriado del próximo sábado, muchos comercios no iban a poder abrir sus puertas ese día –víspera del Día del Padre– y tampoco el domingo.
El concejal Ángel Piaggio ya había propuesto una enmienda a la norma local en la sesión del 19 de mayo, enfocada a suplir la situación para el feriado del lunes 25 de mayo. Si bien no fue acompañada en ese momento, el pasado martes los ediles la aprobaron por unanimidad.
Los cambios incluyen la salvedad de que en cada caso será el empleado de comercio quien decida si trabaja o no en esa jornada, con la notificación correspondiente al gremio mercantil.
Por otra parte, la Ley también incluye como no laborable al Día del Empleado de Comercio que se concretará anualmente el miércoles de la última semana de septiembre por lo que no estaría en condiciones de ser modificada su condición.
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