LOS VECINOS DE “LA FLORIDA” SE SIENTEN PERJUDICADOS POR EL SISTEMA DE CONDONACIÓN DE DEUDAS
Vecinos del Complejo habitacional “La Florida” se sienten perjudicados por el sistema de condonación de deudas implementado por el Gobierno Provincial.
Algunas viviendas han sido afectadas por la inundación, otras no, pero todas se han transformado en inmuebles devaluados, con una tasación mucho menor al día en que fueron solicitadas, ya que hoy se encuentran emplazadas en una zona inundable. Pero las cuotas mensuales que deben abonar al Estado siguen al mismo precio, y todavía les restan pagar a sus habitantes 276 cuotas o, lo que es lo mismo, 23 años.
El 14 de agosto de 2003 la Legislatura Provincial sancionó la ley N° 12.134, la cual pretende regular dos supuestos de condonación de cuotas de financiación cuyo vencimiento operó con posterioridad al 1° de mayo de 2003, uno total (artículo 1) y otro parcial (artículo 2).
A los fines referidos se designó como autoridad de aplicación a la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo (D.P.V. y U.), ordenando la emisión de normas operativas dentro del plazo de 30 días, contados a partir de la sanción de la citada ley (artículo 6).
Se determinó asimismo (artículo 5) que se abriría un Registro de Afectados, por el término de 90 días, sin discriminar en el mencionado artículo a qué supuesto – condonación total o condonación parcial – refiere.
Ahora bien, la autoridad de aplicación se expidió en fecha 11 de octubre de 2003, por Resolución 907, disponiendo que para los supuestos en que se haya verificado el ingreso de la masa hídrica (Artículo 1 Ley 12.134) la D.P.V. y U. actuará de oficio (Anexo I de la citada Resolución), mandando para el supuesto restante – la condonación parcial -, la apertura del Registro de Afectados.
Tomando conocimiento de ello, varios adjudicatarios de la Torre I correspondiente al Barrio La Florida, ubicado sobre calle Mendoza a escasos metros del Hospital de Niños, presentaron formal reclamo administrativo en razón de que el Registro de Afectados al mes de Diciembre de 2003 no se hallaba abierto, ya que no se contaba con la “decisión política para hacerlo”, según informaron a Notife.
“La presentación se formuló el 17 de diciembre, y la apertura del Registro se realizó de acuerdo a la letra de la norma el 11 de Octubre en el Área Social, pero en ipso facto, se produjo en marzo de 2004 en el Área Comercial”, destacaron los vecinos.
Los habitantes del complejo habitacional, remaracaron a Notife que quieren saber “cuántos adjudicatarios de planes habitacionales creen firmemente que los convenios de financiación suscriptos se hallan condonados totalmente. Nos animamos a pensar que una gran parte. Seguramente fundamentada tal creencia en las manifestaciones públicas del director de la D.P.V. y U., Ing. Juan José Morín”.
Sucede que a la fecha no hay acto administrativo que instrumente condonación alguna. Ningún plan habitacional que haya sufrido el acceso de la masa hídrica ha sido condonado. El ente autárquico solamente se limitó a no enviar las chequeras de pago correspondientes.
“Entonces – continuaron los vecinos – si sucede esto con las personas cuya situación habitacional encuadra en los supuestos de condonación total, ¿qué sucede con los planes habitacionales a los que corresponde condonación parcial?”, se quejaron.
“No se escapa que la situación de un adjudicatario que habita por ejemplo en el sexto piso de una Torre es distinto a la de un adjudicatario de un inmueble de una planta. Pero tampoco debemos pensar que a los adjudicatarios de los planes habitacionales correspondientes a edificios en los que se verificó el ingreso de la masa hídrica no les asiste derecho para pretender una condonación parcial conforme a derecho y pautas básicas de justicia”, remarcaron.
Nótese que en ningún momento los adjudicatarios han sido consultados sobre la ubicación y/o radicación del edifico, por el contrario, la D.P.V. y U. es el ente autárquico provincial dotado de la organización burocrático – estructural necesaria para administrar los fondos que provienen de la nación, debiendo conocer en forma precisa donde se procederá a construir el edificio, siendo muchísimos los requisitos impuestos en la materia, los cuales, según lo dicen los hechos, no fueron cumplimentados suficientemente por este organismo.
Tampoco se puede validamente argumentar que debe subsistir indemne un vínculo contractual pactado en el año 2001 por 25 años, sabiendo que en el año 2003 la masa hídrica ingresó a la estructura misma de la construcción. Un perjuicio sufrido por los adjudicatarios de los planes habitaciones, es la disminución sensible del valor de reventa del inmueble. El mercado inmobiliario ya marca diferencias y pautas. Una construcción ubicada en la zona oeste de la capital provincial está valuada en un 35 % menos en relación con abril de 2003.
“En tales circunstancias, resulta imposible formular reproche a una persona que cumplimentó los requisitos impuestos por el ente autárquico provincial, sorteó las vallas impuestas por la burocracia provincial, para por fin acceder al inmueble propio, y que luego de habitarlo durante dos años, sabe que su valor no es el mismo, pero que debe abonar mensualmente la suma de dinero pactada originariamente, y por 23 años. Mientras la Justicia investiga, a través del Dr. De la Torre, la supuesta responsabilidad de funcionarios públicos en la llamada catástrofe hídrica del año pasado – lo cuál está probado mediante investigaciones periodísticas e informes de diferentes instituciones que fue producto de la irresponsabilidad de algunos hombres, llámese Reutemann y compañía, más que de la naturaleza -, el Gobierno del Ing. Jorge Obeid comete una nueva injusticia, otra irresponsabilidad más. Ahora no sólo somos inundados, sino estafados”, finalizaron los afectados.
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