MEDIDAS ESPECIALES PARA PALIAR LA CRISIS.
Todas estas medidas fueron aprobadas por decretos que hoy publica el boletín oficial:
SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES
Decreto 191/2003 – (PEN)
Poder Ejecutivo Nacional
Dispónese el pago de un subsidio temporario para beneficiarios de las prestaciones previsionales abonadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social, domiciliados en los Departamentos de la Provincia de Santa Fe enumerados en el artículo 1º de la Ley Nº 25.735.
CONDONACION DE DEUDAS
Decreto 195/2003 – (PEN)
Poder Ejecutivo Nacional
Dispónese la condonación de las deudas que en concepto de saldo de precio e intereses pertinentes, adeuden a la Comisión de Tierras Fiscales Nacionales – Programa “Arraigo” – los adquirentes de las tierras fiscales nacionales sitas en el territorio de la Provincia de Santa Fe, sobre las que se asienta el “Barrio Las Lomas” transferidas en el marco del mencionado Programa, con anterioridad al presente, y que se encuentran afectadas por las inundaciones ocurridas en el mes de abril de 2003.
ASIGNACIONES FAMILIARES
Decreto 197/2003 – (PEN)
Poder Ejecutivo Nacional
Duplícase por el término de noventa (90) días el monto de las asignaciones familiares, excepto las de pago único, que corresponde abonar a los trabajadores en relación de dependencia y a los beneficiarios de la Ley sobre Riesgos de Trabajo, del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones y del Seguro por Desempleo, con domicilio en los Departamentos de la Provincia de Santa Fe previstos en la zona de desastre declarada por el artículo 1º de la Ley Nº 25.735.
EMERGENCIA OCUPACIONAL
Decreto 198/2003 – (PEN)
Poder Ejecutivo Nacional
Facúltase al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para que establezca el pago de la prestación prevista en los artículos 118 y 119 de la Ley Nº 24.013 a los trabajadores dependientes de empresas ubicadas en los Departamentos de la Provincia de Santa Fe declarados zona de desastre, que hubieran sido suspendidos por fuerza mayor y vieran interrumpido el pago de sus remuneraciones por causa de dicha situación. Plazo.
SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES
Decreto 191/2003 – (PEN)
Poder Ejecutivo Nacional
Dispónese el pago de un subsidio temporario para beneficiarios de las prestaciones previsionales abonadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social, domiciliados en los Departamentos de la Provincia de Santa Fe enumerados en el artículo 1º de la Ley Nº 25.735.
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